STSJ Galicia 203/2018, 2 de Mayo de 2018

JurisdicciónEspaña
Fecha02 Mayo 2018
EmisorTribunal Superior de Justicia de Galicia, sala Contencioso Administrativo
Número de resolución203/2018

T.S.X.GALICIA CON/AD SEC.1

A CORUÑA

SENTENCIA : 00203/2018

Ponente: D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ

Recurso: Apelación 43/18

Apelante: doña Sabina

Apelada: Universidad de A Coruña

EN NOMBRE DEL REY

La Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha pronunciado la

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ, Pte.

Dª Blanca María Fernández Conde

Dª. Dolores Rivera Frade

A Coruña, a 2 de mayo de 2018.

En el recurso de apelación 43/18 pendiente de resolución ante esta Sala, interpuesto por doña Sabina, representado por el procurador don Domingo Rodríguez Siaba, dirigido por el letrado don Ángel María Judel Pereira contra la sentencia núm. 191/17 dictada en el Procedimiento Ordinario 39/17 por el Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 1 de A Coruña sobre función pública, acceso a programas de doctorado. Es parte apelada la Universidad de A Coruña, representada y dirigida por el Abogado de la Universidad doña Cristina Julia Castroviejo Ojea .

Es ponente el Ilmo. Sr. D. BENIGNO LOPEZ GONZALEZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se dictó, por el Juzgado de instancia, la resolución referenciada anteriormente, cuya parte dispositiva dice: " Que debo desestimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por doña Sabina contra la Universidad de A Coruña representado por la letrada de la Universidad de A Coruña sobre acceso a programa de doctorado manteniendo la resolución recurrida, con expresa imposición de costas procesales a la parte recurrente con el límite de 700 euros en gastos de representación y defensa."

SEGUNDO

Notificada la misma, se interpuso recurso de apelación que fue tramitado en forma, con el resultado que obra en el procedimiento, habiéndose acordado dar traslado de las actuaciones al ponente para resolver por el turno que corresponda.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida, y

PRIMERO

Doña Sabina interpuso recurso contencioso administrativo contra resolución del Rector de la Universidad de A Coruña, de fecha 23 de diciembre de 2016, desestimatoria de recurso de alzada planteado contra acuerdo de la Comisión Académica del Programa de Doctorado en Ciencias de la Salud, de 3 de octubre anterior, por el que se excluyó a la actora del referido Programa, para el Curso 2016/2017, por no haber acreditado estar en posesión, al menos, de 300 créditos ECTS, superados en estudios universitarios, tal y como exige el artículo 15.1 del Reglamento de Estudios de Doctorado de la referida Universidad.

Disconforme con dicha decisión, la Sra. Sabina acudió a la Jurisdicción y el Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 1 de A Coruña, por sentencia de fecha 25 de octubre de 2017, desestimó la pretensión actora y confirmó la resolución impugnada por entenderla ajustada al ordenamiento jurídico.

Contra dicha sentencia, se promueve, ahora, el presente recurso de apelación por doña Sabina, interesando su revocación y que, en su lugar, se dicte otra por la que se acojan íntegramente los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda rectora.

Dicha recurrente justifica poseer una Diplomatura, estructurada en tres años y regida por la Orden de 31 de octubre de 1977, y una Maestría.

Y sobre ello, sostiene la actora que son equiparables la Diplomatura en Enfermería y el MECES2 (nivel de Grado) por lo que, al puntuarse un Grado con 240 ECTS, sumados a los 60 que le corresponden por la Maestría, alcanzaría los 300 ECTS exigidos para acceder al Programa.

SEGUNDO

Como consecuencia del proceso de Bolonia, el Marco de Cualificaciones del Espacio Europeo de Educación Superior (MECES) se refiere con carácter exclusivo a los títulos adquiridos en el sistema de educación superior (Grado, Máster y Doctorado).

La equiparación entre la Diplomatura en Enfermería y el MECES2, que invoca la demandante, no encuentra amparo normativo en el ordenamiento jurídico vigente. El artículo 12 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, señala que los planes de estudios conducentes a la obtención del título de Grado tendrán entre 180 y 240 créditos; y la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 sentencias
  • ATS, 25 de Febrero de 2019
    • España
    • 25 Febrero 2019
    ...de 2018 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en los autos del recurso de apelación nº 43/2018. Identificamos como normas jurídicas que, en principio, han de ser objeto de interpretación, las contenidas en el artículo 36.1.b) de la Ley Org......
  • STS 899/2020, 1 de Julio de 2020
    • España
    • Tribunal Supremo, sala tercera, (Contencioso Administrativo)
    • 1 Julio 2020
    ...Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que desestimó el recurso de apelación 43/2018, interpuesto contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2017 dictada en el Procedimiento Ordinario 39/17 por el Juzgado de lo Contencioso admini......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR