STSJ Asturias 2634/2016, 13 de Diciembre de 2016

PonenteJESUS MARIA MARTIN MORILLO
ECLIES:TSJAS:2016:3426
Número de Recurso2479/2016
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2634/2016
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2016
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 02634/2016

T.S.J. ASTURIAS SALA SOCIAL - OVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax: 985 20 06 59

NIG: 33024 44 4 2016 0000871

Modelo: 402250

RSU RECURSO SUPLICACION 0002479 /2016

Procedimiento origen: DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 204/2016

Sobre: DESPIDO OBJETIVO

RECURRENTE/S D/ña Baltasar

ABOGADO/A: JONATAN TOBIO FERNANDEZ

RECURRIDO/S D/ña: EMCOR S.A., FOGASA FOGASA

ABOGADO/A: FOGASA

PROCURADOR: MARGARITA ROZA MIER

Sentencia nº 2634/2016

En OVIEDO, a trece de diciembre de dos mil dieciséis.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, el Tribunal de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, formado por los Ilmos. Sres. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª. MARÍA VIDAU ARGÜELLES y D. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el RECURSO DE SUPLICACIÓN 2479/2016, formalizado por el Letrado D. Jonatan Tobío

Fernández, en nombre y representación de D. Baltasar, contra la sentencia número 257/2016 dictada por el JDO. DE LO SOCIAL N. 4 de GIJÓN en el procedimiento DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 204/2016, seguido a instancia del citado recurrente frente a la empresa EMCOR S.A., representada por la Procuradora Dª Margarita Roza Mier, bajo la dirección letrada de D. Diego Cueva Díaz, y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, representado por el Abogado del Estado, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. JESÚS MARÍA MARTÍN MORILLO .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Baltasar presentó demanda contra la empresa EMCOR S.A. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual dictó la sentencia número 257/2016, de fecha ocho de agosto de dos mil dieciséis .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El actor prestó servicios para la entidad demandada desde el 22 de junio de 2010 en principio en virtud de contrato temporal convertido en indefinido acogiéndose a lo prevenido en la ley 12/2001 de 9 de julio.

    Su categoría era la de oficial de primera, siendo su salario día el de 58,74 euros.

    Percibió durante 7 meses en el ultimo año de prestaciones de servicios un concepto voluntario y variable en la nominas.

  2. - Con fecha 29 de febrero de 20156 recibe misiva con el siguiente contenido:

    "DON Baltasar NIF NUM000 Centro de trabajo.

    Estimado Baltasar :

    Por medio del presente escrito, le comunicamos que en el día de hoy, 29 de febrero de 2016, quedará extinguido su contrato laboral por causas objetivas, de conformidad con lo dispuesto en el art 52 e ) y 53 del E.T .

    La necesidad de amortizar su puesto de trabajo tiene su origen en CAUSAS ECONOMICAS puesto que, en los últimos años, la decisión del Gobierno de reducir la inversión del estado en Minería y Obras Públicas, ha provocado que las ventas de nuestros productos se hayan reducido sensiblemente.

    Y así, la producción en HUNOSA ha alcanzado mínimos históricos en el último año.

    Y la obra pública en España, ante la falta de nuevas licitaciones, y el incumplimiento de los compromisos de inversión en la línea del AVE a Galicia, ha quedado sensiblemente reducida. Siendo lo cierto, que cuanto al mercado exterior, después de unos inicios esperanzadores el pasado año también se encuentra prácticamente paralizada, especialmente, en los mercados a los que nos dirigíamos que eran los países iberoamericanos.

    Pero también se basa en causas TECNICAS y ORGANIZATIVAS ante la necesidad de reestructurar la plantilla, tras la adquisición el pasado 2 de Diciembre de 2015 de una línea de soldadura automática, que hace necesarios varios puestos de trabajo.

    En cuanto a las CAUSAS ECONOMICAS alegadas, se debe destacar que consta acreditada una PERSISTENTE DISMINUCION DE INGRESOS EN LOS ULTIMOS TRES TRIMESTRES CERRADOS, si los comparamos con lo ocurrido en las mismas mensualidades del año anterior, cumpliéndose con ello el requisito exigido para que se valore la existencia de causas económicas, de acuerdo con lo determinado en el art. 51.1 párrafo tercero del ET .

    Así, sin comparamos el segundo trimestre del año 2015, con el equivalente del año 2014, observamos que ha existido un descenso en la facturación de 2.124.402,81 €.

    Y ello de acuerdo con el siguiente desglose:

  3. T

    2014 2015 DIFERENCIA

    NACIONAL 4.679.627,95 1.424.265,42 3.255. 2,53

    EXPORTACIONES 672.024,93 1.661.368,49 989. 3,56

    INTRACOMUNITARIAS 194.827,54 3 159. 8,24 154.175,78 OTRAS EXENTAS 38.911,60 21.179,52 -17.732,08

    1

    TOTALES...: 5.585.392,02 3.460.989,21 2.124.402,81

    Pudiendo observarse el tremendo descenso sufrido en las ventas del mercado nacional, que ha podido ser compensado en parte con ventas en el mercado exterior.

    Pero, si comparamos el tercer trimestre del año 2015 con el mismo del año 2014, comprobamos que 1adiferencia de facturación entre uno y otro ejercicio se eleva a 3.504.562,55 €.

    Y ello de acuerdo con el siguiente desglose:

    3T

    2014 2015 DIFERENCIA

    NACIONAL 4.185.780,23 1.718.968,67 2.466.811,56

    EXPORTACIONES 696.881,04 650.546,76 -46.334,28

    INTRACOMUNITARIAS 1.069.920,18 108.169,47 - 29.666,00

    TOTALES.... 6.000.587,33 2.496.024,78 3.504.562,55

    Pudiendo observar un verdadero desplome en las ventas en el mercado nacional, que se reduce en más de un cincuenta por ciento respecto a la del año anterior, empezando a reducirse, asimismo, las ventas habidas en el mercado exterior.

    Y si, finalmente comparamos el cuarto trimestre del año 2015 con el mismo del año 2014 comprobamos que la diferencia de facturación entre uno y otro ejercicio se desploma por completo, elevándose a

    3.903.940,63€.

  4. T

    2014 2015 DIFERENCIA

    NACIONAL 3.414.415,37 717.403,35 2.697.012,02

    EXPORTACIONES 1.451.513,60 452.861,50 - 998.652,10

    INTRACOMUNITARIAS 308.237,46 90.151,05 - 218.086,41

    OTRAS EXENTAS 34.027,53 43.837,43 9.809,90

    TOTALES ........... 5.208.193,96 1.304.253,33 3.903.940,63

    Produciéndose un descenso tanto en las ventas del mercado interior como exterior.

    Y ello, pese a que el cuarto trimestre del 2014, fue cuando se inició el descenso en la facturación, de modo que si comparásemos el cuarto trimestre del año 2014 con el equivalente del 2013, observamos que ya se había producido un descenso de facturación de 748.591,48 €.

    Y ello de acuerdo con el siguiente desglose:

    TOTAL 4T

    NACIONAL 5.204.576,06 3.414.415,37 1.790.160,69

    EXPORTACIONES 334.521,31 1.451.513,60 1.116.992,29

    INTRACOMUNITARIAS 356.753,52 308.237,46 - 48.516,06

    OTRAS EXENTAS 60.934,55 34.027,53 - 26.907,02

    5.956.785,44 5.208.193,96 - 748.591,48

    Con lo que en los tres trimestres analizados, el descenso total de facturación ha alcanzado la cifra de

    9.532.905,99 €, produciéndose un descenso total de un 57,76 % respecto de la cifra de facturación del año anterior.

    Y ello de acuerdo con el siguiente desglose: 2014 2015 DIFERENCIA

    NACIONAL. 12.279.823,55 3.860.637,44 8.419.186,11

    EXPORTACIONES 2.820.419,57 2.764.776,75 - 55.642,82

    INTRACOMUNITARIAS 1.572.985,18 552.496,30 1.020.488,88

    OTRAS EXENTAS 120.945,01 83.356,83 - 37.588,18

    TOTALES.... 16.794.173,31 7.261.267,32 9.532.905,99

    Pudiendo observarse que continua incrementándose el desplome de las ventas en el mercado nacional, que se reduce a menor de un tercio de lo vendido en el mismo periodo del año anterior y que no puede ser compensado con el incremento de ventas en el exterior, que ha quedado frenado por la crisis mundial.

    Resultando que el ejercicio 2014, concluyó con cuantiosas perdidas, que se han elevado, finalmente a 446.092, 20 €, que es provocado, principalmente, por un desplome de la actividad en el último trimestre de 2014, llegando a sufrir un descenso en su facturación de1.790.160,69 €.

    2.013 2.014

    octubre 1.677.674,17 1.330.700,44

    noviembre 1.895.569,68 1.135.104,73

    diciembre 1.631.332,21 948.610,20

    5.204.576,06 3.414.415,37

    Pero es que los resultados que vienen arrastrándose en el 2015 han sido mucho peores y así pese a que a lo largo del año se han intentado acomodar los gastos a los ingresos, llevándose a cabo una importante reducción de la plantilla y la aprobación de un ERTE que afectaba a los dos Talleres a 31 de Diciembre de 2015, el resultado final ha arrojado pérdidas por importe de 746.625,31 euros.

    Con lo que existen PÉRDIDAS ACTUALES, cumpliéndose con ello e1 requisito exigido para que se valore la existencia de causas económicas, de acuerdo con lo determinado en el Art 51. 1 párrafo tercero del ET .

    Manteniéndose la tónica de descenso de facturación en lo que va de año, encontrándonos ante unas malas perspectivas de negocio, que confirman que no se está atravesando una crisis coyuntural, sino que, en muchos años, será muy difícil acercarse a las cifras de facturación del 2014, lo que provoca que se haya tomado la decisión de suspender la aplicación del ERTE y llevar a cabo nuevas extinciones de contratos y, entre otros, el suyo.

    Resultando que la falta de pedidos afecta esencialmente al taller de fabricación de bulones a cuya plantilla usted pertenece.

    Siendo lo cierto que se ha pasado de una producción media mensual en e1 2014 de 52.000 bulones a otra de 29.000 bulones en el 2015, siendo más significativo el descenso en el último cuarto de año, y así,

    21.500 en septiembre, 24.330 en Octubre, 20.400 en Noviembre, llegando a 10.387 en Diciembre. Habiéndose incrementado la venta a 28.835 en Enero de 2016, pero quedando reducida a 13.800 en Febrero de 2016.

    Pudiendo solicitar del Departamento de Administración, y producción que le muestre la documentación contable, fiscal y analítica que justifica lo manifestado más...

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