SAP Ciudad Real 226/2016, 4 de Octubre de 2016

PonenteIGNACIO ESCRIBANO COBO
ECLIES:APCR:2016:712
Número de Recurso27/2016
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución226/2016
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Ciudad Real, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

CIUDAD REAL

SENTENCIA: 00226/2016

N10250

CABALLEROS, 11, PLANTA SEGUNDA

Tfno.: 926 29 55 25/55 98 Fax: 926295522

MCR

N.I.G. 13087 41 1 2012 0201237

ROLLO DE APELACION CIVIL: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000027 /2016 -A

Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de VALDEPEÑAS

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000701 /2012

Recurrente: Tamara

Procurador: MARIA DEL CARMEN MADRIGAL RUIZ

Abogado: CRISTINA GARCIA MENDOZA

Recurrido: Cecilia

Procurador: MARIA TERESA GARCIA SERRANO

Abogado: JUAN CARLOS GARCIA DEL BARBO SANCHEZ

Ilma. Sra. Presidenta :

Dª CARMEN PILAR CATALAN MARTIN DE BERNARDO

Ilmos. Srs. Magistrados:

D. IGNACIO ESCRIBANO COBO

D. FULGENCIO VICTOR VELAZQUEZ DE CASTRO PUERTA

D. JOSE MARIA TAPIA CHINCHON

S E N T E N C I A Nº 226/16

En Ciudad Real, a cuatro de Octubre de dos mil dieciséis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 2, de la Audiencia Provincial de CIUDAD REAL, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 701/2012, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de VALDEPEÑAS, a los que ha correspondido el Rollo RECURSO DE APELACION (LECN) 27/2016, en los que aparece como parte apelante, Tamara, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA DEL CARMEN MADRIGAL RUIZ, asistido por la Abogada Dª. CRISTINA GARCIA MENDOZA, y como parte apelada, Cecilia, representado por la Procuradora de los tribunales, Sra. MARIA TERESA GARCIA SERRANO, asistido por el Abogado D. JUAN CARLOS GARCIA DEL BARBO SANCHEZ, siendo el Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO ESCRIBANO COBO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDI. DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE VALDEPEÑAS, por el mismo se dictó Sentencia con fecha 20/02/2015, cuya parte dispositiva dice:

Se estima sustancialmente la demanda presentada por DOÑA Cecilia, frente a DOÑA Tamara, y se condena a la mencionada demandada al pago a la demandante de la cantidad de 15.201.30 euros, más los intereses desde la reclamación extrajudicial y las costas procesales.

Notificada dicha resolución a las partes, por el apelante Dª. Tamara, se interpuso recurso de apelación y cumplidos los trámites correspondientes fueron remitidos a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida, señalándose para el acto de la votación y fallo el DIA 4 de Octubre de 2016 .

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se articula por la representación procesal de la demandada Dª. Tamara, recurso de apelación contra la sentencia dictada con fecha 20 de Febrero de 2.015, por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de los de Valdepeñas, en los autos de juicio civil ordinario, seguidos ante dicho juzgado bajo el número 701/2.012, viniendo a suplicar su revocación, con correlativa desestimación íntegra del suplico inserto en el escrito rector de demanda.

SEGUNDO

El recurso aludido viene a vertebrarse en denuncia fundamental de comisión por la Juzgadora a quo de error valorativo probatorio en diferentes ámbitos, a saber:

  1. Inicialmente y en cuanto a las alegadas falta de legitimación activa y pasiva ha de señalarse respecto de la primera el reconocimiento de dicha cualidad de propietaria de la actora por la propia demandada en el contrato locaticio obrante en autos, a lo que se debe de añadir el propio contenido...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 30 de Octubre de 2019
    • España
    • 30 Octubre 2019
    ...dictada en segunda instancia, el 4 de octubre de 2016, por la Audiencia Provincial de Ciudad Real, Sección 2.ª, en el rollo de apelación n.º 27/2016, dimanante del juicio ordinario n.º 701/2012, seguido ante el Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Por la indicada Audiencia Provincial se tu......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR