STSJ Cataluña 2407/2017, 11 de Abril de 2017
ECLI | ES:TSJCAT:2017:3104 |
Número de Recurso | 697/2017 |
Procedimiento | Recurso de suplicación |
Número de Resolución | 2407/2017 |
Fecha de Resolución | 11 de Abril de 2017 |
Emisor | Sala de lo Social |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08187 - 44 - 4 - 2015 - 8017751
EBO
Recurs de Suplicació: 697/2017
IL LM. SR. ANDREU ENFEDAQUE MARCO
IL LMA. SRA. ASCENSIÓ SOLÉ PUIG
IL LMA. SRA. LIDIA CASTELL VALLDOSERA
Barcelona, 11 d'abril de 2017
La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats més amunt, EN NOM DEL REI
ha dictat la següent
SENTÈNCIA NÚM. 2407/2017
En el recurs de suplicació interposat per Adelina, Hipolito, Claudia, Marcelino, Gabriela, Roberto, Vidal i Alexis a la sentència del Jutjat Social 1 Sabadell de data 14 d'octubre de 2016 dictada en el procediment Demandes núm. 280/2015 en el qual s'ha recorregut contra la part Iplextrim, SL., Fondo de Garantia Salarial, Trimplast, S.L. i Rita (Administradora Concursal), ha actuat com a ponent Il lm. Sr. ANDREU ENFEDAQUE MARCO.
ANTECEDENTS DE FET
En data 23 d'abril de 2015 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre Reclamació quantitat, en la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 14 d'octubre de 2016, que contenia la decisió següent:
"Que, desestimando la demanda presentada por Adelina,
Hipolito, Claudia, Marcelino, Gabriela, Roberto, Vidal y Alexis, frente a TRIMPLAST, S.L., IPLEXTRIM, S.L. y FONDO DE
GARANTÍA SALARIAL, debo absolver y absuelvo a las demandadas de las pretensiones
deducidas en su contra."
En aquesta sentència es declaren com a provats els fets següents:
Los actores han prestado servicios retribuidos bajo la dependencia
de TRIMPLAST, S.L. con las siguientes condiciones laborales:
Antigüedad Categoría profesional Salario bruto diario con prorrata de extras
Adelina 2/05/1996 Especialista 59,90 €
Hipolito 1/06/1982 Jefe de mantenimiento 162,03 €
Claudia 2/09/1986 Oficial 1ª administrativa 121,57 €
Marcelino 15/03/1989 Almacenero 1ª 72,40 €
Gabriela 03/01/2005 Especialista 59,04 €
Roberto 15/02/2010 Director de operaciones 125,00 €
Vidal 20/06/1983 Especialista 60,73 €
Alexis 06/04/1999 Oficial de 2ª 66,89 €
TRIMPLAST, S.L. fue declarada en situación de concurso por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona (autos de concurso 261/13-G) en virtud de auto de 18.4.2013.
En fecha 20.1.2014 el citado Juzgado de lo Mercantil dictó auto de apertura de la fase de liquidación de concurso de TRIMPLAST, S.L.
La administración concursal presentó en fecha 3.2.2014 plan de liquidación que incluía un procedimiento de adjudicación y venta de la unidad productiva de TRIMPLAST, S.L. En virtud de auto de fecha 2.4.2014 se dispuso la aprobación del plan de liquidación presentado por la administración concursal.
En fecha 17.2.2014 se instó incidente concursal de extinción de los contratos de la totalidad de la plantilla de la sociedad concursada TRIMPLAST, S.L. por causas económicas y productivas. El auto de 16.5.2014 acuerda la extinción de la relación laboral de los ocho trabajadores actores, fijándose una indemnización de 20 días por año.
La empresa comunicó a los actores su despido por sendas cartas de fecha 16.5.2015 y con la misma fecha de efectos, indicándoles la indemnización que les correspondía conforme a la referida resolución judicial.
Los actores, que no percibieron de la codemandada TRIMPLAST, S.L. las cantidades fijadas en concepto de indemnización, solicitaron al FOGASA el abono de la indemnización, con el siguiente resultado: Indemnización Indemnización Cantidad
reconocida abonada por pendiente
FOGASA
Adelina 21.475,19 € 18.116,05 € 3.359,14 €
Hipolito 58.625,99 € 18.282,85 € 40.343,13 €
Claudia 43.986,69 € 18.282,85 € 25.703,84 €
Marcelino 26.195,90 € 16.162,20 € 10.033,70 €
Gabriela 11.022,38 € 8.339,25 € 2.683,13 €
Roberto 10.739 € 4.341,30 € 6.397,70 €
Vidal 21.973,44 € 18.282,85 € 3.690,59 €
Alexis 20.113,30 € 15.193,80 € 4.919,50 €
Alexis
Asimismo la empresa TRIMPLAST, S.L. debía a los actores las
cantidades que se detalla a continuación por conceptos salariales, de las cuales se
abonaron parte de ellas por el FOAGASA:
Salarios Abonado por el Abonado por la Cantidad
adeudados FOGASA empresa pendiente
Adelina 8.159,29 € 6.010,80 € 27,62€ 2.120,87 €
(3.869,31
+2.141,49)
Hipolito 22.194,71 € 6.010,80 € 78,46 € 16.105,45€
(4.037,87
+ 1.972,93)
Claudia 16.975,89 € 6.010,80 € 58,77€ 10.906,32€
(4.213,57
+1.797,23)
Marcelino 10.074,85 € 6.003,86 € 35€ 4.035,99€
(3.883,21
+2.120,65)
Gabriela 5.358,56 € 5.313,60 €
(2.826,56
+2.487,04) 22,05 € 22,91 €
Roberto 17.660,97 € 6.010,80 €
(4.293,04
+1.717,76) 60,49€ 11.589,58 €
Vidal . 7.323,02 € 6.010,80 €
(4.071,31
+1.939,49) 20,78 € 1.291,44 €
Alexis 9.057,92 € 6.010,80 € 30,95 € 3.016,17 €
(4.121,62
+1.889,18)
El auto de 14.5.2014 dictado por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Barcelona en los citados autos de concurso voluntario 261/2013-G, acuerda la adjudicación de la unidad productiva titularidad de TRIMPLAST, S.L. en favor de IPLEXTRIM, S.L. en los términos que constan en su oferta mejora. En dicha resoluciónse hace constar que la transmisión se realiza con exclusión de los efectos propios de la sucesión de empresa, por lo que el adquirente no se subrogará en ninguna de las obligaciones anteriores a la enajenación, incluida las obligaciones fiscales, laborales, tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social, así como los salarios e indemnizaciones pendientes de pago, quedando exento de cualquier responsabilidad por hechos anteriores a la cesión, al adquirir libre de cargas y gravámenes.
En fecha 4.9.2014 el Juzgado dicta auto desestimando dos recursos de reposición interpuestos contra el aludido auto y se ratifica la adjudicación definitiva de la unidad
productiva titularidad de TRIMPLAST, S.L. en favor de IPLEXTRIM, S.L.
En virtud de auto de fecha 27.5.2015 dictado por el juez del concurso antes citado se acordó concluir el concurso de la entidad TRIMPLAST, S.L. por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa existente de dicha...
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ATS, 23 de Enero de 2018
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