SAP Baleares 69/2018, 14 de Febrero de 2018
Ponente | PEDRO ANTONIO MUNAR BERNAT |
ECLI | ES:APIB:2018:341 |
Número de Recurso | 532/2017 |
Procedimiento | Civil |
Número de Resolución | 69/2018 |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2018 |
Emisor | Audiencia Provincial - Baleares, Sección 3ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3
PALMA DE MALLORCA
SENTENCIA: 00069/2018
Modelo: N10250
PLAÇA DES MERCAT Nº 12
- Tfno.: 971-71-20-94 Fax: 971-22.72.20
Equipo/usuario: MSC
N.I.G. 07026 42 1 2016 0000661
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000532 /2017
Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N.1 de IBIZA/EIVISSA Procedimiento de origen: ORD PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000132 /2016 Recurrente: Emilia
Procurador: TERESA BLANCO FERNANDEZ
Abogado: GUILLERMO GARCIA GARCIA
Recurrido: Hermenegildo
Procurador: ANA LOPEZ WOODCOCK
Abogado: FRANCISCO JAVIER MARIÑO GONZALEZ
S E N T E N C I A Nº 69
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
Don Carlos Gómez Martínez
MAGISTRADOS:
Doña Gabriel A. Oliver Koppen
Don Pedro A. Munar Bernat
En Palma de Mallorca a catorce de febrero de 2018.
VISTOS por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ibiza, bajo el número 132/2016, Rollo de Sala numero 532|2017, entre partes, de una como demandada-apelante Dª Emilia, representada en esta alzada por la Procuradora doña Teresa Blanco Fernández y dirigida por el letrado D. Guillermo García García, y de otra como actor-apelado D. Hermenegildo, representado en esta alzada por la Procuradora Dª Ana López Woodcock y dirigido por el letrado D. Javier Mariño González.
ES PONENTE el Magistrado Ilmo. Sr. Pedro A. Munar Bernat.
Por la Ilma. Sra. Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ibiza, se dictó sentencia en fecha 31 de julio de 2017, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:
"Estimando como estimo la demanda interpuesta por D. Hermenegildo frente a Dª Emilia, debo declarar y declaro que las obras realizadas por la demandada en su vivienda nº NUM000 de la planta NUM001 sita en la URBANIZACIÓN000, bloque NUM002 de DIRECCION000, termino municipal de Sant Joan de Labritja son indebidas e ilegales, condenando a la demandada a restablecer la vivienda en su estado primitivo los elementos afectados, tanto comunes como sería el forjado sanitario y escalera, como privativos, el apartamento creado, con la prevención de que en el caso de no hacerlo, se hará a su costa y el abono de las costas procesales.".
Contra la expresada sentencia, y por la representación de Dª Emilia, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites se señaló para votación y fallo el 6 de febrero de 2018.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se plantea recurso de apelación por parte de la demandada frente a la sentencia que estima íntegramente la demanda frente a ella interpuesta.
Este Tribunal en virtud de los razonamientos que a continuación pasa a desgranar entiende que debe ser desestimado el recurso y confirmada la sentencia apelada.
La cuestión que es objeto de este litigio es si las obras realizadas por la demandada en su vivienda utilizando para ello el forjado sanitario, que es elemento comunitario, son acordes a la ley o por el contrario son ilegales.
La sentencia realiza un detallado análisis de la prueba practicada siendo especialmente relevante el reconocimiento judicial practicado y el dictamen pericial aportado por la actora. De ambas pruebas se alcanza la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
ATS, 17 de Febrero de 2021
...de fecha 14 de febrero de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (Sección 3.ª), en el rollo de apelación nº 532/2017, dimanante de juicio ordinario nº 132/2016 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las......