SAP Barcelona 919/2016, 25 de Octubre de 2016

PonenteJOAN FRANCESC URIA MARTINEZ
ECLIES:APB:2016:10350
Número de Recurso40/2016
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución919/2016
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 22ª

Audiencia Provincial de Barcelona

Sección Vigésimosegunda

Rollo procedimiento abreviado núm. 40/2016

Referencia de procedencia:

JUZGADO INSTRUCCIÓN 4 SANTA COLOMA DE GRAMENET

Diligencias Previas núm. 22/2013

SENTENCIA NÚM. 919/2016

Magistrados/das:

Joan Francesc Uría Martínez

Patricia Martínez Madero

María José Trenzado Asensio

La dicta la Sección Vigésima Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona en el presente Procedimiento Abreviado núm. 40/2016, Diligencias Previas núm. 22/2013, procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de Santa Coloma de Gramenet, seguida por un delito continuado de apropiación indebida, contra Raúl, con NIE nº NUM000, nacido en Gujranwal (Pakistan) el día NUM001 /78, hijo de Jose Antonio y de Patricia y con domicilio en Badalona (Barcelona), AVENIDA000, NUM002 NUM003 - NUM004 y contra Miguel Ángel, con DNI nº NUM005, nacido en Gujranwala (Pakistan) el día NUM006 /82, hijo de Bernabe y de María Purificación y con domicilio en Badalona (Barcelona), AVENIDA000, NUM007 Esc. DIRECCION000 NUM008 - NUM009 .

Han sido partes el acusado Raúl, defendido por el Letrado Antonio Almenara Pérez, el acusado Miguel Ángel, defendido por el Letrado Albert Torra Juanola, representado ambos acusados por el Procurador Juan Alvaro Ferrer Pons, la acusación particular Delta Airlines, Vueling Airlines, Tap Air Portugal, Olympic Air, Alitalia S.P.A., Air France, Csa Czech Airlines, Gulf Air G.S.C., Egyptair, Sas Scandinavian Air, Avianca S.A., Aerovías de México, Royal Air Maroc, Hahn Air, Lufthansa, Thy Turkish Airlines, British Midland, Austrian Airlines, Jet Airways, Spanair S.A., Swiss Int. Air Lines, Air Berlin, Air Europa L.A. S.A., Air China, Hainan Airlines y Uzbekistan Airlines, asistidas por el Letrado David Sans Acuña y representadas por el Procurador Jordi Fontquerni Bas, y el Ministerio Fiscal. De esta sentencia, que expresa la opinión del Tribunal, ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Joan Francesc Uría Martínez.

Barcelona, veinticinco de octubre de dos mil dieciséis.

Antecedentes de hecho
Primero

En la fase intermedia de esta causa, instruida por el Juzgado de Instrucción núm. 4 de Santa Coloma de Gramanet con el núm. 995/2010 de diligencias previas, después 22/2013 de procedimiento abreviado, el Ministerio Fiscal formuló acusación contra Miguel Ángel, como autor responsable de un delito continuado de apropiación indebida de los artículos 252, 250.1.5º y 74.1 del Código Penal (en adelante CP), interesando la imposición al mismo de las penas de 6 años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de esa condena y multa de 12 meses a razón de 10 euros de cuota diaria, al pago de las costas y a indemnizar a Delta Airlines, Vueling Airlines, Tap Air Portugal, Olympic Air, Alitalia S.P.A., Air France, Csa Czech Airlines, Gulf Air G.S.C., Egyptair, Kingfisher Airlines, Sas Scandinavian Air, Avianca S.A., Aerovías de México, Royal Air Maroc, Hahn Air, Lufthansa, Thy Turkish Airlines, British Midland, Uzbekistan Airlines, Austrian Airlines, Jet Airways, Cimber Air, Spanair S.A., Swiss Int. Air Lines, Air Berlin, Tam Linhas Aereas, Air Europa L.A. S.A., Air China y Hainan Airlines en las cantidades de euros 1961'75, 12299'61, 2379'81, 138'12, 69162'80, 59967'25, 2702'74, 45299'72, 4307'67, 379'34, 159'75, 85241'69, 1547'42, 20906'31, 49710'40, 53787'02, 44050'48, 2548'41, 31588'01, 953'90, 20367'30, 161'84, 9944'69, 37433'62, 469'19, 28939'11, 52073'15, 1443'36 y 1040'71, respectivamente.

La representación procesal de Delta Airlines, Vueling Airlines, Tap Air Portugal, Olympic Air, Alitalia S.P.A., Air France, Csa Czech Airlines, Gulf Air G.S.C., Egyptair, Sas Scandinavian Air, Avianca S.A., Aerovías de México, Royal Air Maroc, Hahn Air, Lufthansa, Thy Turkish Airlines, British Midland, Austrian Airlines, Jet Airways, Spanair S.A., Swiss Int. Air Lines, Air Berlin, Air Europa L.A. S.A., Air China, Hainan Airlines y Uzbekistan Airlines formuló acusación contra Miguel Ángel y Raúl, entre otros, como coautores de un delito de apropiación indebida del artículo 252 en relación con el artículo 250.1.5º CP y de un delito de integración en organización criminal del artículo 570bis 1 CP o, alternativamente, de un delito de integración en grupo criminal del artículo 570 ter 1 b) CP, interesando la imposición a los mismos de las siguientes penas: al primero, 6 años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y la de agente de viajes durante el tiempo de esa condena y multa de 8 meses a razón de 20 euros de cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, por el delito de apropiación indebida, y 6 años de prisión e inhabilitación especial para el desarrollo de la actividad de agente de viajes por tiempo superior a 12 años al de la duración de la pena de prisión, por el delito de integración en organización criminal, o. alternativamente, 2 años de prisión e inhabilitación especial para el desarrollo de la actividad de agente de viajes por tiempo superior a 12 años al de la duración de la pena de prisión, por el delito de integración en grupo criminal; y al segundo, 4 años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y la de agente de viajes durante el tiempo de esa condena y multa de 6 meses a razón de 20 euros de cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, por el delito de apropiación indebida, y 3 años de prisión e inhabilitación especial para el desarrollo de la actividad de agente de viajes por tiempo superior a 12 años al de la duración de la pena de prisión, por el delito de integración en organización criminal,

o. alternativamente, 1 año de prisión e inhabilitación especial para el desarrollo de la actividad de agente de viajes por tiempo superior a 12 años al de la duración de la pena de prisión, por el delito de integración en grupo criminal. También interesó la acusación particular la imposición a los acusados de las costas procesales, incluidas las suyas, y la condena de los mismos y de varias agencias de viajes a indemnizar solidariamente a las compañías aéreas acusadoras a través de IATA en un total de 611484'88 euros.

El juicio oral no se abrió ni contra agencias de viajes ni por los delitos de integración en organización criminal o de integración en grupo criminal.

Segundo

En trámite de calificación provisional, las defensas interesaron la libre absolución de los acusados.

Tercero

En el juicio oral, tras la práctica de la prueba y en trámite de conclusiones, el Ministerio Fiscal y las defensas elevaron a definitivas sus respectivas calificaciones provisionales, mientras que la acusación particular modificó la suya en el sentido de, manteniendo la acusación contra Miguel Ángel y Raúl, calificar los hechos únicamente de delito de apropiación indebida, manteniendo las penas interesadas para cada acusado por este delito en el escrito de acusación, el pedimento de imposición de costas y el importe de la indemnización, limitando a esos acusados la reclamación de responsabilidad civil, con carácter solidario.

Hechos probados

Al Farah Travel, S.L.U., que tenía por objeto social el ejercicio de actividades propias de las agencias de viajes, y cuya sede social se hallaba en la calle Listz, nº 79, bajos, de Santa Coloma de Gramanet, había suscrito en 2008 contrato que la habilitaba, como agente IATA (Internacional Air Transport Association), para la venta de billetes de transporte aéreo de pasajeros, con la obligación de ingresar los días 15 de cada mes, en la cuenta bancaria designada por IATA, el importe neto de las ventas efectuadas durante el mes anterior, obtenido al descontar del importe bruto de las ventas el IVA y la comisión que le correspondía como agente, de conformidad con el plan de facturación y liquidación gestionado por IATA a través del sistema de liquidación de ventas BSP (Billing and Setllement Plan). Una persona no enjuiciada aquí ideó un plan para proceder a la venta masiva de billetes de transporte aéreo en un corto espacio de tiempo entre dos liquidaciones de un agente de IATA, y embolsarse el dinero obtenido de la venta, cuyo plan requería hacerse con una agencia de viajes que dispusiera de licencia y códigos IATA, para así poder emitir billetes de compañías aéreas asociadas en IATA. A...

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