SAP Albacete 258/2017, 1 de Septiembre de 2017

PonenteMANUEL MATEOS RODRIGUEZ
ECLIES:APAB:2017:580
Número de Recurso206/2017
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución258/2017
Fecha de Resolución 1 de Septiembre de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

ALBACETE

SECCION PRIMERA

Apelación Civil 206/17

Juzgado de 1ª Instancia Uno de Almansa

APELANTE: Hernan

Procurador: José Luis Martínez del Fresno

Letrado: Carlos Hernández Cantos

APELADO: Maite

Procurador: Antonio Gil Barceló

Letrada: Pilar Jiménez Mañas

S E N T E N C I A NUM. 258

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Iltmos. Sres.

Presidente

D. CESAR MONSALVE ARGANDOÑA

Magistrados

D. JOSÉ GARCÍA BLEDA

D. MANUEL MATEOS RODRIGUEZ

En Albacete a uno de septiembre de dos mil diecisiete.

VISTOS en esta Audiencia Provincial en grado de apelación, los autos nº 303/15 de Procedimiento de Liquidación de Sociedad de Gananciales, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia Uno de Almansa y promovidos por Maite contra Hernan ; cuyos autos han venido a esta Superioridad en virtud de recurso de apelación que, contra la sentencia dictada en fecha 27 de Junio de 2016 por la Juez de Primera Instancia de dicho Juzgado, interpuso la referida Demandante. Habiéndose celebrado Votación y Fallo en fecha 12 de Julio de 2017.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la sentencia apelada; y

PRIMERO

Po r el citado Juzgado se dictó la referida sentencia, cuya parte dispositiva dice así: "amp; FALLO: Determinar como inventario de la sociedad de gananciales del matrimonio formado por y D.ª Maite y Hernan

, el siguiente:- ACTIVO.- 1-nFinca Urbana, sita en AVENIDA000, nº NUM000, NUM001 de Alatoz ( Albacete) que constituye la finca registral NUM002 del Registro de la Propiedad de Casas Ibáñez 2- Rústica, una tierra olivar y almendros, en término de Alatoz, PARAJE000, de unos 7 celemines de cabida, equivalente a 40 áreas y 75 centiáreas. Linda norte, Rubén, Sur, María Antonieta, Este, María Inés y Oeste, camino, así como conforme con el carácter ganancial de la vivienda unifamiliar en la misma construida.-3- Un vehículo furgoneta marca Volkswagen Transporter con elevador, adaptada para discapacitados, matrícula .... QPP de color blanco.-4- Un vehículo deportivo Toyota Celica, matrícula U-....-UY, color rojo.-5- Y ajuar doméstico en las viviendas descritas bajo el ordinal primero y segundo del activo no discutido.- PASIVO 1.- Derecho de reintegro a favor de doña Maite, por importe de 66.111,33 euros, derivada de una edificación sobre la finca registral NUM003, pues dicha cantidad, según escritura de aportación de bienes de naturaleza privativa a la sociedad de gananciales, de fecha 28 de noviembre de 2002, constituye un derecho de crédito a favor de doña Maite, en virtud del documento 5 de los aportados con el escrito de propuesta de inventario.-2.- Derecho de reembolso a favor de doña Maite por importe de 9.472,21 euros, para cancelación de préstamo nº NUM004 .-3.- Deuda de la Sociedad Ganancial a favor de don Lorenzo por importe de 800 euros y 868,56 euros por los pagos llevados a cabo por D. Hernan, por los conceptos descritos en el Fundamento Jurídico Sexto.-4.- Deuda de la Sociedad Ganancial a favor de don Hernan por importe que se determinará en el momento procesal correspondiente, por los conceptos descritos en el Fundamento Jurídico Séptimo.-No hacer especial pronunciamiento sobre las costas procesales.-Así por esta mi sentencia, contra la que cabe preparar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Albacete en el plazo de veinte días en la forma prevista en el art. 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo pronuncio, mando y firmo."amp;

SEGUNDO

Contra la Sentencia anterior se interpuso recurso de apelación por el Demandado, representado por medio del Procurador D. José Luis Martínez del Fresno, bajo la dirección del Letrado D. Carlos Hernández Cantos, mediante escrito de interposición presentado ante dicho Juzgado en tiempo y forma, y emplazada la parte, por la misma, representada por el Procurador D. Antonio Gil Barceló, bajo la dirección de la Letrada Dña. Pilar Jiménez Mañas, se presentó en tiempo y forma ante el Juzgado de Instancia escrito oponiéndose al recurso de apelación, elevándose los autos originales a esta Audiencia para su resolución, previo emplazamiento de las partes para su comparecencia ante esta Audiencia Provincial por término de diez días, compareciendo los referidos Procuradores en las representaciones ya indicadas.

Habiéndose solicitado el recibimiento del procedimiento a prueba, por Autos de 15 de Mayo de 2017 la misma quedó inadmitida.

TERCERO

En la sustanciación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales.

VISTO siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL MATEOS RODRIGUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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