SAP Valencia 116/2017, 31 de Marzo de 2017

ECLIES:APV:2017:1199
Número de Recurso772/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución116/2017
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN UNDÉCIMA

VALENCIA

NIG: 46169-41-2-2016-0000271

Procedimiento: RECURSO DE APELACION (LECN) Nº 000772/2016- L - Dimana del Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) Nº 000059/2016 Del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE MISLATA Apelante: Dª Esther .

Procurador.- D. Iván .

Apelado: Dª Margarita .

Procurador.- Dña. MARTA TOLDRA COPOVI.

SENTENCIA Nº 116/2017

===========================

Iltmos/as. Sres/as.:

Presidente

Dª SUSANA CATALAN MUEDRA

Magistrados/as

D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA

D. MANUEL JOSE LOPEZ ORELLANA

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En Valencia, a treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.

Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente la Ilma. Sra. Dña. SUSANA CATALAN MUEDRA, los autos de Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) nº 59/2016, promovidos por Dª Margarita contra Dª Esther sobre "resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por Dª Esther, representado por el Procurador

D. Iván y asistido del Letrado D. LUIS MIGUEL JIMENEZ GARCIA contra Dª Margarita, representado por el Procurador Dña. MARTA TOLDRA COPOVI y asistido del Letrado Dña. RAQUEL CERVERA SANCHEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 1 DE MISLATA, en fecha 2-6-16 en el Juicio Verbal (desahucio por falta de pago) nº 59/2016 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: ESTIMO la demanda presentada por la representación procesal de Dª. Margarita

, contra Dª. Esther, y DECLARO RESUELTO el contrato de arrendamiento, celebrado, celebrado el día 15 de octubre de 2015, respecto de la vivienda sita en CALLE000 nº NUM000, pta NUM000 de Mislata. CONDENO a Dª. Esther a dejar libre y vacua la citada vivienda a disposición del demandante, produciéndose, en caso contrario, firme que sea la sentencia, su lanzamiento el día 21 de junio de 2016.CONDENO a la demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 3.060.-euros, más los intereses legales correspondientes,así como las cantidades que se devenguen con posterioridad hasta el efectivo abandono de la vivienda.Todo ello con imposición de costas a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de Dª Esther, y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de Dª Margarita . Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 29 de marzo de 2.017. TERCERO.- Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se valoran los de la Sentencia recurrida. Y

PRIMERO

Se recurre la Sentencia dictada por el Organo "a quo", que estimando la demanda contra el recurrente formulada resuelve el contrato de arrendamiento que a las partes vincula y condena a la demandada al desalojo de...

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