SAP Guipúzcoa 243/2017, 29 de Septiembre de 2017

JurisdicciónEspaña
Fecha29 Septiembre 2017
EmisorAudiencia Provincial de Guipúzcoa, seccion 2 (civil y penal)
Número de resolución243/2017

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA - SECCIÓN SEGUNDA

GIPUZKOAKO PROBINTZIA AUZITEGIA - BIGARREN SEKZIOA

SAN MARTIN 41-1ª planta - C.P./PK: 20007

Tel.: 943-000712

Fax / Faxa: 943-000701

NIG PV / IZO EAE: 20.06.2-14/001212

NIG CGPJ / IZO BJKN :20045.42.1-2014/0001212

A.p.ordinario L2 / E_A.p.ordinario L2 2064/2017 - R

O.Judicial origen / Jatorriko Epaitegia : UPAD de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Irún / Irungo Lehen Auzialdiko eta Instrukzioko 1 zk.ko ZULUP

Autos de Procedimiento ordinario 147/2014 (e)ko autoak

Recurrente / Errekurtsogilea: Felicisima Y OTROS, Marisa Y OTROS y Germán

Procurador/a / Prokuradorea: SAIOA ETXABE AZKUE, ESKARNE RUIZ DE ARBULO AIZPURU y MARIA BEGOÑA ALVAREZ LOPEZ

Abogado/a / Abokatua: BERNARDO AUSEJO ITURRALDE, JOSE MARIA APESTEGUIA LOPERENA y JOSE ANTONIO FERRERES RUIZ

Recurrido/a / Errekurritua : COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PARCELAS NUM000 DIRECCION000 y Virtudes

Procurador/a / Prokuradorea: GUADALUPE AMUNARRIZ AGUEDA y DIEGO IRIGOYEN LECLERCQ

Abogado/a / Abokatua: PABLO JIMENEZ SISTIAGA y PEDRO EGAÑA CASARIEGO

S E N T E N C I A Nº 243/2017

ILMOS/AS. SRES/AS.

Dª. YOLANDA DOMEÑO NIETO

D. FELIPE PEÑALBA OTADUY

Dª. ANA ISABEL MORENO GALINDO

En DONOSTIA / SAN SEBASTIAN, a veintinueve de septiembre de dos mil diecisiete.

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa - Sección Segunda, constituida por los/as Ilmo/as. Sres/as. que al margen se expresan, ha visto en trámite de apelación los presentes autos civiles de Juicio Ordinario nº 147/2014 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Irún, a instancia de Dña. Felicisima, Dña. Estrella, D. Valentín,

D. Franco, D. Alonso, Dña. Marisol, D. Cecilio, D. Eulogio y Dña. Tarsila (apelantes - demandados), representados por la Procuradora Dña. Saioa Etxabe Azkue y defendidos por el Letrado D. Bernardo Ausejo Iturralde, Dña. Marisa, D. Justiniano y Dña. Blanca (apelantes - demandados), representados por la Procuradora Dña. Eskarne Ruiz de Arbulo Aizpuru y defendidos por el Letrado D. José María Apesteguia Loperena, y D. Germán (apelante - demandado), representado por la Procuradora Dña. María Begoña Alvarez López y defendido por el Letrado D. José Antonio Ferreres Ruiz, contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE PARCELAS NUM000 DIRECCION000 (apelada - demandante), representada por la Procuradora Dña. Guadalupe Amunarriz Agueda y defendida por el Letrado D. Pablo Jiménez Sistiaga, y Dña. Virtudes (apelada - demandada), representada por el Procurador D. Diego Irigoyen Leclercq y defendida por el Letrado D. Pedro Egaña Casariego; todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el mencionado Juzgado, de fecha 6 de julio de 2016 .

Se aceptan y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 6 de julio de 2016 el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Irún dictó Sentencia, que contiene el siguiente Fallo:

"Que, con estimación íntegra de la demanda interpuesta por la representación procesal de la Comunidad de Propietarios de Parcelas " NUM000 " DIRECCION000, debo condenar y CONDENO a:

- Virtudes a abonar a la actora la cantidad de 21.247,31 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

-Comercial Vincovi, S.L a abonar a la actora la cantidad de 111.308,80 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Felicisima a abonar a la actora la cantidad de 31.133,79 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Virtudes a abonar a la actora la cantidad de 8.835,33 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Blanca y Justiniano a abonar a la actora la cantidad de 8.924,01 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Cecilio a abonar a la actora la cantidad de 8.966,89 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Marisa a abonar a la actora la cantidad de 8.817,71 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Tarsila y Eulogio a abonar a la actora la cantidad de 8.888,18 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Estrella a abonar a la actora la cantidad de 8.835,33 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente

resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Consuelo a abonar a la actora la cantidad de 11.516,34 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Marisol a abonar a la actora la cantidad de 10.928,25 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Alonso a abonar a la actora la cantidad de 8.855,58 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Franco a abonar a la actora la cantidad de 8.403,51 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Valentín a abonar a la actora la cantidad de 7.744,64 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Magdalena a abonar a la actora la cantidad de 7.425,99 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Germán a abonar a la actora la cantidad de 7.261,85 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Jacobo a abonar a la actora la cantidad de 7.049,22 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución hasta su completo pago, así como al pago de las costas.

- Victoria a abonar a la actora la cantidad de 4.692,98 euros, cantidad que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de la reclamación judicial o desde la fecha de su devengo hasta la fecha de la presente resolución y el interés legal incrementado en dos puntos desde la fecha de la presente resolución...

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