STSJ Andalucía 2172/2017, 6 de Julio de 2017

PonenteJESUS SANCHEZ ANDRADA
ECLIES:TSJAND:2017:8167
Número de Recurso2689/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2172/2017
Fecha de Resolución 6 de Julio de 2017
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 2689/16-Negociado I Sent. Núm. 2172/17

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILMOS. SRES.:

DOÑA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ

DOÑA BEGOÑA GARCÍA ÁLVAREZ

DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA

En Sevilla, a seis de julio de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 2172/2017

En el recurso de suplicación interpuesto por la UNIVERSIDAD DE HUELVA, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de los de Huelva, Autos nº147/2014; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA, Magistrado Especialista del Orden Jurisdiccional Social.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª María Antonieta contra el MINISTERIO FISCAL y la UNIVERSIDAD DE HUELVA, sobre despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 17/12/2014 por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"I.- Dª María Antonieta, mayor de edad, con DNI NUM000 viene prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de la Universidad de Huelva (con CIF Q 7150008F y dedicada a al actividad que su propio nombre indica), desde el 08.10.08, como titulada Grado Medio adscrita a la Oficina de Estudios de Posgrado, en Huelva.

  1. La relación laboral se ha formalizado por escrito por virtud de los contratos de trabajo siguientes que obran en el ramo de prueba de la demandada y que damos por reproducidos:

    - Contrato de trabajo de obra o servicio determinado suscrito el 08.10.08 cuyo objeto era "Estudio de mercado de posgrado de la Universidad de Huelva y estudio para el inicio y desarrollo de estructuras corporativas para

    el seguimiento de ingresados en la UHU del programa de formación de posgrado Universidad-Empresa" con duración desde sus suscripción hasta el 07.09.09. Fue sometido a sucesivas prórrogas hasta el 07.10.12.

    Contrato de trabajo de obra o servicio determinado suscrito el 08.10.12 cuyo objeto era "Estudio de mercado de posgrado de la Universidad de Huelva y estudio para el inicio y desarrollo de estructuras corporativas para el seguimiento de ingresados en la UHU del programa de formación de posgrado Universidad-Empresa 2011-12" con duración desde sus suscripción hasta el 31.12.12.Fue sometido a sucesivas prórrogas siendo la última de la fecha 01.10.13. En la cláusula cuarta del contrato se establecía un salario de 1162,88 euros mensuales comprensivo de 996,76 euros de salario base y 166,62 euros mensuales de prorrata de pagas.

  2. Además de las labores propias de los contratos del Hecho precedente, la actora ha venido desarrollando las funciones enunciadas en el Hecho Segundo de la Demanda al folio 2, al que hacemos expresa remisión.

  3. El 16.12.13, a través de la Secretaría del Rector de la Universidad de Huelva, se hizo un comunicado, vía correo, a toda la comunidad educativa (por reproducido) a propósito de la huelga convocada desde el 16.12.13 por trabajadores y trabajadoras "cuyo contrato de obra o servicio finaliza el 31 de diciembre", en la que se participaba que "... constatados que los recursos financieros externos que justificaron los contratos se han ido mermando progresivamente, en particular, la financiación derivada de la Junta de Andalucía sufrirá el próximo año un nuevo recorte por lo que, aunque no nos guste y sigamos defendiendo la necesidad de incrementar esta dotación en todos los foros a los que asisto yo y mi equipo, no hay más remedio que ajustar nuevamente y de manera considerable nuestro presupuesto.

    Los contratos que vencen ahora no pueden ser renovados. Todas estas personas han realizado prestaciones de gran valor que han contribuido a la mejora de la Universidad de Huelva y, es por ello que confiando en que la situación sea transitoria esperamos recuperar esos servicios en toda su plenitud, en cuanto se alcance una situación financiera adecuada.

    Ya se ha comunicado a los responsables de centros, departamentos y servicio la necesidad de reducir su presupuesto del próximo año en un 50%. Esta situación no es novedosa entre el resto de universidades que han venido realizando diferentes ajustes en los últimos años. Nosotros no tenemos otra opción que abordarla directamente si queremos alcanzar el equilibrio presupuestario que, como administración pública, estamos obligados a conseguir.

    Entiendo y comprendo la preocupación y malestar de los compañeros y compañeras cuyos contratos finalizan. Tienen toda nuestra comprensión y, reitero, máximo agradecimiento por los servicios prestados. Pero igualmente es necesario cumplir con las obligaciones que nos imponen las leyes vigentes.

    Quiero referirme a Uniradio para aclarar la situación, Uniradio, según su estatuto, es un proyecto autogestionado por la Asociación de la Radio Universitaria, a quien corresponde su financiación. En el actual escenario, la Universidad de Huelva no puede seguir aportando fondos propios para su financiación, como hasta la fecha ha sucedido. Es preciso atenernos a su normativa: Uniradio no se cierra, sin perjuicio de que deba ser financiada por la Asociación; la Universidad de Huelva seguirá colaborando según el proyecto que aprobó el Consejo de Gobierno, La finalización de los contratos de las personas que han trabajado en Uniradio no significa el cierre de la misma.

    Saludos,

    Juan Pablo .

    Rector".

  4. La Universidad hizo entre a la actora de carta que rezaba así:

    "El próximo día 31.12.13 finaliza la prórroga de su contrato de trabajo, extendida con fecha 01.10.13, registrada en el Servicio Público de Empleo (...) por expiración del tiempo concertado.

    Por ello con esa misma fecha se producirá extinción del contrato establecido con Vd. lo que se el comunica, en plazo, a los efectos oportunos.

    Rogamos firme el recibí con copia adjunta a los únicos efectos de acreditar su notificación".

  5. El 31.12.13 la parte actora fue dada de baja en TGSS por la Universidad de Huelva.

  6. Según certificado la Secretaría General de la Universidad de Huelva de fecha 04.06.14 (por reproducido) entre el 01.10.13 y el 31.01.14 se han extinguido un total de 96 contratos de trabajo de empleados de la Universidad.

  7. La Universidad ha tenido ocupados, durante 2013, a los siguientes números de trabajadores, contratados labores, en los períodos de tiempo que se indican seguidamente:

    Abril

    824

    Mayo

    821

    Junio

    813

    Julio

    800

    Agosto

    792

    Septiembre

    787

    Octubre

    776

    Noviembre

    695

    Diciembre

    693

  8. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA 23.01.04) dispone en su...

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