SAP Salamanca 160/2017, 20 de Marzo de 2017

JurisdicciónEspaña
Número de resolución160/2017
EmisorAudiencia Provincial de Salamanca, seccion 1 (civil y penal)
Fecha20 Marzo 2017

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

SALAMANCA

SENTENCIA: 00160/2017

N10250

GRAN VIA, 37-39

Tfno.: 923.12.67.20 Fax: 923.26.07.34

N.I.G. 37274 42 1 2015 0000208

ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000440 /2016

Juzgado de procedencia: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.4 de SALAMANCA Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000023 /2015

Recurrente: Inocencia, Rosario

Procurador: TERESA MARIA FERNANDEZ DE LA MELA MUÑOZ, TERESA MARIA FERNANDEZ DE LA MELA MUÑOZ

Abogado: FERNANDO SIMON-MORETON MARTIN, FERNANDO SIMON-MORETON MARTIN Recurrido: HIJOS DE FRANCISCO NUÑEZ S.L.

Procurador: MARIA TERESA DOMINGUEZ CIDONCHA

Abogado: FRANCISCO JAVIER PLAZA VEIGA

SENTENCIA NÚMERO

ILMO. SR. PRESIDENTE:

DON JOSE RAMON GONZALEZ CLAVIJO

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DOÑA MARIA LUISA MARRO RODRIGUEZ

DOÑA CARMEN BORJABAD GARCIA

En la ciudad de Salamanca a veinte de marzo de dos mil diecisiete.

La Audiencia Provincial de Salamanca ha visto en grado de apelación el JUICIO ORDINARIO Nº 23/2015 del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de esta ciudad, Rollo de Sala Nº 440/2016; han sido partes en este recurso: como demandante-apelante DOÑA Rosario Y DOÑA Inocencia representadas por la Procuradora Doña Teresa Fernández De la Mela Muñoz y bajo la dirección del Letrado Don Fernando Simón Moretón Martín y como demandada-apelada HIJOS DE FRANCISCO NUÑEZ S.L., representada por la Procuradora Doña María Teresa Domínguez Cidoncha y bajo la dirección del Letrado Don Francisco Javier Plaza Veiga. ANTECEDENTES DE HECHO

  1. - El día 9 de marzo de 2016, por la Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de esta ciudad, se dictó sentencia en los autos de referencia que contiene el siguiente: "FALLO: Desestimar la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Fernández de la Mela en nombre y representación de Dª Inocencia y Dª Rosario y, en consecuencia, ABSOLVER a la entidad mercantil HIJOS DE FRANCISCO NUÑEZ, SL., de todas las pretensiones de la demanda, con expresa condena a la parte actora al pago de las costas procesales causadas en esta instancia.

  2. - Contra referida sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación jurídica de la parte demandante concediéndole el plazo establecido en la Ley para interponer el mismo verificándolo en tiempo y forma, quien después de hacer las alegaciones que estimó oportunas en defensa de sus pretensiones terminó suplicando, que se dicte sentencia en la que declarando haber lugar al recurso de apelación y lo estime, acuerde junto con la revocación de la sentencia recurrida.

    - La completa estimación de la demanda, lo que supone la nulidad de los acuerdos sociales acordados en la Junta General Ordinaria de 27/6/2014 de HIJOS DE FRANCISCO NUÑEZ S.L.,

    - Subsidiariamente declarar no ajustado a derecho la imposición de costas de la primera instancia a esta parte.

    - Imponer las costas a la actora de la primera y de la segunda instancia.

    Dado traslado de dicho escrito a la representación jurídica de la parte contraria por la misma se presentó escrito en tiempo y forma oponiéndose al recurso de apelación formulado para terminar suplicando, desestime todos y cada uno de los motivos del recurso de apelación promovido de adverso, confirmando en todas sus partes la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Salamanca con el número 240/2016 de 9 de marzo de 2016, con condena en costas para la parte recurrente decretando al efecto todo lo demás que sea procedente en derecho.

  3. - Recibidos los autos en esta Audiencia se formó el oportuno Rollo y se señaló para la votación y fallo del presente recurso de apelación el día 26 de octubre de 2016, pasando los autos al Ilmo. Sr. MagistradoPonente para dictar sentencia.

  4. - Observadas las formalidades legales.

    Vistos, siendo Ponente el Ilma. Sra. Magistrada DOÑA MARIA LUISA MARRO RODRIGUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Con fecha 9 de marzo de 2016, por la Sra. Juez de lo Mercantil se dictó sentencia con el fallo: Desestimar la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Fernández de la Mela en nombre y representación de Dª Inocencia y Dª Rosario y, en consecuencia, ABSOLVER...

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