AAP Barcelona 110/2017, 10 de Febrero de 2017

ECLIES:APB:2017:2383A
Número de Recurso4/2017
ProcedimientoOtros recursos
Número de Resolución110/2017
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN SÉPTIMA

ROLLO nº 4/2017-G.

DILIGENCIAS PREVIAS nº 2434/2010.

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN nº 4 de BARCELONA.

AUTO nº /2017

Ilmos. Sres.

Dña. Ana Ingelmo Fernández.

D. Pablo Díez Noval.

D. Luis Fernando Martínez Zapater.

En la Ciudad de Barcelona, a diez de febrero de dos mil diecisiete.

PRIMERO

El Juzgado de Instrucción nº 4 de Barcelona dictó en fecha seis de abril de 2016, en sus DP nº 2434/2010, auto cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "Dispongo: Acordar el sobreseimiento provisional de las presentes actuaciones y ello hasta que sean hallados los denunciados Aurora y Enrique ."

SEGUNDO

Notificada la resolución, contra dicho auto interpuso recurso de reforma y subsidiario de apelación la procuradora doña Montserrat Pallás García, en representación de la mercantil "Suarca Vita, S.L.", acusación particular, interesando la revocación del sobreseimiento y se acuerde la prosecución del procedimiento citando a los administradores de la mercantil IRL Friends Bcn, S.L. que aún no han prestado declaración y subsidiariamente de considerarse la imposibilidad de conocer el paradero de doña Aurora al objeto de recibirle declaración, decretar su rebeldía procesal, continuando el procedimiento contra don Nemesio y don Enrique . Admitido a trámite el recurso de reforma, se dio traslado del mismo a las demás partes, siendo impugnado por el Ministerio Fiscal, tras lo cual por auto del cinco de julio de 2016 se desestimó el recurso de reforma y se admitió a trámite el recurso de apelación. Conferidos los preceptivos traslados, habiendo formulado alegaciones complementarias la parte apelante y habiendo impugnado el recurso el Ministerio Fiscal, seguidamente, para resolución del recurso se remitió la causa original a esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Barcelona, donde tuvieron entrada el día dos de enero del año en curso.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Pablo Díez Noval, que expresa el parecer unánime de la Sala.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La representación de "Suarca Vita, S.L.", acusación particular, impugna el auto que acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones iniciadas por la denuncia presentada el seis de octubre de

2010 en la que exponía unos hechos que, entiende, podrían constituir un delito de estafa y otro de falsedad en documento público. Frente a los razonamientos expresados en los autos recurridos, que parten de la ilocalización de dos de los denunciados y de la falta de indicios suficientes para seguir la causa contra el tercero, la apelante estima que existen indicios suficientes para atribuir la estafa a don Nemesio y don Enrique, por su participación directa en los hechos, por lo...

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