AAP Burgos 190/2018, 28 de Febrero de 2018
Ponente | MARIA TERESA MUÑOZ QUINTANA |
ECLI | ES:APBU:2018:187A |
Número de Recurso | 107/2018 |
Procedimiento | Penal. Apelación procedimiento abreviado |
Número de Resolución | 190/2018 |
Fecha de Resolución | 28 de Febrero de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1BURGOS
ROLLO DE APELACIÓN NÚM. 107/18.
EJECUTORIA Nº 297/17.
JUZGADO DE LO PENAL NÚM. 2 DE BURGOS.
ILMOS/AS. SRS/AS:
D. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ.
Dª Mª TERESA MUÑOZ QUINTANA.
Dª Mª DOLORES FRESCO RODRÍGUEZ.
A U T O NUM. 00190/2018
En Burgos, a veintiocho de Febrero del año dos mil dieciocho.
Por la Procuradora Dª Mª José Martínez Amigo en nombre y representación de Leticia y Bernabe se interpuso recurso de Apelación contra el Auto de fecha 15 de Enero de 2.018 por el que se acuerda la suspensión por plazo de 2 años de la ejecución de las dos penas de 6 meses de Prisión impuestas a Everardo, y quedando subsistentes los demás pronunciamientos de la sentencia condenatoria. Resolución dictada por el Juzgado de lo Penal núm. 2 de los de Burgos, en la Ejecutoria nº 297/17, alegando en el escrito de interposición cuantas razones estimó necesarias como fundamento de su pretensión.
Admitido el recurso de apelación, se dio traslado del mismo al Ministerio Fiscal y partes personadas, alegando lo que a su derecho convino, y remitidas las actuaciones para resolución a esta Sala de la Audiencia Provincial, habiéndose designado como ponente a la Ilma. Sra. Magistrada Dª Mª TERESA MUÑOZ QUINTANA, quedaron las actuaciones pendientes para dictar la resolución oportuna.
Por el Juzgado de lo Penal nº 2 de los de Burgos en la causa nº 159/15 se dictó sentencia nº 11/17 en cuyo Fallo, entre otros pronunciamientos, se condena al acusado Everardo como autor penalmente responsable de dos delitos contra la integridad moral, con la concurrencia de la atenuante analógica de dilaciones indebidas, a la pena, por cada delito, de 6 meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y prohibición de comunicación por cualquier medio con Leticia y Bernabe por tiempo de 1 año. Igualmente la condena a Everardo de indemnizará a Leticia en la cantidad de 5.000 euros por daños morales y a Bernabe en 5.000 euros por daños morales, más intereses del artículo 576 de la LEC, en ambos casos. E imponiendo al acusado las costas del procedimiento, con exclusión de las de la acusación particular.
Interpuesto recurso de Apelación, por esta Sala Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Burgos en sentencia nº 231/17 dictada en fecha 10 de Julio de 2.017 (Rollo de Apelación nº 82/17 ), se estimó parcialmente, con revocación parcial, tan solo, en cuanto a la fijación de una tercera parte de las costas procesales, devengadas,
incluidas las de la acusación particular, como consecuencia
del delito por el que resultó condenado, manteniendo el resto de los
pronunciamientos, declarando de oficio las costas procesales causadas en esta instancia.
En trámite de ejecución de sentencia, Ejecutoria nº 297/17, por Auto de fecha 15 de Enero de 2.018 se acuerda la suspensión por plazo de 2 años de la ejecución de las dos penas de 6 meses de Prisión impuestas a Everardo
, quedando subsistentes los demás pronunciamientos de la sentencia condenatoria.
Sin embargo, resolución con la que discrepa la parte recurrente, entre cuyas alegaciones, se hace mención a una previa condena de Everardo en sentencia firme y ejecutoria a 20 días Multa por injurias a Leticia, (Juicio de Faltas nº 264/10 en el Juzgado de Instrucción nº 2 de Burgos), confirmada por la Audiencia Provincial de Burgos. No considerando procedente la suspensión de la condena, en base a los siguientes argumentos:
.- El mismo no ha dejado de cometer nuevos hechos delictivos, contra las víctimas.
.- Además, citó a declarar a diversos testigos que faltaron gravemente a la verdad.
.- Dada su capacidad delictiva, acreditada a lo largo de más de siete años, ( Procedimiento por delito leve nº 26/15 en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Burgos, con pronunciamiento absolutorio para Everardo, y posterior apertura de juicio oral contra Leticia por denuncia falsa, en el Juzgado de Instrucción nº 1 de Burgos; Diligencias Previas...
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