SAP Barcelona 543/2017, 24 de Julio de 2017

PonenteMARIA JOSE MAGALDI PATERNOSTRO
ECLIES:APB:2017:6317
Número de Recurso32/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución543/2017
Fecha de Resolución24 de Julio de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 2ª

Audiencia Provincial de Barcelona

SECCION SEGUNDA

Rollo de Apelación nº ADLR32/17

Delito Leve Rápido nº 7/17

Juzgado de Instrucción nº 4 de Igualada

S E N T E N CI A nº 543

En la ciudad de Barcelona a veinticuatro de julio de dos mil diecisiete.

Visto en grado de apelación en el día de la fecha por S.Sª Ilma Doña Maria José Magaldi Paternostro, Magistrada de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida en Tribunal unipersonal, el Juicio por Delito Leve nº ADLR32/17 seguido bajo el nº 7/17 por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Igualada por delito leve de daños en el que fueron partes el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la Acción Pública siendo denunciante Carolina y parte denunciada Alberto en virtud del recurso de apelación interpuesto por este último contra la sentencia dictada en el mismo a 6 de abril de 2017 por la Sra. Juez del expresado Juzgado.

.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada contiene el fallo que se da aquí por reproducido por razones de economía procesal

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación la parte anteriormente reseñada y admitido se le dio el trámite correspondiente por el Juzgado de Instrucción, remitiéndose las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial para la resolución del recurso planteado, teniendo entrada en la misma a 6 de julio de 2017, señalándose el día 17 de julio de 2017 para la resolución del mismo.

TERCERO

En el presente recurso que fue impugnado por el Ministerio Fiscal se han observado y cumplido todas las prescripciones legales.

CUARTO

Se aceptan y se dan por reproducidos los antecedentes de hecho y los hechos probados de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia apelada a los que se suman los contenidos en esta resolución

SEGUNDO

Sustenta la recurrente el recurso de apelación que interpone contra la sentencia dictada en la primera instancia en los motivos que expone en el escrito en que formaliza el recurso sobre cuya base solicita

de esta alzada en primer término la nulidad del Juicio por quebrantamiento de normas y garantías procesales causante de indefensión y subsidiariamente la revocación de la sentencia y que se acuerde de conformidad con sus pretensiones absolutorias por haber incurrido la Juez a quo en un error en la valoración de la prueba que había comportado la sentencia condenatoria que dicta contra el recurrente siendo así que la prueba practicada era insuficiente para fundarla.

El recurso interpuesto no puede prosperar en esta alzada por las razones jurídicas que se explicitan en los siguientes Fundamentos de Derecho.

TERCERO

Carece totalmente de sustento jurídico la alegación como primer motivo del recurso de una pretendida indefensión derivada de haber celebrado la Juez a quo el Juicio sin estar asistida de Letrado la parte denunciada que no pudo asi defenderse ni aportar pruebas destinadas a desvirtuar las aportadas por la denunciante. Y ello es así porque es de común...

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