STSJ Castilla y León 55/2017, 15 de Marzo de 2017

PonenteEUSEBIO REVILLA REVILLA
ECLIES:TSJCL:2017:1055
Número de Recurso99/2014
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución55/2017
Fecha de Resolución15 de Marzo de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA CON/AD

BURGOS

SENTENCIA: 00055/2017

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SECCION 1ª

Presidente/aIlmo. Sr. D. Eusebio Revilla Revilla

SENTENCIA

Sentencia Nº: 55/2017

Fecha Sentencia : 15/03/2017

MINAS Y MEDIO AMBIENTE

Recurso Nº : 99 / 2014

Ponente D. Eusebio Revilla Revilla

Letrado de la Administración de Justicia: Sr. Ruiz Huidobro

Escrito por : FVV

Contra la desestimación presunta de los recursos de alzada formulados por dichas Corporaciones Locales contra la Resolución de 4 de junio de 2.013 de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León por la que se otorga a Magnesitas y Dolomías de Borobia, S.L. la concesión directa de la explotación San Pablo nº 1373 para recursos de la Sección C), magnesita en el término municipal de Borobia (Soria).

MINAS Y MEDIO AMBIENTE Núm.: 99, 100, 101, 106 a 115, y 119 a 129/2014

Ponente: D. Eusebio Revilla Revilla

Secretario de Sala: Sr. Ruiz Huidobro

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SECCION 1ª

SENTENCIA Nº 55/17

Ilmos. Sres.: D. Eusebio Revilla Revilla

  1. José Matías Alonso Millán

Dª. M. Begoña González García

En la Ciudad de Burgos a quince de marzo de dos mil diecisiete.

En el recurso contencioso administrativo número 99/2014 y los recursos acumulados al anterior, números 100, 101, 106 a 115, y 119 a 129/2014, interpuestos respectivamente por el Ayuntamiento de Ciria, provincia de Soria y los Ayuntamientos de Tierga, Torralba de Ribota, Pomer, Torrijo de la Cañada, Purujosa, Mesones de Isuela, Moros,, Gotor, Calcena, Sestrica, Aranda de Moncayo, Bijuesca, Berdejo, Ateca, Aniñon, Villarroya de la Sierra, Trasobares, Villaluenga, Malanquilla, Brea de Aragón, Illueca, Oseja y Calatayud, de la provincia de Zaragoza, todos ellos representados por el procurador D. Jesús Prieto Casado y defendidos por el letrado D. José-Manuel Marraco Espinos, contra la desestimación presunta de los recursos de alzada formulados por dichas Corporaciones Locales contra la Resolución de 4 de junio de 2.013 de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León por la que se otorga a Magnesitas y Dolomías de Borobia, S.L. la concesión directa de la explotación San Pablo nº 1373 para recursos de la Sección C), magnesita en el término municipal de Borobia (Soria). Han comparecido como parte demandada la Comunidad Autónoma de Castilla y León, representada y defendida por el letrado- Jefe de la misma D. Juan-José González López, en virtud de la representación y defensa que por ley ostenta; y como parte codemandada la mercantil Magnesitas y Dolomías de Borobia, S.L. representada por el procurador D. Miguel-Ángel Esteban Ruiz y defendido por el letrado D. Clemente Sánchez-Garnica Gómez.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por las partes demandantes -los citados 24 Ayuntamientos- se interpusieron recursos contencioso administrativos ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Valladolid, la cual se inhibió en favor de la competencia de esta Sala siendo aceptada la competencia por esta Sala; se reclamó el expediente administrativo así como sucesivas ampliaciones al mismo; recibido el mismo y también dichas ampliaciones, se confirió traslado a las partes recurrentes para que formalizara la demanda lo que efectuaron en cada recurso antes de su acumulación, siendo también contestada en cada recurso mencionada demanda por la representación procesal de la Administración demandada, si bien tras dichos tramites y antes de darse traslado de las actuaciones a la mercantil codemandada para que contestara a dichas demandadas, se dictó auto por esta sala de fecha 28 de octubre de 2.015 en la que se resuelve acumular al procedimiento 99/2014 los recursos núm. 100, 101, 106 a 115, y 119 a 129/2014, que también se venían tramitando ante esta Sala con el mismo objeto de impugnación.

Así, mencionado Ayuntamientos en sus demanda, de modo uniforme y con tenor idéntico solicitan que se dicte sentencia por la que se proceda a la declaración de nulidad o anulabilidad de la resolución de 4 de junio de 2.013 de la Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León por la que se otorga a Magnesitas y Dolomías de Borobia, S.L. la concesión directa de la explotación San Pablo nº 1373 para recursos de la Sección C), magnesita en el término municipal de Borobia (Soria), pudiendo llevar aparejada si lo estima procedente este Tribunal, la declaración de nulidad de la D.I.A. de 2010 y su posterior modificación de 2012, todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la Administración demandada.

SEGUNDO

Se confirió traslado de dichas demandadas por término legal a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, como parte demandada, que ha contestado a cada una de tales demandas, oponiéndose a la totalidad de los recursos interpuestos, y solicitando que se dicte sentencia por la que se inadmita los citados recursos o, subsidiariamente desestime íntegramente las pretensiones formuladas en cada recurso contencioso-administrativo, imponiendo las costas a la parte actora.

TERCERO

También, una vez acumulados los 24 citados recursos, se dio traslado de dichas demandas a la parte codemandada, la mercantil Magnesitas y Dolomías de Borobia, S.L. la cual en su solo escrito se opone a dichas demandas solicitando que se dicte sentencia que declare la inadmisión del recurso por los motivos invocados en la cuestión jurídica previa del presente escrito y, en su caso, desestime el recurso confirmando en su integridad los actos impugnados, con costas a las contrapartes.

CUARTO

Verificado el trámite de prueba y el trámite de conclusiones, quedaron los autos conclusos para votación y fallo, habiéndose señalado para votación y fallo el día 2 de febrero de 2.017, lo que se efectuó.

Siendo ponente el Magistrado D. Eusebio Revilla Revilla, integrante de esta Sala y Sección:

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Objeto del recurso y alegaciones de la parte actora.

Es objeto de impugnación en el presente recurso la desestimación presunta de cada uno de los recursos de alzada formulados por cada entidad municipal recurrente contra la Resolución de 4 de junio de 2.013 de la citada Dirección General de Energía y Minas de la Junta de Castilla y León por la que se otorga a Magnesitas y Dolomías de Borobia, S.L. la concesión directa de la explotación San Pablo nº 1373 para recursos de la Sección C), magnesita en el término municipal de Borobia (Soria). También reseña la parte actora que es objeto del recurso tanto la Resolución de 26 de julio de 2.010 de la Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente por la que se hace pública la D.I.A. respecto del Proyecto de Explotación y Plan de Restauración de la Concesión de Explotación de recursos propios de la Sección C) denominada San Pablo nº 1.280-10 en Borobia (Soria), siendo publicada en el BOCyL de 2.8.2010, así como la Orden de 31 de octubre de 2.012 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente por la que se modifica la citada D.I.A. de 2010, por cuanto que se trata de actos de trámite no susceptibles de impugnación autónoma sino solo a través de los recursos procedentes contra la resolución final de 4 de junio de 2.013.

Ahora bien, como quiera que dichos recursos de alzada han sido expresamente desestimados por la Resolución de 10 de noviembre de 2.014 de la Viceconsejería de Política Económica, Empresa y Empleo de la Junta de Castilla y León, y aunque por los Ayuntamientos recurrentes no se ha solicitado de forma expresa la ampliación del recurso a dicha resolución, también debe entenderse impugnados en el presente procedimiento dicha resolución de 10 de noviembre de 2.014, al confirmar mencionada desestimación presunta, y ello de conformidad con la Jurisprudencia pronunciada al respecto de modo uniforme y reiterada por el T.S. de la que es un ejemplo la STS, Sala 3ª, Sec. 2ª de fecha 15.6.2015, dictada en el recurso de casación para unificación de doctrina, núm. 1762/2014, siendo ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Montalvo.

Y con dicha impugnación los Ayuntamientos recurrentes en todas y cada una de sus demandas pretenden la anulabilidad de tales resoluciones y también de mencionada concesión directa de explotación, y ello por considerar que la resolución impugnada no es conforme a derecho, y ello por lo siguiente:

  1. ).- Por cuanto que, siguiendo la interpretación que al respecto a establecido el TJUE, incumple el derecho de la Unión Europea, así el art. 6.3 de la Directiva 82/43 (hábitats y Especies de Flora y Fauna) en el E.I.A.

  2. ).- Porque la invalidez de la D.I.A. y de su modificación, que también se impugnan por vía del art. 107.1 de la Ley 30/1992, conlleva la invalidez de la concesión de explotación.

  3. ).- Porque el E.I.A. del proyecto presentado por la mercantil Magnesitas y Dolomías de Borobia, S.L. y la D.I.A. es insuficiente y carente del menor rigor científico, y ello por lo siguiente, tal y como se acredita con el contenido del informe emitido por el Catedrático de Derecho Administrativo, D. Juan, y con los informes emitidos a instancia del Gobierno de Aragón:

    3.1º).- Porque no contiene un adecuado estudio de alternativas exigido en los arts. 6.1.b) y 7.1.b) del TRLEIA y también en la STS, Sala 3ª de 8.9.2009 .

    3.2º).- Porque se aprecia que existe un fraccionamiento del proyecto ya que la fábrica y el horno de calcinación quedan fuera del E.I.A. y de la D.I.A., infringiéndose por ello el art. 5.3 del TRLEIA.

  4. ).- Que la concesión de explotación es nula de pleno derecho por lo siguiente:

    4.1º).- Porque la concesión de explotación excede las cuadrículas mineras que han sido sometidas a E.I.A., y...

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