SAP A Coruña 355/2017, 24 de Noviembre de 2017

JurisdicciónEspaña
Fecha24 Noviembre 2017
EmisorAudiencia Provincial de Coruña, seccion 3 (civil)
Número de resolución355/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

A CORUÑA

SENTENCIA: 00355/2017

N10250

C/ DE LAS CIGARRERAS, 1

(REAL FABRICA DE TABACOS-PLAZA DE LA PALLOZA)

A CORUÑA

-Tfno.: 981 182082/ 182083 Fax: 981 182081

BP

N.I.G. 15030 42 1 2014 0009623

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000250 /2017

Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 5 de A CORUÑA

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000554 /2014

Recurrente: Armando Horacio, Gumersindo Aurelio, ZURICH INSURANCE PLC SUCURSAL EN ESPAÑA, S.A., Aurelia Fidela

Procurador: SONIA RODRIGUEZ ARROYO, JAVIER GARAIZABAL GARCIA DE LOS REYES, JUAN LAGE FERNANDEZ-CERVERA

Abogado: BEATRIZ RUBIN BARRENECHEA, CAROLINA PARDO-CIORRAGA BARROS, JUAN JOSE ONRUBIA REVUELTA

Recurrido: COMUNIDAD DE GARAJES C/ DIRECCION000 NUM000 Y DIRECCION001 NUM001 A CORUÑA, ATLANTERRA DEL NORTE S.L.

Procurador: JOSE AMENEDO MARTINEZ, JOAQUIN JOSE GONZALEZ CARRERA

Abogado: PATRICIA SERRANO NARVAEZ, ALFONSO FREIRE PICOS

S E N T E N C I A

Número 355/2017

Ilmos. Sres. Magistrados:

Doña María Josefa Ruiz Tovar, presidenta

Doña María José Pérez Pena

Don Rafael Jesús Fernández Porto García

En A Coruña, a 24 de noviembre de 2017.

Ante esta Sección Tercera de la Ilma. Audiencia Provincial de A Coruña, constituida por los Ilmos. señores magistrados que anteriormente se relacionan, se tramita bajo el número 250-2017 el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el 6 de febrero de 2017 por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de A Coruña, en los autos de procedimiento ordinario que se tramitaron ante dicho Juzgado bajo el número 554-2014, siendo parte:

Como apelantes :

El demandado DON Gumersindo Aurelio, mayor de edad, vecino de A Coruña, con domicilio en la CALLE000, NUM002, NUM003 NUM004, provisto del documento nacional de identidad número NUM005, representado por el procurador don Javier Garaizábal y García de los Reyes, y dirigido por la abogada doña Carolina PardoCiorraga Barros.

Los demandados DOÑA Aurelia Fidela, mayor de edad, vecina de A Coruña, con domicilio en la CALLE001, NUM006, NUM007, provista del documento nacional de identidad número NUM008 ; y "ZÚRICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", con domicilio social en Barcelona, calle Vía Augusta, 200, con número de identificación fiscal A-28 360 527, representados por el procurador don Juan-José Lage FernándezCervera, bajo la dirección del abogado don Juan-José Onrubia Revuelta.

Y el demandado DON Armando Horacio, mayor de edad, vecino de Bergondo (A Coruña), con domicilio en la parroquia de DIRECCION002, lugar de DIRECCION003, NUM009, NUM010, provisto del documento nacional de identidad número NUM011, representado por la procuradora doña Sonia-María Rodríguez Arroyo, bajo la dirección de la abogada doña María-Beatriz Rubín Barrenechea.

Como apelados :

La demandante que se denomina "SUBCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE GARAJES O GARAJE MANCOMUNADO DE LOS EDIFICIOS DE LA DIRECCION000 NUM000 - NUM012 Y DIRECCION001 NUM001 " DE A CORUÑA, con número de identificación fiscal NUM013, representada por el procurador don José Amenedo Martínez, dirigida por la abogada doña Patricia Serrano Narváez.

Así como la demandada, "ATLANTERRA DEL NORTE, S.L.", cuyo domicilio social real actual no consta en las actuaciones, con número de identificación fiscal B- 15 992 332, representada por el procuradora don JoaquínJosé González Carrera, y dirigida por el abogado don Alfonso Freire Picos.

Versa la apelación sobre reclamación de cantidad por defectos en garajes de dos edificios; ascendiendo la cuantía del recurso a 34.960,43 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Sentencia de primera instancia .- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia de 6 de febrero de 2017, dictada por la Ilma. Sra. Magistrada- Juez del Juzgado de Primera Instancia número 5 de A Coruña, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Se estima parcialmente la demanda interpuesta por el procurador D. José Amenedo Martínez, en nombre y representación de la Subcomunidad de Propietarios de Garajes o Garaje Mancomunado DIRECCION000 número NUM000 - NUM012 y DIRECCION001 n° NUM001 de A Coruña frente a Atlanterra Norte S.L., representado procesalmente por el procuradora D. Joaquín González Carrera, Zúrich Insurance PLC sucursal en España, representada por el procurador D. Juan Lage Fernández Cervera; D. Armando Horacio, representado por la procuradora Dña. Sonia Rodríguez Arroyo;

  1. Gumersindo Aurelio, representado por D. Javier Garaizábal García de los Reyes y frente a Dña. Aurelia Fidela, representada por el procurador D. Juan Lage Fernández Cervera.

Se realizan los siguientes pronunciamientos:

  1. - Se condena a todos los demandados a abonar solidariamente a la parte actora la suma de 34.960,43 euros, más intereses legales por los defectos detectados por la entrada de agua en el sótano del garaje.

  2. - Se condena a la demandada Atlanterra Norte S.L. a abonar a la actora la suma de 9.940,51 euros, más los intereses legales.

  3. - No se realiza pronunciamiento sobre las costas del presente procedimiento.

Notifíquese esta Sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ente este mismo Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a que se notifique esta resolución.

Así lo acuerdo, mando y firmo» .

SEGUNDO

Recurso de apelación .- Se presentaron recursos de apelación por don Gumersindo Aurelio, doña Aurelia Fidela y "Zúrich España Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", y por don Armando Horacio

. Se dictó resolución por el letrado de la Administración de Justicia teniéndolos por interpuestos, y dando traslado a las demás parte por término de diez días. Se formularon por doña Aurelia Fidela y "Zúrich España Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", así como por "Subcomunidad de Propietarios de Garajes o Garaje Mancomunado de los edificios de la DIRECCION000 NUM000 - NUM012 y DIRECCION001 NUM001 " escritos de oposición a los recursos.

Los apelantes constituyeron respectivos depósitos de 50 euros, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Se remitieron las actuaciones a esta Audiencia Provincial con oficio de fecha 9 de mayo de 2017, previo emplazamiento de las partes.

TERCERO

Admisión del recurso .- Se recibieron en esta Audiencia Provincial las actuaciones remitidas por el Juzgado el 11 de mayo de 2017, siendo turnadas a esta Sección Tercera el mismo día, registrándose con el número 250-2017. Por el letrado de la Administración de Justicia se dictó el 6 de julio de 2017 diligencia de ordenación admitiendo el recurso, mandando formar el correspondiente rollo, indicando los componentes del tribunal y designando ponente.

CUARTO

Personamientos .- Se personó ante esta Audiencia Provincial el procurador don Javier Garaizábal y García de los Reyes en nombre y representación de don Gumersindo Aurelio, en calidad de apelante, para sostener el recurso; el procurador don Juan-José Lage Fernández-Cervera en nombre y representación de doña Aurelia Fidela y "Zúrich España Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A.", en calidad de apelante; la procuradora doña Sonia-María Rodríguez Arroyo en nombre y representación de don Armando Horacio, en calidad de apelante; el procurador don José Amenedo Martínez en nombre y representación de "Subcomunidad de Propietarios de Garajes o Garaje Mancomunado de los edificios de la DIRECCION000 NUM000 - NUM012 y DIRECCION001 NUM001 " de A Coruña, en calidad de apelado; así como el procurador don Joaquín-José González Carrera en nombre y representación de "Atlanterra del Norte, S.L.", en calidad de apelado. Se dictó providencia mandando quedar el recurso pendiente de señalamiento para votación y fallo cuando por turno correspondiese.

QUINTO

Señalamiento .- Por providencia de 2 de octubre de 2017 se señaló para votación y fallo el pasado día 21 de noviembre de 2017, en que tuvo lugar.

SEXTO

Ponencia .- Es ponente el Ilmo. magistrado Sr. don Rafael Jesús Fernández Porto García, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Fundamentación de la sentencia apelada .- No se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Objeto del litigio .- La cuestión litigiosa planteada puede resumirse en los siguientes términos:

  1. - El Ayuntamiento de A Coruña tramitó el expediente urbanístico NUM014, concediendo licencia de obras al promotor "Atlanterra del Norte, S.L." para un edificio de 2 sótanos a garaje, planta baja con arranque de rampa para entrada de vehículos a sótanos, entreplanta para trasteros, 5 plantas y planta bajo cubierta con 39 viviendas, conforme al proyecto del arquitecto don Gumersindo Aurelio un edificio, a construir en el solar que actualmente es corresponde con la DIRECCION000 números NUM000 y NUM012 . La obra se llevó a cabo bajo la dirección del citado arquitecto, actuando como arquitecto técnico don Armando Horacio desde el 28 de diciembre de 2005.

    El 9 de febrero de 2009 asumió la dirección de ejecución la arquitecta técnica doña Aurelia Fidela, por renuncia de don Armando Horacio, calculándose que se hallaba realizada el 50% de la obra, lo que ambos profesionales (renunciante y aceptante) comunicaron a su colegio profesional el 23 de marzo de 2009. A dicha fecha estaba finalizada la totalidad de los movimientos de tierra, cimentación, estructura, la hoja exterior de cerramiento de fachada, así como la albañilería hasta la cuarta planta.

    Se expidió el certificado final de obra el 28 de octubre de 2009, y en la misma fecha fue recibida por el...

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