ATS, 14 de Febrero de 2018
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN |
ECLI | ES:TS:2018:1222A |
Número de Recurso | 3902/2015 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 14/02/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 3902 / 2015
Ponente: Excma. Sra. D.ª M. Ángeles Parra Lucán
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 8
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: LTV/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 3902/2015
Ponente: Excma. Sra. D.ª M. Ángeles Parra Lucán
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M. Ángeles Parra Lucán
En Madrid, a 14 de febrero de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M. Ángeles Parra Lucán.
La representación procesal de D.ª María Milagros presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha de 10 de noviembre de 2015 por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 8.ª), en el rollo de apelación n.º 598/2015 , dimanante del juicio ordinario n.º 454/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Quart de Poblet.
Mediante Diligencia de Ordenación de 23 de diciembre de 2015 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
Mediante diligencia de ordenación de 14 de enero de 2017, se tuvo por designado por el turno de oficio al procurador D. Carlos Alberto de Grado Viejo, en nombre y representación de D.ª María Milagros , personándose ante esta Sala en calidad de parte recurrente. Por la procuradora D.ª Mercedes Albi Murcia, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios PLAZA000 NUM000 de Manises, se presentó escrito personándose en calidad de parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir determinado el la DA 15.ª LOPJ .
Examinadas las actuaciones procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª María Milagros , no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el art. 485 LEC , la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D.ª María Milagros contra la sentencia dictada con fecha de 10 de noviembre de 2015 por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 8.ª), en el rollo de apelación n.º 598/2015 , dimanante del juicio ordinario n.º 454/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Quart de Poblet.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.