AAP Zaragoza 624/2017, 3 de Octubre de 2017

PonenteJOSE RUIZ RAMO
ECLIES:APZ:2017:2494A
Número de Recurso884/2017
ProcedimientoAPELACION AUTOS
Número de Resolución624/2017
Fecha de Resolución 3 de Octubre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3

ZARAGOZA

AUTO: 00624/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 de ZARAGOZA

Domicilio: CALLE GALO PONTE S/N

Telf: 976208376-77-79-81 Fax: 976208383

Equipo/usuario: CHN

Modelo: 662000

N.I.G.: 50297 43 2 2017 0020858

ROLLO: RT APELACION AUTOS 0000884 /2017

Juzgado procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 4 de ZARAGOZA

Procedimiento de origen: JUICIO INMEDIATO SOBRE DELITOS LEVES 0000132 /2017 RECURRENTE: Micaela, Juan Carlos

Procurador/a:,

Abogado/a: ISABEL-NELIDA GIMENEZ ULIAQUE, ISABEL-NELIDA GIMENEZ ULIAQUE RECURRIDO/A: Amalia

Procurador/a:

Abogado/a:

AUTO

ILMOS. SEÑORES

PRESIDENTE

D. JOSE RUIZ RAMO

MAGISTRADOS

D. MIGUEL ANGEL LOPEZ Y LOPEZ DE HIERRO

Dª. MARIA JOSEFA GIL CORREDERA

D. MAURICIO MURILLO GARCIA ATANCE ----------------------------------------/

En Zaragoza, a tres de octubre de dos mil diecisiete.

HECHOS
PRIMERO

Por la Letrada Dª. Isabel Nélida Giménez Uliaque, en representación de Dª. Micaela y D. Juan Carlos, se interpuso recurso de apelación contra el auto de fecha 12 de julio de 2017 que desestima el recurso de reforma formulado contra el auto de 26 de junio de 2017 dictado por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Zaragoza, en Delito Leve Inmediato 132/17, que acuerda incoar juicio por delito leve, señalando fecha para la celebración del juicio oral.

SEGUNDO

Recibidas las diligencias, y formado rollo de apelación, registrado con el nº 884/17, se nombro Magistrado Ponente al Ilmo. Sr. D. JOSE RUIZ RAMO, Presidente de la Sala y quedando para su resolución previa deliberación del Tribunal.

RAZONAMIENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Contra el auto del Juzgado de Instrucción que acordaba incoar juicio por delito leve, se alza el recurso de apelación interpuesto por la Sra. Micaela y por el Sr. Juan Carlos, que solicitan la revocación del mismo y se acuerde continuar el procedimiento por los trámites del procedimiento abreviado, por ser los hechos constitutivos de un delito de amenazas del art. 169 del Código Penal, de un delito de odio por identidad sexual del art. 510.2 del Código Penal, y de un delito de vejaciones.

Por su parte, el Ministerio Fiscal solicita la desestimación del recurso y la confirmación de los autos del Juzgado de Instrucción, incluido la desestimación de la reforma del auto de 12 de julio de 2017 .

En realidad, a juicio de esta Sala, los hechos esencialmente serían constitutivos, a tenor del relato de denuncia, de la falta de injurias recogidas en el antiguo art. 620.2 de la anterior reforma, y última del Código Penal, por cuanto se produjeron en el contexto de una anterior convivencia familiar con una cuestión de fondo centrada entre la enemistad de la recurrente y denunciante con la Sra. Juan Carlos . Pero si aún en tal contexto algunas de las expresiones denunciadas, pudieran ser consideradas como injuriosas y vejatorias, sin embargo, no se estima que las mismas supongan una especial agravación, como para elevarlas a la categoría de delito del art. 208 del Código Penal, al no tener carácter grave; sino que, en todo caso, hubiesen sido constitutivas de una falta de injurias, pero tal falta ha quedado despenalizada, tras la reforma del Código Penal que ha tenido lugar en virtud de la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, con entrada en vigor el 1 de julio de 2015, siempre que la víctima no esté unida con el agresor por alguno de los vínculos descritos en el artículo 173.2 del ...

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