STSJ Comunidad Valenciana 2585/2014, 12 de Noviembre de 2014

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2014:10525
Número de Recurso981/2014
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2585/2014
Fecha de Resolución12 de Noviembre de 2014
EmisorSala de lo Social

1 RECURSO SUPLICACION - 000981/2014

Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Mª Mercedes Boronat Tormo

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Inmaculada Linares Bosch

Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Mª Carmen López Carbonell

En Valencia, a doce de noviembre de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2585 DE 2014

En el RECURSO SUPLICACION - 000981/2014, interpuesto contra la sentencia de fecha 14 de enero de 2014, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 9 DE VALENCIA, en los autos 000762/2012, seguidos sobre MINUSVALIA, a instancia de Guadalupe, contra CONSELLERIA DE JUSTICIA Y BIENESTAR SOCIAL, y en los que es recurrente Guadalupe, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/

  1. Sr/a. Dº./Dª. Inmaculada Linares Bosch.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Que, desestimando la demanda interpuesta por Dña. Guadalupe contra la CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA, debo absolver y absuelvo a la demandada de la pretensión en su contra deducida".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: "PRIMERO.-Que la demandante, Dña. Guadalupe ., con DNI nº NUM000, nacida el día NUM001 -44, solicitó en mayo de 2009 ante la Consellería de Bienestar Social de la Generalitat Valenciana el reconocimiento de pensión de jubilación no contributiva, que le fue reconocida con efetos de 1-6-09 y una cuantía mensual de 336#33 euros. SEGUNDO.- En el mes de diciembrede 2011 se revisa de oficio el expediente, al haber detectado que la interesada era perceptora de una pensión de familiares de militares desde 1-8-11 con una cuantía anual de 1.137#08 euros, por lo que con fecha 30-12-11 se emitió resolución en la que se estableció una cuantía mensual de pensión no contributiva de 347#6 euros con efectos desde el 1-8-11, ya que al no superar los ingresos propios el 25% del importe de la PNC anual, no se le reduce la cuantía.TERCERO.-Que el 29-2-12 se recibió por la Consellería demandada escrito del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, informando que le habían reconocido a la actora una pensión de orfandad de clases pasivas, con una cuantía anual de 2.909#16 euros con 14 pagas y efectos económicos desde el 1-8-11, procediendo la demandada a efectuar una revisión de oficio y a reducirle la cuantía que tenía reconocida desde esa fecha, al tener ingresos propios superiores al 25% al importe de la PNC, emitiendo una resolución de modificación de la cuantía el 8-3-12 en la que se establece que la cuantía regularizada a la que pasaba a tener derecho a la pensión no contributiva era de 226#70 euros para el 2011 y de 275#10 para el 2012, creándole un cobro indebido de 799#40 euros, que le sería descontado en nómina en 5 mensualidades.Dicha resolución de modificación de la cuantía se encuentra impugnada mediante demanda turnada al Juzgado de lo Social nº6 de Valencia, pendiente de juicio.CUARTO.-Que el 7-3-12 la actora presentó en la Consellería demandada sendos escritos comunicando los cambios económicos que se habían producido y que afectaban a los ejercicios fiscales 2011 y 2012, indicando que sus ingresos eran los que se detallan a continuación, aportando documentos compulsados justificativos de estos datos, en los que la Consellería detecta además que le ha concedido una pensión en Suiza:AÑO 2011:-Por parte de la Consellería : Pensión No Contributiva de Jubilación 14 pagas de 347#60 = 4.957#40 euros.-Por SGAE (Autores) 141#29 + retenciones 21#19 = 162#48 euros-Por seguro de vejez, Suiza 2011( cambio de CHF a Euros) = 822#84 euros.-Por pensión hija de maestro desde agosto 11 5+ 5/6 = 1.125#58 euros-Por pensión hija de militar desde agosto 11= 460#25 euros.AÑO 2012:-Por parte de la Consellería : Pensión No Contributiva de Jubilación 14 pagas de 357#70 euros.-Por seguro de vejez, Suiza 2012( cambio de CHF a Euros) 70#54x12 meses.-Por pensión hija de maestro: 209#88 x 14 meses.-Por pensión hija de militar: 82#03 x 14 pagas.-Por SGAE (Autores) se desconoce a esa fecha .QUINTO.-Que en fecha 14-3-12 se emite por la demandada resolución de extinción del derecho a la pensión no contributiva con los efectos de 01-12-11, declarando un cobro indebido a esa fecha por un importe de 1886#16 euros, estando incluida en esta cantidad los 799#40 euros de la resolución de fecha 8-3-12), ya que la pensión de Suiza le fue concedida en noviembre de 2011 y recibió el ingreso en su cuenta el 12-12-11, no comunicando dicha variación en el plazo de 30 días.SEXTO. - Que, contra dicha resolución formuló la demandante reclamación previa el 26-4-12 alegando que sus ingresos del año 2012 ascendían a

4.933#22 euros ; reclamación que fue desestimada porque en dicho cálculo no había incluido los ingresos de la SGAE, computando la Consellería demandada como tales los percibidos en el año 2011 de 162#48 euros y que suponía los iba a percibir en el año 2012, ya que lo venía cobrando desde el año 2008, tal y como ella misma declaró en su solicitud de pensión de mayo 2009.SÉPTIMO.-Que el cobro indebido se envió a la TGSS...

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