ATS, 4 de Julio de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:7588A |
Número de Recurso | 1722/2016 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 4 de Julio de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 04/07/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 1722 / 2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE TERUEL
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: LTV/MJ
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 1722/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 4 de julio de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal de las entidades Bankinter S.A. e Intermobiliaria S.A. presentó escrito interponiendo recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 29 de febrero de 2016 por la Audiencia Provincial de Teruel (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 109/2015 , dimanante del juicio ordinario n.º 743/2009 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Teruel.
Mediante Diligencia de Ordenación de 16 de mayo de 2016 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
Por la Procuradora D.ª Rocío Sampere Meneses, en nombre y representación Bankinter S.A. e Intermobiliaria S.A. se envió escrito el 23 de mayo de 2016 personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por el Procurador D. Manuel Infante Sánchez-Torres, en nombre y representación de Autotransportes Teruel, S.L., se envió escrito el 27 de mayo de 2016 personándose en esta Sala en calidad de parte recurrida.
Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir determinados en la DA 15.ª LOPJ .
Examinadas las actuaciones procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de las entidades Bankinter S.A. e Intermobiliaria S.A no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con los arts. 485 y 474 ambos LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación y el recurso extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de las entidades Bankinter S.A. e Intermobiliaria S.A. contra la sentencia dictada con fecha de 29 de febrero de 2016 por la Audiencia Provincial de Teruel (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 109/2015 , dimanante del juicio ordinario n.º 743/2009 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Teruel.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaria.
Frente a esta resolución no cabe interponer recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.