STSJ Cataluña 426/2018, 23 de Enero de 2018

PonenteFELIPE SOLER FERRER
ECLIES:TSJCAT:2018:1289
Número de Recurso6273/2017
ProcedimientoRecurso de suplicación
Número de Resolución426/2018
Fecha de Resolución23 de Enero de 2018
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08019 - 44 - 4 - 2016 - 8008287

EBO

Recurso de Suplicación: 6273/2017

ILMO. SR. FELIPE SOLER FERRER

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMO. SR. LUÍS JOSÉ ESCUDERO ALONSO

En Barcelona a 23 de enero de 2018

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 426/2018

En el recurso de suplicación interpuesto por Carlos Jesús, Jesús Luis, Pedro Miguel, Casilda, Andrés, Belarmino, Ceferino y Dionisio frente a la Sentencia del Juzgado Social 8 Barcelona de fecha 12 DE JUNIO DE 2017 dictada en el procedimiento Demandas nº 168/2016 y siendo recurrido Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif). Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FELIPE SOLER FERRER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 2 de marzo de 2016 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclam. derechos contracto trabajo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 12 de junio de 2017 que contenía el siguiente Fallo:

DESESTIMO la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por D. Carlos Jesús, D. Jesús Luis, D. Pedro Miguel, Dª Casilda, D. Andrés, D. Belarmino, D. Ceferino y D. Dionisio contra ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) contra ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF), a quien absuelvo de los pedimentos dirigidos en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

D. Carlos Jesús, mayor de edad, con DNI nº NUM000 se vinculó a la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) en fecha 12 de noviembre de 1984, ostentando la categoría profesional de mando intermedio y cuadro en la dependencia de la jefatura de operaciones de Barcelona. Percibe un salario de 3.606 euros brutos mensuales con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. El actor presta servicios en la estación de Barcelona Sants y está sujeto a la siguiente rotación cíclica: 5/2 y 5/3 (hecho no controvertido y, por tanto, conforme, folio 449)

SEGUNDO

D. Jesús Luis, mayor de edad, con DNI nº NUM001 se vinculó a la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) en fecha 3 de septiembre de 2009, ostentando la categoría profesional de factor de circulación de 2ª en la dependencia de la jefatura de operaciones de Barcelona. Percibe un salario de 2.528,34 euros brutos mensuales con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. El actor presta servicios en la estación de Barcelona França y está sujeto a la siguiente rotación cíclica: 5/2, 5/2 y 5/3 (hecho no controvertido y, por tanto, conforme, folio 406)

TERCERO

D. Pedro Miguel, mayor de edad, con DNI nº NUM002 se vinculó a la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) en fecha 9 de marzo de 2009, ostentando la categoría profesional de factor de circulación de 2ª en la dependencia de la jefatura de operaciones de Barcelona. Percibe un salario de 2.528,34 euros brutos mensuales con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. El actor presta servicios en la estación de Barcelona França y está sujeto a la siguiente rotación cíclica: 5/2, 5/2 y 5/3 (hecho no controvertido y, por tanto, conforme, folio 390)

CUARTO

Dª Casilda, mayor de edad, con DNI nº NUM003 se vinculó a la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) en fecha 27 de julio de 2009, ostentando la categoría profesional de factor de circulación de 2ª en la dependencia de la jefatura de operaciones de Barcelona. Percibe un salario de 2.528,34 euros brutos mensuales con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. La actora presta servicios en la estación de Barcelona França y está sujeta a la siguiente rotación cíclica: 5/2, 5/2 y 5/3 (hecho no controvertido y, por tanto, conforme, folio 376)

QUINTO

D. Andrés, mayor de edad, con DNI nº NUM004, se vinculó a la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) en fecha 9 de marzo de 2009, ostentando la categoría profesional de factor de circulación de 2ª en la dependencia de la jefatura de operaciones de Barcelona. Percibe un salario de 2.528,34 euros brutos mensuales con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. El actor presta servicios en la estación de Martorell y no está sujeto a ciclos, descansando sábados y domingos (hecho no controvertido y, por tanto, conforme, folio 422)

SEXTO

D. Belarmino, mayor de edad, con DNI nº NUM005, se vinculó a la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) en fecha 9 de marzo de 2009, ostentando la categoría profesional de factor de circulación de 2ª en la dependencia de la jefatura de operaciones de Barcelona. Presta servicios en la estación de Barcelona França. Percibe un salario de 2.528,34 euros brutos mensuales con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. El

actor está sujeto a la siguiente rotación cíclica: 5/2, 5/2 y 5/3 (hecho no controvertido y, por tanto, conforme, folio 364)

SÉPTIMO

D. Ceferino, mayor de edad, con DNI nº NUM006, se vinculó a la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) en fecha 30 de noviembre de 2010, ostentando la categoría profesional de factor de circulación de 2ª en la dependencia de la jefatura de operaciones de Barcelona. Percibe un salario de 2.528,34 euros brutos mensuales con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. El actor presta servicios en la estación de Barcelona França y está sujeto a la siguiente rotación cíclica: 5/2, 5/2 y 5/3 (hecho no controvertido y, por tanto, conforme)

OCTAVO

D. Dionisio, mayor de edad, con DNI

nº NUM007, se vinculó a la empresa ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS (ADIF) en fecha 3 de septiembre de 2009, ostentando la categoría profesional de factor de circulación de 2ª en la dependencia de la jefatura de operaciones de Barcelona. Percibe un salario de 2.528,34 euros brutos mensuales con la inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias. El actor presta servicios en la estación de Martorell y no está sujeto a ciclos, descansando sábados y domingos (hecho no controvertido y, por tanto, conforme)

NOVENO

Los actores desarrollan sus cometidos en las estaciones de Barcelona França, Barcelona Sants y en la estación de Martorell, todas pertenecientes a la jefatura operativa de Barcelona (hecho no controvertido y, por tanto, conforme). Los actores no ocupan puestos de mando (folio 177 y declaración de la Sra. Amalia, responsable de recursos humanos de la empresa demandada)

DÉCIMO

En las estaciones de Martorell, Barcelona França y Barcelona rigen unos cuadros de servicios (gráficos) que detallan los diferentes horarios y turnos de trabajo de sus trabajadores, entre ellos, los actores (folios 480 a 482).

UNDÉCIMO

El Sr. Carlos Jesús está sometido a un régimen de cinco días de trabajo y dos de descanso, en alternancia con cinco días de trabajo y tres de descanso y repetición del ciclo, con dos turnos rotativos en horario de 06:00 a 14:00 horas y de 14:00 a 22:00 horas. La rotación entre un turno y otro comporta un descanso de 56 horas cuando se pasa del turno de tarde al turno de mañana. No obstante, cuando se pasa del turno de mañana al turno de tarde el descanso es de 72 horas (folios 449 a 460 y declaración de la Sra. Amalia, responsable de recursos humanos de la empresa demandada)

DUODÉCIMO

Los Sres. Jesús Luis, Pedro Miguel, Casilda, Belarmino y Ceferino trabajan en turnos de mañana y (06:00 a 14:00 horas) y de tarde (de 14:00 a 22:00 horas), con elrégimen de rotación que se ha hecho constar para cada uno de ellos en los ordinales del primero al octavo. En la transición del turno de tarde al de mañana descansan 56 horas (interrupción de dos días) o 80 horas (interrupción de...

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