SAP Sevilla 13/2009, 19 de Enero de 2009

PonenteRUPERTO MOLINA VAZQUEZ
ECLIES:APSE:2009:603
Número de Recurso6874/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución13/2009
Fecha de Resolución19 de Enero de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª

ROLLO: 6874/08

PONENTE: RUPERTO MOLINA VAZQUEZ

JUZGADO: JUZGADO MIXTO Nº2 DE LEBRIJA

ASUNTO: VERBAL

FALLO

CONFIRMATORIO C/C

SENTENCIA NÚM. 13

ILTMOS. SRES.

MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA

DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES

DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ

DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS

En Sevilla, a diecinueve de enero de dos mil nueve.

VISTOS, por la Sección Sexta de esta Iltma. Audiencia Provincial, los autos de Juicio J.VERBAL

(N) 328/2007, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Número Dos de Lebrija, promovidos por Don Horacio contra Autopistas Aumar, S.A. Concesionaria del Estado; sobre reclamación de cantidad; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de AUTOPISTA AUMAR, S.A. contra la sentencia en los mismos dictada en veinticuatro de marzo de dos mil seis.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan sustancialmente los de la resolución apelada, cuyo fallo literalmente dice: "Estimar la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Don José Luis Jiménez Mantecón, en nombre y representación de Don Horacio, contra "Autopistas Aumar", y condenar a ésta a abonarle la cantidad de 754,63 euros, más los intereses legales correspondientes desde la interposición de la demanda, con imposición de las costas del procedimiento a la demandada."

PRIMERO

Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.

SEGUNDO

Por resolución de fecha quince de diciembre de dos mil ocho, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día doce de enero de dos mil nueve, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.

TERCERO

En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La juez de instancia condena a AUMAR por su responsabilidad civil, dentro de la concesión de la Autopista Sevilla-Cádiz, al no haber acreditado que la valla de protección de la misma se encontrase en perfecto estado en todo su perímetro, de modo que se hubiere evitado la colisión del vehículo del actor con un perro y dado que los conductores circulan por aquella tras haber abonado su peaje confiados en encontrar la calzada despejada y exenta de todo obstáculo que impida su libre circulación.

SEGUNDO

Recurre AUMAR por error en la valoración de la prueba con cita de diversas sentencias sobre la acreditación del hecho, que, a juicio del recurrente no se ha logrado al presente caso.

El recurso no puede prosperar porque en su prolija argumentación la juez de instancia examina exhaustivamente el hecho de autos: invasión de la calzada por un animal con resultado de daños...

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