SAP Sevilla 324/2017, 17 de Julio de 2017

PonentePEDRO IZQUIERDO MARTIN
ECLIES:APSE:2017:732
Número de Recurso6291/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución324/2017
Fecha de Resolución17 de Julio de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 1ª

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla

Avda. Menéndez Pelayo 2

Tlf.: 955540452 / 955540456. Fax: 955005024

NIG: 4109143P20160041359

Nº Procedimiento:Apelación Sentencias Procedimiento Abreviado 6291/2017

Ejecutoria:

Asunto: 100945/2017

Negociado: AR

Proc. Origen: Juicio Rápido 520/2016

Juzgado Origen: JUZGADO DE LO PENAL Nº2 DE SEVILLA

SENTENCIA Nº 324 / 2017

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

PEDRO IZQUIERDO MARTÍN, ponente

MAGISTRADOS:

JUAN ANTONIO CALLE PEÑA

ENCARNACIÓN GÓMEZ CASELLES

En la Ciudad de Sevilla a diecisiete de julio de dos mil diecisiete.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, integrada por los Magistrados indicados al margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Juicio Oral seguidos en el Juzgado de lo Penal número 2, que tiene su origen en las Diligencias Urgentes nº 117/2016 del Juzgado de Instrucción nº 18 de Sevilla, por el delito contra la seguridad del tráfico, siendo el recurrente Benigno, representado por la Procuradora Dª Mercedes Peman Domecq, siendo parte recurrida el Ministerio Fiscal. Ha sido designado ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. PEDRO IZQUIERDO MARTÍN quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Juzgado de lo Penal se dictó sentencia con fecha 20 de febrero de 2017 cuyo fallo es como sigue: "... Que debo condenar y condeno al acusado, Benigno, como autor responsable de un delito Contra la Seguridad en el Tráfico, a la pena de multa de seis meses, con cuota diaria de seis euros, y a la

privación del permiso de conducir vehículo a motor o ciclomotor por plazo de un año y un día y al pago de las costas.

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Benigno, que fue admitido.

Remitidos los autos a esta Audiencia, procede dictar sentencia conforme a lo dispuesto en el artículo 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal .

HECHOS PROBADOS

No se aceptan los de la resolución impugnada que se sustituyen por los que a continuación se exponen:

"... El día 21 de agosto de 2016, siendo aproximadamente las 5.30 horas, Benigno mayor de edad, sin antecedentes penales, se desplazó al Cuartel de la Guardia Civil de Mairena del Alcor (Sevilla), y al presentar síntomas de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas fue requerido para que sometiera a las correspondientes pruebas de alcoholemia que arrojaron un resultado positivo de 0, 96 mg de alcohol por litro de aire espirado en una primera prueba, y un resultado de 0, 88 mg en un segundo intento, rehusando someterse a una contraprueba...".

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Cuestiona el recurrente Benigno el pronunciamiento de condena dictado alegando error en la apreciación de la prueba con vulneración del principio de presunción de inocencia por considerar que no se ha practicado prueba suficiente de cargo de que se trasladó al Cuartel conduciendo un vehículo.

Con respecto a la presunción de inocencia es necesario recordar, como señala la STS 862/2015, de 22 de diciembre, que "... la alegada garantía de presunción de inocencia presupone el pleno acomodo de la actividad probatoria a las exigencias del derecho también constitucional a un proceso con todas las garantías. Es decir, no solamente a la existencia de una actividad probatoria de cargo, sino a su validez por haber sido lícitamente obtenida y practicada en juicio oral conforme a los principios de inmediación, contradicción y publicidad.

Constatada la existencia de ésta, el juicio de su valoración por la instancia ha de venir revestida de razonabilidad, en el establecimiento de los hechos que externamente la justifican, y de coherencia, conforme a lógica y experiencia de las inferencias expresadas a partir de aquéllos, en particular cuando la imputación se funda en hechos indiciarios. A lo que...

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