AAP Segovia 4/2017, 21 de Abril de 2017

PonenteJESUS MARINA REIG
ECLIES:APSG:2017:4A
Número de Recurso21/2017
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución4/2017
Fecha de Resolución21 de Abril de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SEGOVIA

AUTO: 00004/2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 de SEGOVIA

- Domicilio: C/ SAN AGUSTIN Nº 26 DE SEGOVIA

Telf: 921 463243 / 463245 Fax: 921 463254

Equipo/usuario: EQP

Modelo: 664500

N.I.G.: 40185 41 2 2014 0100790

ROLLO: ADL APELACION JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000021 /2017

Juzgado procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.1 de SANTA MARIA LA REAL DE NIEVA Procedimiento de origen: JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 0000001 /2016

RECURRENTE: Adriana

Procurador/a: JESUS MARIA DE LA FUENTE HORMIGO

Abogado/a: ANGEL GRACIA RUIZ

RECURRIDO/A: MINISTERIO FISCAL

Procurador/a:

Abogado/a:

AUT O Nº 4/2017

ILMO. SR. MAGISTRADO DON JESUS MARINA REIG

En SEGOVIA, a veintiuno de abril de dos mil diecisiete

ANT ECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la causa referenciada, se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Santa María la Real de Nieva, el auto de 03/01/2017 por el que se desestima el recurso de reforma contra el auto de 28/11/2016 .

SEGUNDO

Por la representación procesal de Adriana se interpuso recurso de apelación que fue admitido a trámite y, puesto de manifiesto la causa a las demás partes personadas, se han remitido las actuaciones a este Tribunal para la resolución del recurso.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, se pasaron las actuaciones al Magistrado Ponente don JESUS MARINA REIG, habiéndose observado en esta segunda instancia las prescripciones del procedimiento.

FUN DAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por la representación procesal de Adriana contra el auto de fecha 2 de enero de 2017, que desestima el recurso de reforma contra la providencia de fecha 28 de noviembre de 2016, dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Santa María la Real de Nieva en su juicio por delitos leves 1/2016.

La resolución recurrida mantuvo el señalamiento del juicio señalado para el 12 de diciembre de 2016, y prescindir de la declaración de los tres agentes de la guardia civil citados a dicho acto a petición del ahora recurrente, a la vista del contenido del oficio recibido del Comandante del Puesto en el que están destinados, que solicitaba que fueran eximidos los agentes de dicha comparecencia. De un lado, decía que habían sido citados como testigos y que no habían sido testigos de ningún hecho delictivo, uno había recibido la denuncia y los otros dos realizaron la inspección ocular en los términos que figuran en el atestado. De otro lado decía que uno de los agentes había estaba de baja que se prevé de larga duración, y los otros dos, uno disfruta vacaciones y el otro tiene previsto un servicio en la fecha del juicio .

El recurso de reforma consideraba peregrinas y absurdas las causas de la petición, y que no eximen legalmente a dichos testigos de comparecer al acto del juicio, y pedía que se suspendiera el juicio y se señalara nuevo juicio con citación de los...

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