STSJ Comunidad de Madrid 48/2017, 3 de Febrero de 2017

PonenteSANTIAGO DE ANDRES FUENTES
ECLIES:TSJM:2017:796
Número de Recurso970/2016
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución48/2017
Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2017
EmisorSala de lo Contencioso

APELACIÓN Nº 970/2016

PONENTE SR. DE ANDRÉS FUENTES

SENTENCIA Nº 48/2017

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SÉPTIMA

Ilma. Sra. Presidenta:

Dª. María Jesús Muriel Alonso

Ilmos. Sres. Magistrados:

  1. Ignacio del Riego Valledor

  2. Santiago de Andrés Fuentes

  3. José Félix Martín Corredera

    En la Villa de Madrid a tres de Febrero del año dos mil diecisiete.

    VISTO, por la Sección VII de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados "supra" relacionados, el recurso de apelación que con el nº 970/2016 ante la misma pende de resolución y que fue interpuesto, por el Procurador de los Tribunales

  4. Enrique Álvarez Vicario, en nombre y representación de Dª. Carla, contra la Sentencia dictada, con fecha 20 de Mayo de 2016, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 de los de esta Villa y en el Procedimiento Abreviado seguido ante el mismo con el nº 566/2014, contra las siguientes Resoluciones:

  5. Decreto dictado por la Concejal Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, fechado el 14 de Noviembre de 2014, por el que se Acuerda denegar la suspensión cautelar solicitada por la misma en el recurso de reposición interpuesto contra el Decreto de la misma Autoridad, fechado el 21 de Octubre de 2014, por el que se hace público el aspirante que ha superado el proceso selectivo convocado por Decreto de 12 de Junio de 2013 para proveer una plaza de Técnico Superior (Análisis Clínicos) en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid;

  6. Decreto dictado por la propia Concejal Delegada, fechado el 3 de Febrero de 2015, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto, por la hoy apelante, contra el Decreto de la misma Autoridad, fechado el 21 de Octubre de 2014, por el que se hace público el aspirante que ha superado el proceso selectivo convocado por Decreto de 12 de Junio de 2013 para proveer una plaza de Técnico Superior (Análisis Clínicos) en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid;

  7. Decreto dictado por la propia Concejal Delegada, fechado el 3 de Febrero de 2015, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto, por la Sra. Carla, contra el Acuerdo de 29 de Septiembre de 2014 del Tribunal Calificador del proceso selectivo, convocado por Decreto de 12 de Junio de 2013, para proveer una plaza de Técnico Superior (Análisis Clínicos) en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid, por el que se resuelven las alegaciones presentadas a la Fase de Concurso;

  8. Decreto dictado por la misma Autoridad, fechado el 23 de Febrero de 2015, por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto, por la apelante, contra el Decreto de la misma Autoridad, fechado el 21 de Enero de 2015, por el que nombra funcionario de carrera de la categoría de Técnico Superior (Análisis Clínicos) del Excmo. Ayuntamiento de Madrid, al aspirante seleccionado en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal del personal funcionario; Y, en fin,

  9. Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, fechado el 16 de Febrero de 2015, por el que se dispone el cese de Dª. Carla en el puesto de Técnico Superior, Nivel 22, que venía desempeñando como funcionaria interina, al haber sido ocupado dicho puesto por funcionario de carrera, en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal del personal funcionario antedicho.

    Habiendo sido apelado el Excmo. Ayuntamiento de Madrid, representado y defendido por Letrado de sus servicios jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 20 de Mayo de 2016, y en el Procedimiento Abreviado nº 566/2014 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 de los de Madrid, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva, literalmente transcrita, dice así: "Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Doña Carla contra la Resolución de 20 de Noviembre de 2014 dictada por la Concejal Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública del Ayuntamiento de Madrid que Acuerda denegar la suspensión cautelar solicitada por la recurrente en el recurso de reposición interpuesto contra Decreto de 29 de Septiembre de 2014 de la misma Autoridad que ordena hacer público el aspirante que ha superado el proceso selectivo convocado por Decreto de 12 de Junio de 2013 que convocan pruebas selectivas para proveer una plaza de Técnico Superior (Análisis Clínicos) en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid, debo Acordar y Acuerdo no haber lugar a anular la citada actuación por ser la misma conforme a derecho.

Que estimando en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de Doña Carla contra:

  1. Resolución de la Subdirectora General de Selección de Personal del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública del Ayuntamiento de Madrid de 5 de Marzo de 2015, notificada el día 12 de Marzo siguiente, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra el Decreto de 21 de Octubre de 2014 por el que se hace público el aspirante que ha superado el proceso selectivo convocado para proveer una plaza de la Categoría de Técnico Superior (Análisis Clínicos) en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid.

  2. Resolución de la Subdirectora General de Selección de Personal del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública del Ayuntamiento de Madrid de 5 de Marzo de 2015, notificada el día 12 de Marzo siguiente, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra el Acuerdo de 29 de Septiembre de 2014 del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas para proveer una plaza de Técnico Superior (Análisis Clínicos) en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid.

  3. Resolución de la Subdirectora General de Selección de Personal del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública del Ayuntamiento de Madrid de 11 de Marzo de 2015, notificada el día 18 de Marzo siguiente, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra Decreto de 21 de Enero de 2015 por el que se nombra un funcionario de carrera de Técnico Superior (Análisis Clínicos) en ejecución del proceso extraordinario de consolidación de empleo temporal de personal funcionario.

  4. Decreto de 16 de Febrero de 2015 sobre cese de la interesada en su puesto de trabajo como funcionaria interina por haber sido ocupado el puesto por funcionario de carrera, como consecuencia del proceso selectivo anteriormente indicado.

DEBO ACORDAR Y ACUERDO:

  1. Anular las resoluciones indicadas en los apartados a), b) y c) del párrafo anterior, por no ser las mismas conformes a derecho, y ordenar que se retrotraigan las actuaciones en el proceso selectivo hasta el momento inmediatamente posterior al Acta del Tribunal Calificador Nº 4, de fecha 1 de Abril de 2014, ordenando que continúen desde ese momento.

  2. No haber lugar a anular la resolución indicada en el apartado d) del párrafo anterior, por la que se acuerda el cese de la recurrente en el puesto de funcionaria interina que ocupaba, desestimando las restantes pretensiones de la demanda.

Todo ello sin que proceda expreso pronunciamiento sobre las costas procesales".

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior Sentencia a las partes, por la representación procesal de Dª. Carla se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación que, tras ser admitido a trámite por diligencia de ordenación de 4 de Julio de 2016, se sustanció por sus prescripciones legales ante el Juzgado de que se viene haciendo mención, el cual elevó, en su momento, las actuaciones a esta Sala.

TERCERO

Recibidas que fueron las actuaciones en esta Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por diligencia de ordenación se acordó formar el presente Rollo de Apelación y dar a los Autos el trámite previsto en los artículos 81 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; y siendo así que ninguna de las partes solicitó el recibimiento de la apelación a prueba, ni la celebración de vista, ni la presentación de conclusiones, se señaló para votación y fallo del presente recurso de apelación la audiencia del día 1 de Febrero del año en curso, en que tuvieron lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Santiago de Andrés Fuentes, quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso de apelación,- cuyo objeto lo constituye, como sabemos, la Sentencia dictada con fecha 20 de Mayo de 2016, y en el Procedimiento Abreviado nº 566/2014, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 de los de Madrid -, aduce la representación procesal de Dª. Carla, como argumentos que justificarían la pretensión de revocación parcial de la Sentencia apelada que pretende y en esencia, los siguientes:

  1. - Que la Sentencia apelada,- al anular el nombramiento como funcionario de carrera del aspirante que fue seleccionado en el proceso selectivo convocado, por Decreto de 12 de Junio de 2013, para proveer una plaza de Técnico Superior (Análisis Clínicos) en ejecución del proceso...

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