ATS, 20 de Diciembre de 2017
Ponente | PEDRO JOSE VELA TORRES |
ECLI | ES:TS:2017:11765A |
Número de Recurso | 2647/2015 |
Procedimiento | Casación |
Fecha de Resolución | 20 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
A U T O
Fecha Auto: 20/12/2017
Recurso: CASACIÓN 2647/2015
Ponente Excmo. Sr. D.: Pedro Jose Vela Torres
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Escrito por: PAA/I
RECURRENTE: PROCURADORD. Manuel Infante Sánchez
RECURRIDO: PROCURADOR
D. Federico Ortiz-Cañavate Levenfeld
CUESTION DE FONDO
Recurso Num.: CASACIÓN 2647/2015
Secretaría de Sala: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Procurador:
D. Manuel Infante Sánchez
D. Federico Ortiz-Cañavate Levenfeld
TRIBUNAL SUPREMO.
Sala de lo Civil
A U T O
Excmos. Sres.:
Presidente
Magistrados
D. Francisco Marin Castan
D. Antonio Salas Carceller
D. Pedro Jose Vela Torres
En la Villa de Madrid, a veinte de Diciembre de dos mil diecisiete.
La representación procesal de Insyme SLU presentó escrito de fecha 25 de septiembre de 2015 interponiendo recurso de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección Quinta) de fecha 18 de junio de 2015, en el rollo de apelación n.º 424/2014 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 476/2012, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza.
Mediante diligencia de ordenación de fecha 22 de julio de 2015 se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
El procurador D. Manuel Infante Sánchez, en representación de Insyme SLU, presentó el día 15 de septiembre de 2015 escrito personándose en concepto de parte recurrente. El procurador D. Federico Ortiz-Cañavate Levenfeld, en representación de D. Fabio , presentó el día 29 de septiembre de 2015 escrito personándose en concepto de parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Pedro Jose Vela Torres , a los solos efectos de este trámite.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Insyme SLU al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los arts. 477.2 , 3.º LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el art. 485 LEC , la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
En virtud de lo expuesto,
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación de Insyme SLU, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Zaragoza (Sección Quinta) de fecha 18 de junio de 2015, en el rollo de apelación n.º 424/2014 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 476/2012, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.