STSJ País Vasco 178/2017, 26 de Abril de 2017

ECLIES:TSJPV:2017:1511
Número de Recurso139/2017
ProcedimientoRecurso apelación Ley 98
Número de Resolución178/2017
Fecha de Resolución26 de Abril de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

RECURSO DE APELACIÓN Nº 139/2017

SENTENCIA NUMERO 178/2017

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. LUIS ÁNGEL GARRIDO BENGOETXEA

MAGISTRADOS:

D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ

DÑA. MARGARITA DÍAZ PÉREZ

En la Villa de Bilbao, a veintiséis de abril de dos mil diecisiete.

La Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por los/as Ilmos. Sres. antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación, contra la sentencia dictada el 14 de diciembre de 2016 por el Juzgado de lo Contenciosoadministrativo nº 3 de Bilbao en el recurso contencioso-administrativo número 292/2015, en el que se impugna la Orden Foral 328/2015 de 27-10-15 de la Diputación Foral de Bizkaia desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra Orden Foral 653/2015 de 17-7-15 por la que se denegaba la solicitud de cincuenta y nueve autorizaciones para realizar la actividad de alquiler con conductor en el municipio de Bilbao.

Son parte:

- APELANTE : La DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA, representada por la Procuradora Doña MARÍA MONTSERRAT COLINA MARTÍNEZ y dirigida por el Letrado Don JULEN EGUILUZ OLANO.

- APELADO : La FEDERACIÓN VASCA DEL TAXI, representado por el Procurador Don ALFONSO JOSÉ BARTAU ROJAS y dirigido por el Letrado Don ANDRÉS TOMÉ LAVÍN.

-OTRO APELADO: ARES CAPITAL S.A., representada por el Procurador Don GERMÁN ORS SIMÓN y dirigida por el Letrado Don JOSÉ LUIS ZAMARRO PARRA.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN ALBERTO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

Contra la sentencia identificada en el encabezamiento, se interpuso por la DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA recurso de apelación ante esta Sala, suplicando se dictase sentencia.

SEGUNDO

El Juzgado admitió a trámite el recurso de apelación, dando traslado a las demás partes para que en el plazo común de quince días pudieran formalizar la oposición al mismo, y en su caso, la adhesión a la apelación.

TERCERO

Tramitada la apelación por el Juzgado, y recibidos los autos en la Sala, se designó Magistrado Ponente, y no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista o conclusiones, se señaló para la votación y fallo el día 20 de abril de 2017, en que tuvo lugar la diligencia, quedando los autos conclusos para dictar la resolución procedente.

CUARTO

Se han observado las prescripciones legales en la tramitación del presente recurso de apelación.

I

F U N D A M E N T O S D E D E R E C H O
PRIMERO

El recurso de apelación se ha presentado contra la sentencia citada el 14-12-2016 en el procedimiento ordinario 292/2015 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Bilbao, que estimó el recurso interpuesto por Ares Capital S.A. contra la Orden Foral 328/2015 de 27 de octubre del Diputado de Transportes, Movilidad y Cohesión del Territorio que había desestimado la solicitud de concesión de cincuenta autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor presentada el 8-07-2015.

La sentencia apelada declaró la nulidad de la resolución recurrida y ordenó "la retroacción de las actuaciones al momento posterior al de la solicitud de la recurrente en que la Administración debió concederle el plazo legalmente establecido para la subsanación o mejora de su solicitud para después, en su caso, resolver sobre ella, conforme al criterio establecido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en su sentencia número 193/2016 de 13 de mayo . Sin expresa imposición de las costas procesales".

La sentencia de instancia expone en los fundamentos primero y segundo los motivos en que se han fundado, respectivamente, el recurso contencioso y la oposición al mismo, y en...

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