SAP Sevilla 199/2018, 19 de Abril de 2018

PonenteCARLOS MARIA PIÑOL RODRIGUEZ
ECLIES:APSE:2018:355
Número de Recurso4755/2016
ProcedimientoCivil
Número de Resolución199/2018
Fecha de Resolución19 de Abril de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA

Sección Segunda

SENTENCIA Nº 199/2018

ILMO. PRESIDENTE:

DON MANUEL DAMIÁN ÁLVAREZ GARCÍA

ILMOS. MAGISTRADOS:

DON RAFAEL MÁRQUEZ ROMERO

DON CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA:

  1. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE SANLÚCAR LA MAYOR

ROLLO DE APELACIÓN Nº: 4755/16

JUICIO Nº: 873/15

En la Ciudad de Sevilla, a 19 de abril de 2018.

Visto por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla, el procedimiento de divorcio contencioso, procedente del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Sanlúcar La Mayor, tramitado a instancia de Don Segismundo representado por la procuradora María del Rocío Poblador Torres que en el recurso es parte apelante, frente a Doña Sofía representada por la procuradora Cristina María Oliva Sánchez que en el recurso es también parte apelante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Sanlúcar La Mayor dictó sentencia, el 7 de marzo de 2016, cuyo fallo dispone que: " ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª. María del Rocío Poblador Torres, en nombre y representación de D. Segismundo contra Dª. Sofía, representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. Cristina María Oliva Sánchez, la demanda reconvencional, y en consecuencia,

DECLARO la disolución del matrimonio formado por Dª. Sofía y D. Segismundo por divorcio y declaro revocados los poderes otorgados por cada uno de ellos a favor del otro, acordando la adopción de las siguientes medidas:

  1. - En concepto de contribución a las cargas familiares D. Segismundo abonará, por meses anticipados, en doce mensualidades y dentro de los cinco primeros días de cada mes, la cantidad de setenta euros (70 euros) mensuales para el hijo, Anibal ; y la cantidad de doscientos euros (200 euros) mensuales para la hija, Tarsila,

    que se ingresarán directamente en la cuenta que los hijos designen. Dicha cantidad se actualizará anualmente, con efectos de primero de enero de cada año en proporción a las variaciones que experimente el Índice de Precios al Consumo que emita el Instituto Nacional de Estadística u Organismo que en el futuro le sustituya.

  2. - Se atribuye el uso de la vivienda familiar sito en CALLE000 nº NUM000 de la localidad de Olivares (Sevilla), a Dª. Sofía, así como el ajuar doméstico, por un período de cinco años, desde la notificación de la presente resolución".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. Tras la votación y fallo quedó visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente el Ilmo. Magistrado Don CARLOS PIÑOL RODRÍGUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO. La sentencia fija una pensión de alimentos para Anibal nacido en el año 1992 de 70 euros mensuales y para Tarsila de 200 euros mensuales; respecto a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 22 de Mayo de 2019
    • España
    • 22 Mayo 2019
    ...la sentencia dictada, con fecha 19 de abril de 2018, por la Audiencia Provincial de Sevilla, sección 2.ª, en el rollo de apelación n.º 4755/2016 , dimanante del juicio de divorcio n.º 873/2015 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Sanlúcar la Por diligencia de ordenación d......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR