STSJ Comunidad de Madrid 524/2017, 17 de Julio de 2017

PonenteJOSE IGNACIO DE ORO-PULIDO SANZ
ECLIES:TSJM:2017:8682
Número de Recurso84/2017
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución524/2017
Fecha de Resolución17 de Julio de 2017
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34002650

NIG : 28.079.00.4-2014/0050540

Procedimiento Recurso de Suplicación 84/2017

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid Procedimiento Ordinario 1139/2014 Materia : Reclamación de Cantidad

Sentencia número: 524/17-FG

Ilmos. Sres.

D. JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

Dña. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

D. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

En Madrid, a diecisiete de julio de dos mil diecisiete, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 3 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 84/2017, formalizado por la Letrada Dña. ANA PLAZA DE LAS HERAS, en nombre y representación de D. Diego y otros, contra la sentencia de fecha 28/10/2016 dictada por el Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid en sus autos número Procedimiento Ordinario 1139/2014, seguidos a instancia de D. Diego, Dña. Catalina, Dña. Coral, Dña. Delfina, D. Eulogio, D. Fausto, Dña. Erica, D. Florian, D. Gaspar y D. Gonzalo frente a ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID S.A, en reclamación por Reclamación de Cantidad, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo./Ilma. Sr./Sra. D./Dña. JOSE IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

Se ejercita en la demanda de autos acción en reclamación de cantidad, debiendo señalarse al respecto que con base a la prueba documental aportada en el acto de juicio oral, resulta acreditada la relación laboral, la antigüedad, el salario y la categoría profesional de los demandantes, según lo siguiente:

DOÑA Erica, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de B2, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 3.184,18 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de abril de 2014

DON Gaspar, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de D1, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 3.597,00 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de abril de 2014.

DON Fausto, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de B2, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 3.113,19 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de abril de 2014.

DON Florian, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de B2, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 3.184,46 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de abril de 2014

DON Gonzalo, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de B2, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 2.228,70 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de abril de 2014.

DON Diego, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de D1, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 3.225,91 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de enero de 2014

DON Eulogio, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de B2, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 3.597,00 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de abril de 2014

DOÑA Delfina, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de B1, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 2.633,63 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de enero de 2014

DOÑA Catalina, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de B2, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 2.943,30 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de diciembre de 2013.

DOÑA Coral, presta sus servicios para la empresa demandada ROBERT BOSCH ESPAÑA FABRICA MADRID, S.A. con la categoría profesional de B2, percibiendo por ello un salario bruto mensual de 2.854,82 euros brutos, de conformidad con la nómina del mes de abril de 2014

SEGUNDO Los demandantes suscribieron los siguientes contratos con la demandada:

DOÑA Erica :

1º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 24 .07. 1989 -19 .01.1990. (180 días)

2º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 30 .07. 1990 - 31 .08. 1990. (33 días)

3º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 17 .12. 1990 - 28 .12. 1990. (12 días)

4º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 29 .07. 1991 - 30 .08. 1991. (33 días)

5º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 26 .07. 1995 - 29 .09. 1995. (66 días)

6º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 8 .07. 1996 - 13 .09. 1996. (68 días)

7º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 19 .12. 1996 - 30 .12. 1996. (12 días) 8º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 14 .07. 1997 - 29 .08. 1997. (47 días) 9º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 20 .09. 1997 - 26 .10. 1997. (10 días) 10º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 1 .11. 1997 -28 .12. 1997. (30 días) 11º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 24 .01.1998 - 29 .03. 1998. (26 días) 12º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 5 .04. 1998 - 31 .05. 1998. (47 días) 13º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 6 .06. 1998 - 21 .06. 1998. (6 días) 14º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 11 .03. 1999 - 31 .03. 1999. (16 días) 15º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 1 .04. 1999 - 22 .04. 1999. (16 días) 16º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 20 .10. 2000 - 31 .10. 2000. (9 días) 17º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 6 .11. 2000 - 19 .06. 2002. (591 días) 18º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 21 .06. 2002 - ACTUALIDAD.

DON Gaspar :

1º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 22 .10. 1997 - 31 .12. 1997. (4 días)

2º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 19 .01. 1998 - 30 .04. 1998. (71 días) 3º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 01.05.1998 - 03.11.1998. (102 días)

4º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 08.03.1999 - 07.03.2000. (366 días)

5º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 15.03.2000 - 03 .04. 2000. (13 días)

6º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 5 .04. 2000 - 5 .04. 2000. ( 1 día)

7º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 7 .04. 2000 - 05.07.2000. (60 días)

8º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 8.06.2000 - 31.08.2000. (85 días)

9º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 4 .09. de 2000 - 6 .10. 2000. ( días)

10º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 07.11.2000 - 28 .12. 2000. (52 días) 11º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 3 .01. 2001 - 16 .04. 2001. (104 días) 12º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 23 .04. 2001 - 22 .04. 2002. (365 días) 13º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 03.05.2002 - 27 .04. 2003. (358 días) 14º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 10.11.2003 - 31 .12. 2003. (52 días) 15º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 1 .01. 2004- ACTUALIDAD.

DON Fausto :

1º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 8 .10. 2002 - 31 .12.2002. (85 días)

2º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 7 .01. 2003 - 8 .10. 2003. (273 días)

3º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 20 .10. 2003 - 31 .03. 2004. (164 días) 4º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 8 .04. 2004 -15 .12.2004. (252 días)

5º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 20 .12.2004 - de 31 .12.2004. (12 días) 6º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 10 .01. 2005 - 17 .04. 2005. (98 días) 7º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 17 .10. 2005 - 31 .12.2005. (76 días)

8º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 3 .04. 2006 - 30 .09. 2006. (174 días) 9º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 22.11.2006- 27 .12.2006. (36 días)

10º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 2 .01. 2007 - 31 .01. 2007. (30 días) 11º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 5 .03. 2007 - 13 .04. 2007. (40 días) 12º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 12.11.2007 - 21 .12.2007. (40 días)

13º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 8 .01. 2008 - 29.02.2008. (53 días) 14º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 5 .03. 2008 - 30 .04. 2008. (57 días) 15º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 6.05.de 2008 - 31 .07. 2008. (87 días) 16º contrato suscrito entre la parte actora y RBEFM: 6.08.2008 - 30 .09. 2008. (56 días) 17º contrato suscrito entre la...

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