AAP Orense 175/2016, 28 de Octubre de 2016

PonenteANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ
ECLIES:APOU:2016:133A
Número de Recurso27/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución175/2016
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Orense, Sección 1ª

APELACIÓN CIVIL

La Audiencia Provincial de Ourense, constituida por las Ilmas. Sras. Magistradas Dña. Ángela Irene Domínguez Viguera Fernández, Presidente, Dña. Josefa Otero Seivane y Dña. María José González Movilla, ha pronunciado, en nombre de S.M. El Rey, el siguiente

A U T O NÚM. 175

En la ciudad de Ourense aveintiocho de octubre de dos mil dieciséis.

VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, la Pieza de Oposición a la Ejecución procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de los de Ourense, seguidos con el núm. 112/15 0001, Rollo de apelación núm.27/16, entre partes, como apelante, la entidad Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, representada por la procuradora de los tribunales Dª Eva Álvarez Coscolín, bajo la dirección del letrado D. José Luis Brea Sanmartín, y, como apelado, D. Aurelio, representado por la procuradora de los tribunales Dña.María González Nespereira, bajo la dirección del letrado D. José Blanco Pereira.

Es ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Ángela Irene Domínguez Viguera Fernández.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

ElJuzgado de 1ª Instancia nº 3 de los de Ourense dictó auto en las referidas actuaciones, en fecha 10 de noviembre de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA: Que estimando parcialmente la oposición a la demanda ejecutiva formulada por la Procuradora Sra. Álvarez Coscolín quien actúa en nombre y representación de ALLIANZ, y en dicha razón, ha de proseguir la ejecución contra esta última, en la cantidad de 7.136,38 euros como cantidad principal.

En cuanto a intereses y costas, estese a lo dispuesto en el apartado correspondiente ".

Segundo

Notificado el anterior auto a las partes, se interpuso por la representación procesal de la entidad Allianz Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se acepta la fundamentación jurídica de la resolución apelada en tanto no contradiga lo expuesto a continuación.

PRIMERO

La vinculación causal entre las lesiones cuya indemnización se reclama y el accidente de tráfico enjuiciado, sucedido en 7 de abril de 2014, ha de considerarse probada, como ya se indica en la resolución apelada, tanto porque es idóneo el mecanismo causal,colisión por alcance posterior mientras el vehículo pilotado por el demandante estaba detenido, susceptible de provocar, potencialmente, lesiones consistentes en contractura cervical y lumbar, efectivamente causadas en el caso concreto, como resulta del diagnóstico inicial descrito en el parte de asistencia médica, extendido el mismo día del accidente.En el que también se hace constar como motivo, "accidente de tráfico", cuya realidad no ha sido cuestionada. Tal cuadro clínico, es el usualmente derivado de un movimiento corporal repentino afectante a la columna vertebral, como tiene lugar en los accidentes de tráfico producidos por alcance posterior, con independencia de la mayor o menor intensidad del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR