SAP Asturias 34/2018, 29 de Enero de 2018

PonenteJOSE MARIA ALVAREZ SEIJO
ECLIES:APO:2018:258
Número de Recurso557/2017
ProcedimientoCivil
Número de Resolución34/2018
Fecha de Resolución29 de Enero de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 5ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

OVIEDO

SENTENCIA: 00034/2018

Rollo: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000557 /2017

En OVIEDO, a veintinueve de Enero de dos mil dieciocho.

VISTOS, en grado de apelación, por el Ilmo. Sr. DON JOSÉ MARÍA ÁLVAREZ SEIJO, Presidente de la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial, en funciones de Tribunal Unipersonal, los presentes autos de Juicio Verbal nº 415/17, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Oviedo, Rollo de Apelación nº 557/17, entre partes, como apelante y demandada COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 NÚMERO NUM000 DE SAN CLAUDIO- OVIEDO, representada por el Procurador Don Francisco Javier Álvarez Riestra y bajo la dirección de la Letrado Doña Encarnación de Andrés García, y como apelada y demandante DOÑA Rosalia, representada por el Procurador Don Luis Alberto Prado García y bajo la dirección del Letrado Don César Julio Ramos Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Oviedo dictó sentencia en los autos referidos con fecha trece de noviembre de dos mil diecisiete, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo estimar y estimo, en su integridad, la demanda interpuesta por DOÑA Rosalia, actuando en representación de DON Basilio, contra "COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000, NÚM. NUM000, DE SAN CLAUDIO, OVIEDO", y, en su virtud,

1). Condeno a la demandada a ejecutar las obras pertinentes para que deje de filtrarse agua a la vivienda de la parte actora, de acuerdo con lo determinado en el informe pericial acompañado a la demanda.

2) Condeno a la demandada a reparar los daños causados en dicha vivienda como consecuencia de las mencionadas filtraciones, de acuerdo con lo determinado en el mismo dictamen pericial.

3). Impongo a la parte demandada las costas de este juicio.".

TERCERO

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por Comunidad de Propietarios de la CALLE000 numero NUM000 de San Claudio- Oviedo, y previos los traslados ordenados en el art. 461 de la L.E.C ., se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes, no habiendo estimado necesario la celebración de vista.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Dando por reproducidos los antecedentes de la presente litis, la parte demandada se alza frente a la sentencia de instancia que acogió la demanda, condenándole a la ejecución de la obras a fin de que cese la filtración de las aguas conforme al informe pericial de la demanda, así como a la reparación de los daños causados en la vivienda de la actora.

La Comunidad de Propietarios recurrente alega, como ya había hecho en su día, la excepción de prescripción, lo que conlleva que a fin de dilucidar su concurrencia, y dado el tenor de los daños, consistentes en filtraciones, se deba fijar la naturaleza de los mismos, esto es, si se han de considerar permanentes o continuados.

Esta cuestión la aborda claramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Orense en su sentencia de 18-10-2.017, señalando que la cuestión debe ser interpretada en armonía con lo dispuesto en los artículos

1.969 del Código Civil, según el cual el tiempo para la prescripción de las acciones "se contará desde el día en que pudieron ejercitarse", y el artículo 1.968.2º del mismo cuerpo legal, que señala el inicio del cómputo de un año para el ejercicio de la acción de responsabilidad civil por culpa extracontractual "desde que lo supo el agraviado", de modo que, como razona la STS de 14 de diciembre de 2.015, cabe establecer que en relación al momento de iniciación del plazo de prescripción el Código Civil optó claramente por el momento del conocimiento que del daño tenga el perjudicado y no por la mera producción o acaecimiento del mismo, de forma que ha de estarse a la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR