SAP Cuenca 210/2017, 7 de Noviembre de 2017
Jurisdicción | España |
Fecha | 07 Noviembre 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial de Cuenca, seccion 1 (civil y penal) |
Número de resolución | 210/2017 |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
CUENCA
SENTENCIA: 00210/2017
Modelo: N10250
CALLE PALAFOX S/N
Tfno.: 969224118 Fax: 969228975
Equipo/usuario: NNL
N.I.G. 16134 41 1 2016 0000864
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000221 /2017
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de MOTILLA DEL PALANCAR Procedimiento de origen: JVD JUICIO VERBAL DE DESAHUCIO 0000004 /2017 Recurrente: Maximiliano
Procurador: MARIA EVA GARCIA MARTINEZ
Abogado:
Recurrido: Tomás
Procurador: RAQUEL PINOS CALVO
Abogado: DOMINGO LORENZO CHECA APARICIO
Sentencia.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE CUENCA.
Apelación Civil nº 221/2017.
Juicio Verbal de desahucio nº 4/2017.
Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Motilla del Palancar.
Ilmo. Sr. Presidente:
D. José Eduardo Martínez Mediavilla.
Magistrados:
D. Ernesto Casado Delgado.
D. Javier Martín Mesonero
Ponente: Sr. Javier Martín Mesonero
SENTENCIA num. 210/2017
En Cuenca, a siete de noviembre de dos mil diecisiete.
Vistos ante esta Audiencia Provincial, en trámite de recurso de apelación nº 221/2017, los autos de Juicio Verbal de Desahucio nº 4/2017 procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Motilla del Palancar, en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Maximiliano, representado por la Procuradora Sra. García Martínez y asistido del Letrado Sr. Langreo Huerta, contra la Sentencia dictada en primera instancia, por el ya referido Juzgado, en fecha 3/5/17, figurando como parte apelada D. Tomás, representado por la Procuradora Sra. Pinós Calvo y asistido del Letrado Sr. Checa Aparicio.
Que por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Motilla del Palancar se dictó Sentencia, en fecha 3 de mayo de dos mil diecisiete, cuyo fallo presenta el siguiente tenor literal:
"ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda formulada por la representación procesal de D. Tomás debo DECLARAR Y DECLARO resuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre las partes el 15 de marzo de 2016 sobre el local sito en el camino Circunvalación 17 bis de Honrubia (Cuenca); CONDENANDO al demandado, D. Maximiliano, a dejar la misma libre, vacua, expedita y a disposición de la actora dentro del plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento a su costa en caso contrario; condenando igualmente al demandado a que abone a la parte actora la cantidad de DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO EUROS (2.625€) correspondientes a rentas no satisfechas hasta la presente resolución, así como a las rentas que venzan en lo sucesivo y hasta la fecha de la efectiva entrega de la posesión al actor.
No se hace expresa condena en costas".
Que, notificada la anterior Resolución a las partes, por la representación procesal de D. Maximiliano se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue admitido a trámite, dándose traslado a la parte contraria, quien se opuso e impugnó el referido recurso.
Que, recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial, por la Sala se procedió a formar el correspondiente Rollo de apelación, (asignándole el número 221/2017). Finalmente se señaló para deliberación, votación y fallo el 7.11.2017.
Se alza la parte recurrente, demandada en la instancia, frente a la sentencia de fecha 3 de mayo de 2017 que estimó la pretensión de desahucio así como también la acción de reclamación de rentas, si bien ésta última de forma parcial.
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