SAP Madrid 521/2016, 7 de Octubre de 2016

PonenteCESAR TEJEDOR FREIJO
ECLIES:APM:2016:15209
Número de Recurso505/2016
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución521/2016
Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Novena

C/ Ferraz, 41, Planta 1 - 28008

Tfno.: 914933935

37007740

N.I.G.: 28.079.00.2-2014/0011137

Recurso de Apelación 505/2016 -5

O. Judicial Origen: Juzgado de 1ª Instancia nº 49 de Madrid

Autos de Procedimiento Ordinario 369/2014

APELANTE: D. Anselmo

PROCURADOR: D. ENRIQUE JOSÉ THOMAS DE CARRANZA MÉNDEZ DE VIGO

APELADO: " AXA SEGUROS GENERALES SA SEGUROS Y REASEGUROS"

PROCURADOR: D. MIGUEL ÁNGEL BAENA JIMÉNEZ

SENTENCIA Nº

Ilmos. Srs. Magistrados:

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS

Dña. MARÍA JOSÉ ROMERO SUÁREZ

D. CÉSAR TEJEDOR FREIJO

En la Villa de Madrid, a siete de octubre de dos mil dieciséis.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de Madrid, los autos de Procedimiento Ordinario nº 369/2014, procedentes del Juzgado de Primera Instancia Nº 49 de Madrid, a los que ha correspondido el Rollo de apelación nº 505/2016, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada, "AXA SEGUROS GENERALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS Y REASEGUROS", representada por el Procurador D. Miguel Ángel Baena Jiménez; y de otra, como demandado y hoy apelante, D. Anselmo, representado por el Procurador D. Enrique José Thomas de Carranza y Méndez de Vigo; sobre reclamación de cantidad.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. CÉSAR TEJEDOR FREIJO.

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 49 de Madrid, en fecha siete de septiembre de dos mil quince, se dictó Sentencia cuya parte parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO . ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador D. MIGUEL ÁNGEL BAENA JIMÉNEZ en nombre y representación de AXA SEGUROS GENERALES SA DE SEGUROS Y REASEGUROS contra D. Anselmo, y, en su virtud debo condenar y condeno a D. Anselmo, a que abone a la parte actora LA CANTIDAD de ONCE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS (11.336,92), más intereses legales y costas del procedimiento.".

SEGUNDO

Notificada la mencionada Sentencia, por la representación procesal de la parte demandada, previos los trámites legales oportunos, se interpuso recurso de apelación, el cual le fue admitido, y, dándose traslado del mismo a la contraparte, se opuso a él, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones, sustanciándose el recurso por sus trámites legales.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento para votación y fallo, que tuvo lugar el pasado día seis de octubre del presente año.

CUARTO

En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia estimatoria de las pretensiones de reclamación de cantidad a instancia de AXA SEGUROS GENERALES S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS (en adelante AXA, Aseguradora ó demandante-apelado), que efectuó al amparo del art. 43 de la Ley 50/80 de 8 de octubre de Contrato de Seguro, en repetición de 11.336,92 euros, cantidad ésta abonada a su asegurado, se presenta recurso de apelación por la parte demandada y condenada al pago a la referida cantidad, más intereses y costas, alegando error en la valoración de la prueba, que articuló en tres motivos en los que se viene a denunciar lo irracional e ilógico del iter deductivo realizado por la juzgadora a quo, al dar prevalencia al que denomina en el recurso pseudo informe " Marino "; no tener en cuenta que el siniestro de agosto de 2013 trae causa del siniestro ocurrido en mayo del mismo año bajo la cobertura de la aseguradora ZURICH; y error en la valoración de unos mismos daños, bajo pólizas distintas.

En el escrito del recurso acompaña prueba documental consistente en la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 14, Rollo 213/2015, de fecha 10 de septiembre de 2015 y que a su entender tiene incidencia en la resolución de las presentes actuaciones por ser las partes intervinientes, Dña. Salvadora, asegurada de AXA, y el propio demandado y ahora apelante.

Habida cuenta que por providencia de uno de junio pasado se acordó resolver sobre la admisión y alcance del documento en la sentencia que ahora dictamos, hemos de decir que procede su unión a los meros efectos testimoniales, por hacer alusión a circunstancias que pudieran ser relevantes en los presentes autos y que valoraremos convenientemente.

SEGUNDO

Se alega, como hechos dicho, por la parte recurrente la existencia de error en la apreciación y valoración de la prueba practicada y más concretamente en lo que atañe a lo que ahora resolvemos, la prueba pericial.

Al efecto, tal y como tenemos declarado con reiteración en numerosas resoluciones de las que por todas citamos la reciente sentencia de esta Sala de fecha 13/05/2016, Recurso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 24 de Abril de 2019
    • España
    • 24 Abril 2019
    ...contra la sentencia dictada, con fecha 7 de octubre de 2016, por la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 9.ª, en el rollo de apelación 505/2016 , dimanante de los autos de juicio ordinario 369/2014, del Juzgado de Primera Instancia n.º 49 de Mediante diligencia de ordenación se tuvieron ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR