SAP Lugo 132/2017, 20 de Abril de 2017
Ponente | JOSE ANTONIO VARELA AGRELO |
ECLI | ES:APLU:2017:245 |
Número de Recurso | 190/2017 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 132/2017 |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Lugo, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
LUGO 00132/2017
N10250
PLAZA AVILÉS S/N
Tfno.: 982294855 Fax: 982294834
DB
N.I.G. 27028 42 1 2016 0001689
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000190 /2017 Juzgado de procedencia: XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 4 de LUGO Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000295 /2016 Recurrente: BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A.
Procurador: MARIA EUGENIA IGLESIAS PENELAS
Abogado: ALEJANDRO CARIDE GONZALEZ
Recurrido: Juliana
Procurador: ANDRES CORRAL ALVAREZ
Abogado: PAULA GARCIA FERNANDEZ
SENTENCIA: 00132/2017
Ilmos. Sres.
D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO.
DOÑA. MARÍA ZULEMA GENTO CASTRO.
DON DARIO ANTONIO REIGOSA CUBERO
Lugo, a veinte de abril de dos mil diecisiete.
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001, de la Audiencia Provincial de LUGO, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000295/2016, procedentes del XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 4 de LUGO
, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000190/2017, en los que aparece como parte apelante, BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A., representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA EUGENIA IGLESIAS PENELAS, asistido por el Abogado D. ALEJANDRO CARIDE GONZALEZ, y como parte apelada, Doña. Juliana, representada por el Procurador de los tribunales, Sr. ANDRES CORRAL
ALVAREZ, asistida por la Abogada Doña. PAULA GARCIA FERNANDEZ, sobre nulidad de contrato cláusula suelo, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO VARELA AGRELO.
Por el XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 4 de LUGO, se dictó sentencia con fecha 17 de Enero de 2017, en el procedimiento del que dimana este recurso.
La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "Estimo sustancialmente la demanda formulada por Juliana contra la entidad Banco Popular S.A. y declaro la nulidad de la cláusula suelo del contrato suscrito entre las partes el día 3 de septiembre del 2008, y condeno a la demandada a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas desde la celebración del contrato. Con imposición de costas a la parte demandada", que ha sido recurrido por la parte BANCO POPULAR ESPAÑOL S.A..
Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, señalándose la audiencia del día 20 de Abril de 2017 a las 10,30 horas, para que tuviera lugar la deliberación, votación y fallo.
Se aceptan los de la sentencia apelada.
Consiste la contienda en la acción declaratoria de la nulidad de una cláusula suelo y de condena a la devolución de lo cobrado de más por la entidad financiera que la incluyó en el contrato de hipoteca.
La...
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SAP Lugo 252/2017, 13 de Julio de 2017
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