AAP Burgos 399/2017, 7 de Diciembre de 2017
Ponente | ARABELA CARMEN GARCIA ESPINA |
ECLI | ES:APBU:2017:938A |
Número de Recurso | 336/2017 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 399/2017 |
Fecha de Resolución | 7 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2
BURGOS
AUTO: 00399/2017
Modelo: N10300
PALACIO DE JUSTICIA-PASEO DE LA AUDIENCIA Nº 10
Tfno.: 947 25 99 30 Fax: 947 25 99 33
N.I.G. 09059 42 1 2017 0002527
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000336 /2017
Juzgado de procedencia: JDO.DE 1A.INSTANCIA N.5 de BURGOS
Procedimiento de origen: JVB JUICIO VERBAL 0000211 /2017
Recurrente: Fausto
Procurador: EUGENIO PIO ECHEVARRIETA HERRERA
Abogado: IGNACIO ECHEVARRIETA MARTIN
Recurrido:
Procurador:
Abogado:
AUTO Nº 399
TRIBUNAL QUE LO DICTA:
SECCIÓN SEGUNDA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS
UNIPERSONAL
MAGISTRADOS/AS:
DOÑA ARABELA GARCIA ESPINA
SOBRE: INADMISIÓN DEMANDA JUICIO VERBAL
LUGAR: BURGOS
FECHA: SIETE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE
En el Rollo de Apelación número 336 de 2017, dimanante de Juicio Verbal nº 211/2017, del Juzgado de 1ª Instancia nº 5 de Burgos, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la resolución de fecha 1 de
Junio de 2017, siendo parte demandante-apelante D. Fausto representado por el Procurador D. Eugenio Pío Echevarrieta Herrera y defendido por el Letrado D. Ignacio Echevarrieta Martín.
Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la resolución apelada, cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente: "SE ACUERDA: NO ADMITIR A TRÁMITE la demanda de Juicio Verbal presentada por el Procurador Sr. EUGENIO PIO ECHEVARRIETA HERRERA, en nombre y representación de DON Fausto . Proceder a su Archivo."
Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de DON Fausto se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue tramitado con arreglo a derecho.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, se señaló al efecto para su examen por esta Sala la fecha 26 de Octubre de 2017.
Formula recurso de apelación el actor D. DON Fausto contra el Auto que acuerda no admitir a trámite la demanda de Juicio Verbal dirigida "contra la conductora del vehículo matrícula .... GDK ", en reclamación de la cantidad de 1.838 €, por las lesiones sufridas en el accidente de circulación ocurrido el día 13 de Febrero de 2016, por no identificar a la demandada.
El demandante solicitó por otrosí que se requiriera a la Aseguradora Generali Seguros (a la que según refiere el recurrente en su Recurso de Apelación demandó inicialmente, pero de la que desistió por no haber dado cumplimiento al requerimiento del artículo 7 del RD 8/2004 ), para que informara al Juzgado de los datos de identidad y domicilio de su asegurada para poder ser citada a juicio.
La parte actora fue requerida por el Juzgado para que facilitara los datos de identidad y domicilio de la demandada, bajo apercibimiento de inadmisión de la demanda insistiéndose por la parte actora en la remisión de oportuno oficio a la Compañía Aseguradora del vehículo.
El Auto recurrido, considera que la diligencia interesada por la parte actora "no garantiza en ningún modo que la asegurada del vehículo, fuese la conductora del vehículo el día objeto de autos" del Fundamento Tercero del Auto, y que, además, se podría haber interesado tal actuación mediante la práctica de Diligencias Preliminares, y en todo caso se podía haber demandado al titular del vehículo o a su asegurada (esto sí se hizo, pero sin haber cumplido con las exigencias del artículo 7 del RD 8/2004 en su redacción vigente) cuyos datos de identidad y domicilio sí pueden ser conocidos a través de organismos públicos.
La parte actora como argumentos para solicitar la estimación del recurso de apelación, alega:
- Que "para el supuesto de desestimación del presente recurso, la acción de reclamar a las partes estaría prescrita...
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