AAP Barcelona 118/2017, 17 de Marzo de 2017
ECLI | ES:APB:2017:1889A |
Número de Recurso | 955/2016 |
Procedimiento | Incidente |
Número de Resolución | 118/2017 |
Fecha de Resolución | 17 de Marzo de 2017 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
Sección Decimosexta
Rollo 955/2016-C
Ejecución hipotecaria 533/2015
Juzgado de Primera Instancia número 1 de Mollet del Vallès
A U T O nº 118/2017
Ilmos. Sres.
D. JORDI SEGUÍ PUNTAS
Dña. MARTA RALLO AYEZCUREN
D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona a 17 de marzo de 2017.
Vistos, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los autos de ejecución hipotecaria número 533/2015, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Mollet del Vallès, a instancia de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representado por el procurador D. Ramón Daví Navarro y defendido por el abogado D. Juan José Ruiz Rodríguez contra CONVICAT, S.A., no comparecido en el proceso, el cual pende ante esta sección en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandante contra el auto dictado por dicho Juzgado en 8 de septiembre de 2016 .
:
La parte dispositiva del auto apelado dice, en su parte necesaria, lo siguiente: " Inadmito a trámite la demanda ejecutiva hipotecaria presentada por BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A., representado por el procurador Ramón Daví Navarro, y por ende deniego el despacho de la ejecución".
Contra dicho auto se formuló recurso de apelación por la demandante. Admitido el recurso, se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial, donde, tras ser turnadas a esta Sección y tras los trámites correspondientes, quedaron pendientes para deliberación y decisión, que tuvieron efecto en 28 de febrero del corriente año.
En el procedimiento se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el magistrado señor JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO.
:
Se pretende la ejecución de un préstamo hipotecario de 1.081.821,79 euros de capital total, concertado mediante escritura pública de 28 de septiembre de 2001, que fue novada posteriormente en 3 ocasiones: en 29 de enero de 2009, 10 de diciembre de 2009 y 24 de febrero de 2011.
La ejecución se pretende respecto a una parte de ese préstamo, de capital inicial 781.315,74, garantizado con la finca registral 28.624 de Mollet del Vallés, local comercial número 4 del edificio sito en calle Antonia Canet número 15 de dicha localidad.
La cantidad reclamada asciende a 667.783,35 euros, que comprende un capital adeudado de 563.355,57 euros, más intereses remuneratorios y de demora calculados hasta el 9 de diciembre de 2014.
El préstamo fue concedido por Caixa d'Estalvis de Sabadell, a Convicat, S.A.
El Juzgado denegó el despacho de la ejecución en el auto recurrido porque ya antes se había entablado otra demanda por razón de ese préstamo, la cual no fue admitida a trámite.
El auto recurrido invoca el artículo 552.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, conforme al cual una vez firme el auto que deniegue el despacho de la ejecución, el acreedor solo podrá hacer valer sus derechos en el proceso ordinario correspondiente.
La interpretación del precepto que realiza el Juzgado es sumamente rigurosa e incompatible con su espíritu y finalidad. Cuando se deniega el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
AAP Málaga 281/2021, 14 de Mayo de 2021
...los casos en que el defecto apreciado sea insubsanable, como si el título, en sí, no es ejecutivo (entre ellas Auto AP Barcelona Sección 16ª de fecha 17/3/2017, recurso 955/2016 ). Ni aquellas otras que consideran que el sobreseimiento de un proceso de ejecución hipotecaria por apreciación ......
-
AAP Málaga 93/2021, 22 de Febrero de 2021
...los casos en que el defecto apreciado sea insubsanable, como si el título, en sí, no es ejecutivo (entre ellas Auto AP Barcelona Sección 16ª de fecha 17/3/2017, recurso 955/2016). Ni aquellas otras que consideran que el sobreseimiento de un proceso de ejecución hipotecaria por apreciación d......
-
AAP Las Palmas 415/2022, 30 de Septiembre de 2022
...parece ajustada al derecho fundamental de acceso a la tutela judicial efectiva. En este sentido se ha pronunciado el AAP de Barcelona, sección 16, de 17 de marzo de 2017, al señalar que "Cuando se deniega el despacho de la ejecución porque faltan requisitos subsanables ha de admitirse que, ......
-
AAP Tarragona 244/2021, 16 de Diciembre de 2021
...parece ajustada al derecho fundamental de acceso a la tutela judicial efectiva. En este sentido se ha pronunciado el AAP de Barcelona, sección 16, de 17 de marzo de 2017, ....... Igualmente AAP de Sevilla, sección 6, de 26 de enero de 2017 ....... Asimismo, el AAP de Lugo, sección 1, de 09 ......