STSJ Andalucía 778/2017, 23 de Marzo de 2017
ECLI | ES:TSJAND:2017:2280 |
Número de Recurso | 2463/2016 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 778/2017 |
Fecha de Resolución | 23 de Marzo de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
1 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
CON SEDE EN GRANADA
SALA DE LO SOCIAL
AN
SENT. NÚM.778/17
ILTMO. SR. D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO
ILTMO. SR. D. FERNANDO OLIET PALÁ
ILTMA. SRA. Dª. BEATRIZ PEREZ HEREDIA
MAGISTRADOS
En la ciudad de Granada, a veintitrés de marzo de dos mil diecisiete
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A
En el Recurso de Suplicación núm. 2463/16, interpuesto por SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 DE JAEN, en fecha 23/5/16, en Autos núm. 581/15, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JUAN CARLOS TERRON MONTERO.
En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Micaela, Vicenta Y Brigida en reclamación sobre MATERIA SEGURIDAD SOCIAL, contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 23/5/16, por la que SE ESTIMA íntegramente la demanda promovida por Dª. Micaela, Dª. Vicenta y Dª. Brigida contra SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, revocando y dejando sin efecto las resoluciones de fecha 16 y 24 de octubre de 2.013, condenando a la demandada a estar y pasar por dicha declaración.
En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:
Con fecha 26 y 27 de octubre de 2.009 le fue reconocida a las actoras prestación por desempleo en virtud de la entrada de solicitud de ERE extintivo en la empresa cooperativa MESÓN GABINO, S.C.A., donde las actoras como cooperativistas prestaban servicios de ayudante de cocina y cocinera respectivamente.
Con fechas 16, 17 y 18 de marzo de 2.011 la Inspección de Trabajo levantó acta haciendo constar que el día 2-11-10 se giró visita al establecimiento MESÓN GABINO, donde se identificó la trabajadora Dª. Brigida, que manifestó antes prestaba servicios en la SCA. del mismo nombre, disuelta en 2.009, con el mismo centro de trabajo y domicilio (por cambio de numeración este pasó a ser calle Fuente Seca 6, antes nº. 2), y que ahora prestaba servicios para SERVICIOS TURÍSTICOS MEDIEVALES, S.L., constituída en noviembre de
2.009. Con fecha 5-11-110 la Sra. Brigida compareció aportando escritura de la nueva sociedad y el 12-11-10 la escritura de liquidación de la cooperativa. El objeto social de MESÓN GABINO S.C.A. era la explotación de negocio de restauración, y el objeto social de SERVICIOS TURÍSTICOS MEDIEVALES, S.L., la de negocio de restauración y alojamiento rural. Ambas tienen el mismo domicilio y socios, a excepción de Tania y Leoncio
. Los apartamentos rurales no se han construido a fecha de inspección, ni se ha acreditado que actualmente se hallen en funcionamiento.
La Inspección de Trabajo calificaba los hechos como infracción muy grave, proponiendo la sanción de extinción de la prestación o subsidio por desempleo y reintegro de las cantidades indebidamente percibidas. Con fechas 11, 13 y 14 de abril de 2.011 las actoras formularon alegaciones. Las actuaciones inspectoras de fecha 2-11-10 figuran en el expediente administrativo como caducadas y por tanto como antecedentes.
Con fechas 14, 15 y 24 de junio de 2.011 recayeron resoluciones confirmando las sanciones propuestas, contra la que se interpuso recurso de alzada el 22-7-11, recayendo resoluciones desestimatorias los días 16 y 24 de octubre de 2.013.
Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por SERVICIOPUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.
Recurre el Servicio Publico de Empleo, la sentencia de instancia aclarada por auto de fecha 8 de junio de 2016, que con estimación íntegra de la demanda promovida por Dª. Micaela, Dª. Vicenta y Dª. Brigida contra SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL, revoca dejando sin efecto las resoluciones de fecha 214, 15 y 24 de junio de 2.011, condenando a la demandada a estar y...
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ATS, 30 de Enero de 2018
...Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada de fecha 23 de marzo de 2017, en el recurso de suplicación número 2463/2016 , interpuesto por el Servicio Público de Empleo Estatal, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social n.º 2 de los de Jaén de fe......