SAP Valladolid 65/2017, 9 de Febrero de 2017

PonenteJOSE JAIME SANZ CID
ECLIES:APVA:2017:385
Número de Recurso396/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución65/2017
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2017
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 3 VALLADOLID

SENTENCIA: 00065/2017 N30090

C.ANGUSTIAS 21

- Tfno.: 983.413495 Fax: 983.459564

MMA

N.I.G. 47186 42 1 2016 0004466

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000396 /2016

Juzgado de procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de VALLADOLID Procedimiento de origen: JUICIO VERBAL 0000273 /2016

Recurrente: BANCO CEISS,S.A.

Procurador: FRANCISCO JAVIER GALLEGO BRIZUELA

Abogado: SOCORRO BARRERO CANTALAPIEDRA

Recurrido: Blas, Matilde

Procurador: JOSUE GUTIERREZ FUENTE, JOSUE GUTIERREZ FUENTE Abogado: JULIO VILLARRUBIA MEDIAVILLA, JULIO VILLARRUBIA MEDIAVILLA S E N T E N C I A num. 65/2017

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. JOSE JAIME SANZ CID

En Valladolid a nueve de febrero de dos mil diecisiete

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 003, de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de JUICIO VERBAL 0000273 /2016, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 0000396 /2016, en los que aparece como parte apelante, BANCO CEISS,S.A., representado por el Procurador de los tribunales, Sr./a. FRANCISCO JAVIER GALLEGO BRIZUELA, asistido por el Abogado D. SOCORRO BARRERO CANTALAPIEDRA, y como parte apelada, Blas, Matilde, representados por el Procurador de los tribunales, Sr. JOSUE GUTIERREZ FUENTE, asistidos por el Abogado D. JULIO VILLARRUBIA MEDIAVILLA, sobre nulidad clausula suelo, siendo el Magistrado/a constituido como órgano unipersonal el Ilmo. Magistrado D. JOSE JAIME SANZ CID.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 2 de VALLADOLID, se dictó sentencia con fecha 24 de junio de 2016, en el procedimiento JUICIO VERBAL Nº 273/16 del que dimana este recurso. Se aceptan antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

La expresada sentencia contiene en su fallo el siguiente pronunciamiento: "Estimo íntegramente la demanda interpuesta por D. Blas y Dª. Matilde contra BANCO DE CAJA ESPAÑA DE INVERSIONES, SALAMANCA Y SORIA, S.A. y, en consecuencia:

  1. - Condeno a la demandada a pagar a la parte demandante la cantidad de 3.851,24 euros más los intereses legales desde la fecha de presentación de la demanda (7 de marzo de 2016).

  2. - Se imponen las costas a la parte demandada. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo". Que ha sido recurrido por la parte demandada BANCO CEISS, habiéndose alegado por la contraria se opuso al recurso.

TERCERO

Elevadas las actuaciones a esta Audiencia Provincial para la resolución del recurso de apelación interpuesto, se formó el correspondiente Rollo de Sala, y personadas las partes en legal forma, quedando los autos conclusos para resolver el recurso.

ÚLTIMO.- Se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se aceptan los fundamentos de derecho de la sentencia apelada en tanto no se opongan a la presente resolución.

SEGUNDO

Planteamiento del litigio.

Por sentencia nº 225/15 de fecha 15 de septiembre de 2015 dictada por el juzgado de lo Mercantil nº1 de Valladolid en el juicio ordinario nº 109/2015, promovido por D. Blas y Dª Matilde, contra Banco de Caja de España de Inversiones, Salamanca y Soria, S.A., se declaró la nulidad por abusiva de la cláusula suelo contenida en el escritura de préstamo hipotecario suscrito por las partes el 28 de noviembre de 2005.

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