STSJ Comunidad Valenciana 75/2017, 17 de Enero de 2017

PonenteASCENSION OLMEDA FERNANDEZ
ECLIES:TSJCV:2017:557
Número de Recurso3218/2015
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución75/2017
Fecha de Resolución17 de Enero de 2017
EmisorSala de lo Social

1 Sala de lo Social TSJCV

Recurso de Suplicación nº 3.218/2015

Recursos de Suplicación - 003218/2015

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Teresa Pilar Blanco Pertegaz

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Ascensión Olmeda Fernández

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª Isabel Sáiz Areses

En València, a diecisiete de enero de dos mil diecisiete.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 75 DE 2017

En el Recursos de Suplicación - 003218/2015, interpuesto contra la sentencia de fecha 30 de junio de 2015, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ELX, en los autos 000485/2014, seguidos sobre desempleo, a instancia de Jesús Ángel, asistido por el Letrado D. José Luis Sánchez Cuesta, contra SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, representado por D. Jesús Gutiérrez Gutiérrez, Letrado Sustituto del Abogado del Estado, y en los que es recurrente Jesús Ángel, ha actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Ascensión Olmeda Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por DON Jesús Ángel contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, confirmando las resoluciones administrativas impugnadas, de 28/03/2013 y tras reclamación previa la resolución de fecha 07/03/2014.- Sin costas".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.- El demandante, con DNI NUM000 y cuyas demás circunstancias constan en las actuaciones, el día 28/03/2013, estaba al frente de un puesto de mercadillo de venta ambulante, efectuando actividades por cuenta propia, en Gijón, siendo perceptor de prestación y/o subsidio de desempleo desde el 03/10/2012 y hasta 17/12/2013.- SEGUNDO.- Dicha actuación fue apreciada directamente por la visita dicho día por Inspectora y Subinspectora de Empleo y SS, levantando acta NUM001 el 05/08/2013, y en base a la misma se dictó resolución por el SPEE el 13/01/2014 por el que se imponía la sanción de extinción de la prestación/subsidio de desempleo, desde el 28/03/2013, presentando reclamación previa que fue desestimada por resolución de fecha 07/03/2014".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte Jesús Ángel, que fue impugnado de contrario. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre por el demandante la sentencia del Juzgado de lo Social de procedencia que desestimó su demanda en impugnación de Resolución del SPEE de 13-1-14 que le impuso sanción de extinción de prestación por desempleo con efectos de 28-3-14.

Articula el recurso a través de dos motivos: el primero, al amparo del apartado b) del artículo 193 de la LJS, para revisión de hechos probados y, el segundo, al amparo del c), para el examen de las infracciones de normas sustantivas. Ha sido impugnado por el SPEE, oponiéndose a todos los motivos e interesando la confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

En revisión de hechos probados se solicita la sustitución en el Hecho Probado Primero de la parte que dice: "estaba al frente de un puesto de mercadillo de venta ambulante, efectuando actividades por cuenta propia" por otra del siguiente tenor "estaba realizando funciones de vigilancia sin realizar actividades por cuenta propia". Se basa en el documento nº 2 (folio 5), argumentando que la juzgadora llega a un razonamiento ilógico por cuanto en ningún extracto del acta de infracción, ni de la declaración se reconoce que el...

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