AAP Sevilla 169/2008, 17 de Noviembre de 2008
Ponente | RUPERTO MOLINA VAZQUEZ |
ECLI | ES:APSE:2008:3141A |
Número de Recurso | 7190/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 169/2008 |
Fecha de Resolución | 17 de Noviembre de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 6ª |
ROLLO: 7190/08
PONENTE: RUPERTO MOLINA VAZQUEZ
JUZGADO: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº4 DE SEVILLA
ASUNTO: OTROS (EJECUCION TITULO JUDICIAL)
CONFIRMATORIO C/C
AUTO NÚM. 169
ILTMOS. SRES.
MARCOS ANTONIO BLANCO LEIRA
DON JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ
DOÑA CARMEN ABOLAFIA DE LLANOS
________________________________________
En Sevilla, a diecisiete de noviembre de dos mil ocho..
Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho del auto apelado que con fecha uno de octubre de dos mil siete, dictó el Iltmo. Sr. Magistrado Juez de Primera Instancia Número Cuatro de Sevilla en los autos de Juicio EJEC.TITULOS JUDICIALES (N) 1610/2006 promovidos por Don Rodrigo contra Unidad Editorial, S.A. (El Mundo Andalucia); sobre Ejecución de Titulo Judicial; autos venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de UNIDAD EDITORIAL, S.A.,, cuya parte dispositiva literalmente dice: "SE DESESTIMA LA OPOSICION formulada por el procurador Sr. De Leyva Montoto, en nombre y representación de UNIDAD EDITORIAL, S.A. (EL MUNDO ANDALUCÍA), a la ejecución despachada a instancia de D. Rodrigo, continuando la misma su curso en la forma acordada por Auto de fecha 17 de enero de 2007, imponiéndose las costas del presente incidente a la parte ejecutada. En su consecuencia, requiérase al ejecutado para que dentro del plazo de TRES DÍAS siguientes a su recepción proceda a la publicación íntegra, y en la forma en él contenida, del escrito de rectificación emitido por el demandante y obrante en autos, con relevancia semejante a aquel en que se publicó o difundió la información que se rectifica, sin comentarios ni apostillas, con apercibimiento de que en caso de incumplimiento o de no verificarlo en el plazo indicado, y conforme al artículo 706 LEC, el ejecutante podrá pedir que se le faculte para encargarlo a un tercero, a costa del ejecutado, o reclamar el resarcimiento de daños y perjuicios."
Notificada a las partes dicha resolución y apelada por el citado litigante, y admitido que le fue dicho recurso en ambos efectos, se elevaron las actuaciones originales a esta Audiencia con los debidos escritos de alegaciones, dándose a la alzada la sustanciación que la Ley previene para los de su clase.
Por resolución de fecha veintisiete de octubre de dos mil ocho, se señaló la deliberación y votación de este recurso para el día tres de noviembre de dos mil ocho, quedando las actuaciones pendientes de dictar resolución.
En la sustanciación de la alzada se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente el Iltmo. Sr. DON RUPERTO MOLINA VAZQUEZ.
La representación procesal del ejecutante afirma que la ejecutada Unidad Editorial, S.A.
- El Mundo Andalucia- no ha dado cumplimiento íntegro y exacto al fallo de la sentencia que ordenaba la publicación del escrito de rectificación, emitido por el demandante y obrante en los autos, en la forma y plazos previstos en el art. 3 de la L.O. 2/84, de 26 de marzo y el juez de instancia, en su resolución, tras desestimar la oposición formulada en base a que ya se ha efectuado por el periódico la publicación de dicha rectificación, compara el texto de rectificación con lo publicado y estima que no se ha hecho al tenor literal y que no hay relación de semEjanza entre la relevancia gráfica tipográfica entre la información y la rectificación, y, por ello, ordena la publicación íntegra y en la forma en él contenida del escrito de rectificación, y, por ello, ordena la publicación íntegra y en la forma en él contenida del escrito de rectificación, con relevancia semejante al de publicación, sin comentarioS ni apostillas, y con el apercibimiento del art. 706 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, del encargo a tercero, a costa del perjudicado, ó la reclamación de perjuicios .
La representación procesal de Unidad Editorial recurre por entender se infringe el art. 3 de la L.O. 2/84, porque ya se ha insertado por dos veces la versión del ejecutante, en las ediciones de los días 28 de octubre de 2.006 y 24 de enero de 2.007, con llamamiento en portada y relevancia semejante,...
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AAP Huelva 31/2009, 10 de Septiembre de 2009
...que recogen el sentir de la legislación y de la citada jurisprudencia, así podemos citar por su claridad el auto de la AP de Sevilla (Sección 6ª), de 17 de noviembre de 2.008, cuando recoge que: "Hay que recordar que la sentencia es el presupuesto que permite entrar en la ejecución, art. 51......