SAP Cuenca 210/2017, 7 de Noviembre de 2017

JurisdicciónEspaña
Fecha07 Noviembre 2017
EmisorAudiencia Provincial de Cuenca, seccion 1 (civil y penal)
Número de resolución210/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

CUENCA

SENTENCIA: 00210/2017

Modelo: N10250

CALLE PALAFOX S/N

Tfno.: 969224118 Fax: 969228975

Equipo/usuario: NNL

N.I.G. 16134 41 1 2016 0000864

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000221 /2017

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de MOTILLA DEL PALANCAR Procedimiento de origen: JVD JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO 0000004 /2017 Recurrente: Maximiliano

Procurador: MARIA EVA GARCIA MARTINEZ

Abogado:

Recurrido: Tomás

Procurador: RAQUEL PINOS CALVO

Abogado: DOMINGO LORENZO CHECA APARICIO

Sentencia.

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CUENCA.

Apelación Civil nº 221/2017.

Juicio Verbal de desahucio nº 4/2017.

Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Motilla del Palancar.

Ilmo. Sr. Presidente:

D. José Eduardo Martínez Mediavilla.

Magistrados:

D. Ernesto Casado Delgado.

D. Javier Martín Mesonero

Ponente: Sr. Javier Martín Mesonero

SENTENCIA num. 210/2017

En Cuenca, a siete de noviembre de dos mil diecisiete.

Vistos ante esta Audiencia Provincial, en trámite de recurso de apelación nº 221/2017, los autos de Juicio Verbal de Desahucio nº 4/2017 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Motilla del Palancar, en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Maximiliano, representado por la Procuradora Sra. García Martínez y asistido del Letrado Sr. Langreo Huerta, contra la Sentencia dictada en primera instancia, por el ya referido Juzgado, en fecha 3/5/17, figurando como parte apelada D. Tomás, representado por la Procuradora Sra. Pinós Calvo y asistido del Letrado Sr. Checa Aparicio.

Antecedentes de hecho
Primero

Que por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Motilla del Palancar se dictó Sentencia, en fecha 3 de mayo de dos mil diecisiete, cuyo fallo presenta el siguiente tenor literal:

"ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por la representación procesal de D. Tomás debo DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes el 15 de marzo de 2016 sobre el local sito en el camino Circunvalación 17 bis de Honrubia (Cuenca); CONDENANDO al demandado, D. Maximiliano, a dejar la misma libre, vacua, expedita y a disposición de la actora dentro del plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento a su costa en caso contrario; condenando igualmente al demandado a que abone a la parte actora la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO EUROS (2.625€) correspondientes a rentas no satisfechas hasta la presente resolución, así como a las rentas que venzan en lo sucesivo y hasta la fecha de la efectiva entrega de la posesión al actor.

No se hace expresa condena en costas".

Segundo

Que, notificada la anterior Resolución a las partes, por la representación procesal de D. Maximiliano se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue admitido a trámite, dándose traslado a la parte contraria, quien se opuso e impugnó el referido recurso.

Tercero

Que, recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, por la Sala se procedió a formar el correspondiente Rollo de apelación, (asignándole el número 221/2017). Finalmente se señaló para deliberación, votación y fallo el 7.11.2017.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se alza la parte recurrente, demandada en la instancia, frente a la sentencia de fecha 3 de mayo de 2017 que estimó la pretensión de desahucio así como también la acción de reclamación de rentas, si bien ésta última de forma parcial.

SEGUNDO...

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