ATS, 13 de Septiembre de 2017

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2017:7841A
Número de Recurso1923/2015
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2017
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a trece de Septiembre de dos mil diecisiete.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Jeronimo presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2015, dictada por la Audiencia Provincial de León (Sección 1.ª) en el rollo de apelación n.º 132/2015 , dimanante de los autos de incidente concursal n.º 200/2013 del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 y Mercantil de León.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

Por escrito presentado ante esta sala el 6 de julio de 2015, el procurador D. Manuel Ortiz de Apodaca García se personaba en nombre y representación de D. Jeronimo como parte recurrente.

Por escrito presentado ante esta sala el 21 de julio de 2015, la procuradora D.ª M.ª Elena Carretón Pérez se personaba en nombre y representación de la administración concursal de Antibióticos S.A. como parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley orgánica del Poder Judicial .

Ha sido ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan, a los solos efectos de este trámite.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Jeronimo , al concurrir los presupuestos exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 LEC .

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC la parte recurrida podrá formalizar su oposición al recurso en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

En virtud de lo expuesto,

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Jeronimo presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de fecha 29 de abril de 2015, dictada por la Audiencia Provincial de León (Sección 1.ª) en el rollo de apelación n.º 132/2015 , dimanante de los autos de incidente concursal n.º 200/2013 del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 y Mercantil de León.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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