STSJ Canarias 544/2017, 9 de Junio de 2017

PonenteMARIA CARMEN GARCIA MARRERO
ECLIES:TSJICAN:2017:1431
Número de Recurso1047/2016
ProcedimientoRecursos de Suplicación
Número de Resolución544/2017
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2017
EmisorSala de lo Social

? Sección: MG

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. SALA DE LO SOCIAL

Plaza San Francisco nº 15

Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922 479 373

Fax.: 922 479 421

Email: socialtsjtf@justiciaencanarias.org

Rollo: Recursos de Suplicación

Nº Rollo: 0001047/2016

NIG: 3803844420150000820

Materia: Resolución contrato

Resolución:Sentencia 000544/2017

Proc. origen: Despidos / Ceses en general Nº proc. origen: 0000111/2015-00

Órgano origen: Juzgado de lo Social Nº 5 de Santa Cruz de Tenerife

Intervención: Interviniente: Abogado:

Recurrente ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL TEA TENERIFE ESPACIO DE LAS ARTES

Recurrente FOGASA

Recurrente EMPLEA OUTSOURCING SLL PAULA LUENGO REYES

Recurrido Graciela FRANCISCO JAVIER ALONSO PEREZ

En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de junio de 2017.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. MARÍA DEL CARMEN SÁNCHEZ PARODI PASCUA, D./Dña. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO y D./Dña. EDUARDO JESÚS RAMOS REAL, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0001047/2016, interpuesto por D./Dña. ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL TEA TENERIFE ESPACIO DE LAS ARTES, FOGASA y EMPLEA OUTSOURCING SLL, frente a Sentencia 000276/2016 del Juzgado de lo Social Nº 5 de Santa Cruz de Tenerife los Autos Nº 0000111/2015-00 en reclamación de Resolución contrato siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./Dña. MARÍA CARMEN GARCÍA MARRERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por ENTIDAD PUBLICA EMPRESARIAL TEA TENERIFE ESPACIO DE LAS ARTES, en reclamación de Resolución contrato siendo demandado/a D./Dña. Graciela y EMPLEA OUTSOURCING SLL y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria, el día 28 de junio de 2017, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.- La demandante, Dª Graciela, ha prestado servicios para la demandada, ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL TEA TENERIFE ESPACIO DE LAS ARTES, desde el mes de abril de 2009, como Técnico -Licenciada en Bellas Artesy percibiendo una retribución de 17.930 euros anuales. SEGUNDO.- Desde el 01.04.09 hasta el 02.09.12 la demandante prestó servicios para el TEA sin sujeción a contrato escrito alguno. Desde el 03.09.12 hasta el

02.09.13 suscribe contrato de trabajo con la empresa ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES, S.A., recogiendo la cláusula adicional décima del mismo, como causa del contrato de trabajo, "servicio para la realización de talleres y demás actividades educativas en TEA Tenerife Espacio de las Artes según contrato y pliego de la licitación mediante procedimiento negociado sin publicidad firmado entre Adecco Outsourcing (Atlas Servicios Empresariales) y TEA Tenerife Espacio de las Artes". Desde octubre hasta diciembre de 2013 presta servicios sin sujeción a contrato escrito. El 30.12.13 la actora y el TEA suscriben contrato de arrendamiento de servicios profesionales, con una duración de 01.01.14 a 31.12.14, cuyo objeto es "el desarrollo por Dª Graciela de la implementación de la programación educativa diseñada por el Departamento de Didáctica de TEA Tenerife Espacio de las Artes. En este sentido, las tareas que deberá desarrollar son: - Ejecución de la programación educativa (talleres, visitas guiadas, visitas-taller, etc) según el proyecto elaborado por el Departamento de Didáctica. - Elaboración del material didáctico relacionado con la citada programación.

- Atención de las reservas relativas a la programación. - Cualquier otra que esté incluida en la naturaleza de la presente contratación como, por ejemplo, ejecución de programas educativos fuera del inmueble del TEA Tenerife Espacio de las Artes", según la cláusula primera, que añade que "En el cumplimiento del objeto contractual, el Sª Graciela podrá apoyarse en los medios auxiliares tanto técnicos como personales que estime oportunos, sin que ello suponga incremento del precio pactado en el presente contrato". Recogiendo la cláusula tercera que "La contratista se obliga a prestar el servicio profesional objeto de contratación por un importe bruto total de diecisiete mil novecientos treinta euros (17.930,00 #8364;). En la referida cantidad se entiende incluida la totalidad de los conceptos que comprenden el desarrollo de esta actividad, incluido todo tipo de impuestos que puedan gravar la prestación de este servicio, excluido el IGIC que lo soportará la entidad pública empresarial. TEA Tenerife Espacio de las Artes se compromete a abonar el precio del presente contrato en once (11) mensualidades (se excluye agosto), por un importe ascendente a mil seiscientos treinta euros (1.630,00 #8364;) cada una, contra la presentación de factura expedida por la Sª Graciela, conforme normativa vigente. Una vez presentada la citada factura, el abono efectivo se efectuará por el TEA Tenerife Espacio de las Artes en los cinco días siguientes al de la presentación de la misma en el Registro de la entidad pública empresarial. Se designará, en nombre y representación del TEA Tenerife Espacio de las Artes, con el objeto de supervisar el cumplimiento por

Graciela, de las obligaciones que emanan del presente contrato, y aprobar las acciones que dicho profesional ejecute, a Dª Eva María, Jefa del Departamento de Didáctica de TEA Tenerife Espacio de las Artes". El 07.01.15 suscribe contrato de trabajo con EMPLEA OUTSOURCING, S.L. TERCERO.- El 31.08.12 ATLAS SERVICIOS EMPRESARIALES, S.A., y TEA suscriben contrato de servicio para la realización de talleres y demás actividades educativas en TEA Tenerife Espacio de las Artes, con una duración de un año contado a partir del 03.09.12. El pliego de condiciones económico administrativas y técnicas, cuyo contenido se da por reproducido al obrar en autos, recoge en el punto 1.1 que "La empresa adjudicataria, entre otras funciones, deberá: - Implementar aquellas actividades educativas que le designe TEA Tenerife Espacio de las Artes a través del Departamento de su Educación de TEA Tenerife Espacio de las Artes. - Atender a los grupos de visitantes que participen en los diversos programas educativos organizados por TEA Tenerife Espacio de las Artes. - Elaborar el material didáctico necesario para las distintas tareas educativas organizadas. El servicio descrito siempre se prestará por la empresa adjudicataria, a través del personal cualificado designado a tal efecto, siguiendo las prescripciones de este pliego junto con las directrices que, en cada caso, le especifique TEA Tenerife Espacio de las Artes". En la cláusula 1.2 se indica que el servicio será de 37'5 horas semanales. Y en la prescripción 1.3

relativa al personal y recursos, se recoge que la empresa adjudicataria contará con dos trabajadores para llevar a cabo el servicio, un educador y una auxiliar educador, señalando que el educador desarrollará, además de las tareas generales señaladas en el punto 1.1, las siguientes tareas específicas: "- Gestión de las reservas de grupos para la programación educativa - Evaluación de los programas educativos y recopilación de datos con fin estadísticos y evaluativos. - Seguimiento de las reservas de grupos y confirmación previa de la asistencia de los mismos. - Recuento periódico de participantes en la programación educativa de TEA Tenerife Espacio de las Artes. - Ejecución de los programas educativos de TEA Tenerife Espacio de las Artes y de las visitas guiadas a las exposiciones. - Elaboración del material didáctico a utilizar en los programas educativos. - Elaboración de evaluaciones de las actividades educativas realizadas por TEA Tenerife Espacio de las Artes. Para esta labor el perfil requerido es el de una persona Licenciado/a en Historia del Arte o Bellas Artes y con dominio del inglés". CUARTO.- El 29.12.14 EMPLEA OUTSOURCING, S.L., y TEA suscriben contrato de servicio para la realización de talleres y demás actividades educativas en TEA Tenerife Espacio de las Artes, con una duración de un año contado, con fecha de inicio del 07.01.15. El pliego de condiciones económico administrativas y técnicas, cuyo contenido se da por reproducido al obrar en autos, recoge en el punto 1.1 que "La empresa adjudicataria, entre otras funciones, deberá: - Implementar aquellas actividades educativas que le designe TEA Tenerife Espacio de las Artes a través del Departamento de su Educación de TEA Tenerife Espacio de las Artes.

- Atender a los grupos de visitantes que participen en los diversos programas educativos organizados por TEA Tenerife Espacio de las Artes. - Elaborar el

material didáctico necesario para las distintas tareas educativas organizadas. - Apoyo en la gestión de proyectos educativos concretos. El servicio descrito siempre se prestará por la empresa adjudicataria, a través del personal cualificado designado a tal efecto, siguiendo las prescripciones de este pliego junto con las directrices que, en cada caso, le especifique TEA Tenerife Espacio de las Artes". En la cláusula 1.2 se indica que el servicio será de 32'5 horas semanales. Y en la prescripción 1.3 relativa al personal y recursos, se recoge que la empresa adjudicataria contará con dos trabajadores para llevar a cabo el servicio, un educador y una auxiliar educador, señalando que el educador desarrollará, además de las tareas generales señaladas en el punto 1.1, las siguientes tareas específicas: "- Gestión de las reservas de grupos para la programación educativa de TEA Tenerife Espacio de las Artes. - Recopilación de datos con fines estadísticos y evaluativos. - Ejecución de los programas educativos de TEA Tenerife Espacio de las Artes y de las visitas guiadas a las exposiciones. -Elaboración del material didáctico a utilizar en los programas educativos. - Apoyo a la gestión de proyectos educativos concretos....

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