STSJ Comunidad Valenciana 120/2009, 10 de Junio de 2009

PonenteROSARIO VIDAL MAS
ECLIES:TSJCV:2009:5225
Número de Recurso83/2009/
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución120/2009
Fecha de Resolución10 de Junio de 2009
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUM. 120/09

En la ciudad de Valencia, a 10 de junio de 2009.

Visto por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. don José Bellmont Mora, Presidente, doña Rosario Vidal Más y don Fernando Nieto Martín, Magistrados, el presente procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona número 83/09, interpuesto por el Procurador DOÑA CRISTINA CAMPOS GOMEZ, en nombre y representación del COLEGIO OFICIAL DE PROTESICOS DENTALES DE CASTELLON Y VALENCIA, asistido por el Letrado DON JOAQUIN MOREY NAVARRO, contra la Resolución de 23.1.09 de la Secretaría Autonómica de Justicia y Administraciones Públicas por la que se revisa la Resolución de 20 de septiembre de 2007 del Director General de Justicia y Administraciones Públicas por la que se resolvía inscribir la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Protésicos Dentales de Castellón y Valencia, habiendo sido parte en los autos la Administración demandada, GENERALIDAD VALENCIANA, representada por su Letrado, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dña. Rosario Vidal Más y a la vista de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente procedimiento y seguidos los trámites prevenidos por los artículos 114 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplica que se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

SEGUNDO

El representante de la parte demandada, contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.

TERCERO

No habiéndose recibido el proceso a prueba, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.

CUARTO

Se señaló para votación y fallo el día 9 de junio de 2009.

QUINTO

En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales.

FUNDAMENTACION JURIDICA

PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo contra el acto administrativo citado sobre la base de que en 1999 la Administración acordó la inscripción de unas modificaciones estatutarias del Colegio Oficial de Veterinarios de Valencia entre los que se encontraba el art. 43.4 que establecía la colegiación de oficio por el propio Colegio cuando se esté ejerciendo la profesión sin colegiación y previo requerimiento al efecto si fuera desatendido, suspendido en el disfrute de sus derechos colegiales e inhabilitado para el ejercicio de la profesión. Del propio modo se procedió a la inscripción de Estatutos de los Colegios de Veterinarios de Alicante y Castellón, adaptados a la Ley 6/97 de Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana con el precepto indicado también, siendo aprobado igualmente respecto a los Estatutos de los Colegios Oficiales de Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y Ciencias de Valencia y Alicante. A la vista de todo ello, el demandante procedió a la modificación de sus Estatutos, art, 10.3 en el sentido indicado que se presentó en Consellería para control de legalidad e inscripción, ante lo que se solicitó informe que fue negativo y, dado traslado del mismo, se formularon alegaciones, sin que se dictara resolución, por lo que el demandante estimó que había operado el silencio del art. 43.4 de la Ley 30/1992 e interpuso recurso, dictándose después la de 20.9.07 , confirmada por la de 20.12.07, que fue, tras los...

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