SAP Murcia 274/2018, 26 de Abril de 2018

PonenteJUAN MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APMU:2018:912
Número de Recurso253/2018
ProcedimientoCivil
Número de Resolución274/2018
Fecha de Resolución26 de Abril de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4

MURCIA

SENTENCIA: 00274/2018

Modelo: N10250

SCOP CIVIL, PASEO DE GARAY, Nº 5, MURCIA

UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO

Tfno.: 968 229119 Fax: 968 229278

Equipo/usuario: 001

N.I.G. 30024 41 1 2016 0000980

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000253 /2018

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.5 de LORCA

Procedimiento de origen: JVH JUICIO VERBAL (DESAHUCIO PRECARIO) 0000036 /2016

Recurrente: Ángela, Evangelina, Otilia, Adela, Eloisa

Procurador: SALVADOR DIAZ GONZALEZ DE HEREDIA, SALVADOR DIAZ GONZALEZ DE HEREDIA, SALVADOR DIAZ GONZALEZ DE HEREDIA, SALVADOR DIAZ GONZALEZ DE HEREDIA, SALVADOR DIAZ GONZALEZ DE HEREDIA

Abogado:,,,,

Recurrido: Ernesto, Emilia

Procurador: NOEMI GUADALUPE ESTEBAN HERNANDEZ, NOEMI GUADALUPE ESTEBAN HERNANDEZ

Abogado:,

Iltmos. Sres.:

D. Carlos Moreno Millán

Presidente

D. Juan Martínez Pérez

D. Rafael Fuentes Devesa

Magistrados

En la Ciudad de Murcia, a veintiséis de abril de dos mil dieciocho.

Habiendo visto el rollo de apelación nº 253/2018, dimanante del procedimiento de juicio verbal de desahucio por precario nº 36/2016, del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Lorca, en el que han sido partes actoras, y ahora apelantes, Doña Ángela, Doña Evangelina, Doña Otilia, Doña Adela y Doña Eloisa, representadas en el Juzgado por la procuradora Doña Silvia Ruiz López, y en esta alzada por el procurador D. Salvador Díaz González de Heredia y defendidas en el Juzgado por los letrados Doña María del Mar Soriano Oliver y el letrado

D. Enrique Celdrán Álvarez, y en esta alzada por el letrado D. Enrique Celdrán Álvarez, y como demandados, y ahora apelados, D. Ernesto y Doña Emilia, representados en el Juzgado por los procuradores D. Jesús Chuecos Hernández y D. Pedro Arcas Barnés, y en esta alzada por la procuradora Doña Noemí Guadalupe Esteban Hernández y defendidos por el letrado D. Diego Domínguez Arcas.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado, D. Juan Martínez Pérez, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRMERO.- En el procedimiento de juicio verbal de desahucio por precario nº 36/2016, tramitado en el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Lorca, en fecha 17 de marzo de 2017 se dictó sentencia, en cuya parte dispositiva se acuerda: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Ruiz López, en nombre y representación de Ángela, Evangelina, Otilia, Adela y Eloisa, debo de absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos de los demandantes, condenando a estos al pago de las costas causadas".

SEGUNDO

Frente a la resolución antes referida se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Doña Ángela, Doña Evangelina, Doña Otilia, Doña Adela y Doña Eloisa, teniéndose por interpuesto por diligencia de ordenación de fecha 20 de octubre de 2017, en la que se acordó dar traslado a las demás partes para formular oposición o, en su caso, impugnación. La representación procesal de D. Ernesto y Doña Emilia dentro de plazo presentó escrito de oposición, interesando la confirmación de la resolución recurrida. Por diligencia de ordenación de fecha 1 de marzo de 2018 se tuvo por formalizado el anterior trámite, acordando remitir los autos a la Audiencia Provincial con emplazamiento de las partes.

TERCERO

Recibidos los autos en la Audiencia Provincial, y tras el correspondiente reparto, se formó el rollo de apelación nº 253/2018, teniéndose por personadas, en calidad de apelante y apelada, a los antes designados. Remitidos los autos a la Sección IV de la Audiencia Provincial se dictó providencia en fecha 16 de abril de 2018, señalándose para la deliberación y votación el día 24 de abril de 2018.

CUARTO

En la sustanciación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el recurso de apelación interpuesto por Doña Ángela, Doña Evangelina, Doña Otilia, Doña Adela y Doña Eloisa se pretende que se revoque la sentencia de instancia,...

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