AAP Barcelona 211/2018, 11 de Abril de 2018

PonenteANA MARIA HORTENSIA GARCIA ESQUIUS
ECLIES:APB:2018:1380A
Número de Recurso1077/2017
ProcedimientoRecurso de apelación
Número de Resolución211/2018
Fecha de Resolución11 de Abril de 2018
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

Sección nº 18 de la Audiencia Provincial de Barcelona. Civil

Calle Roger de Flor, 62-68 - Barcelona - C.P.: 08013

TEL.: 938294459

FAX: 938294466

EMAIL:aps18.barcelona@xij.gencat.cat

N.I.G.: 0818442120168188023

Recurso de apelación 1077/2017 -J

Materia: Proceso especial contencioso guarda y custodia hijos comunes

Órgano de origen:Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de DIRECCION000 Procedimiento de origen:Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 659/2016

Parte recurrente/Solicitante: Esteban

Procurador/a: Uriel Pesqueira Puyol

Abogado/a: ALEJANDRO FERNANDEZ RODRIGUEZ

Parte recurrida: María Virtudes

Procurador/a: Susana Moreno Garcia

Abogado/a: Joan Lluís González Ferreri

AUTO Nº 211/2018

Magistradas:

Dª Margarita Noblejas Negrillo

Dª Mª José Pérez Tormo

Dª Ana Mª García Esquius (Ponente)

Barcelona, 11 de abril de 2018

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En fecha 27 de octubre de 2017 se han recibido los autos de Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 659/2016 remitidos por Sección Civil. Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 7 de DIRECCION000 a fin de resolver el recurso de apelación interpuesto por el Procurador Uriel Pesqueira Puyol, en nombre y representación de Esteban contra el Auto de fecha 3 de

noviembre de 2017 y en el que consta como parte apelada la Procuradora Susana Moreno Garcia, en nombre y representación de María Virtudes .

Segundo

El contenido de la parte dispositiva del auto contra el que se ha interpuesto el recurso es el siguiente: " Se acuerda inadmitir la demanda de división de la cosa en común presentada por el Procurador de los Tribunales D. Uriel Pesqueira Puyol, en nombre y representación de D. Esteban .

Se admite A TRÁMITE "LA DEMANDA DE GUARDA Y CUSTODIA presentada por. el Procurador de los Tribunales

D. Uriel Pesqueira Puyol, en nombre y representación de D. Esteban frente a D. María Virtudes y el Ministerio Fiscal, la cual seguirá los trámites del juicio verbal, con las especialidades previstas en los artículos 753 y 770 de la LEC .

Dispongo dar traslado de la demanda al Ministerio Fiscal y a la parte demandada, haciéndole/s entrega de copia y de los documentos acompañados, y les emplazo para que la contesten en el plazo de VEINTE dias, con el apercibimiento a la parte demandada que si no comparece dentro de plazo, se le declarará en situación de rebeldía procesal ( artículo 496.1 LEC ) y que debe comparecer en juicio por medio de procurador y con asistencia de abogado ( artículo 750 LEC . "

Tercero

El recurso se admitió y se tramitó conforme a la normativa procesal para este tipo de...

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