ATS, 8 de Noviembre de 2016

PonentePEDRO JOSE VELA TORRES
ECLIES:TS:2016:10030A
Número de Recurso485/2015
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de Noviembre de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO

La representación procesal de las sociedades Lundbeck A/S, Lundbeck España SA y Almirall SA, presentó el día 13 de enero de 2015 escrito interponiendo recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Decimoquinta) de fecha 22 de octubre de 2014, en el rollo de apelación n.º 371/2013 -Tercera, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 185/2012, del Juzgado Mercantil n.º 4 de Barcelona.

SEGUNDO

Por diligencia de ordenación, se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala.

TERCERO

Recibidos los autos en este tribunal y formado el presente rollo, la procuradora D.ª María Dolores Girón Arjonilla, en nombre y representación de las sociedades Lundbeck A/S, Lundbeck España SA y Almirall SA, presentó escrito ante esta sala el día 13 de febrero de 2015, personándose en calidad de parte recurrente.

El procurador D. Antonio Sorribes Calle, en nombre y representación de las sociedades Mylan Pharmaceuticals SL, Synthon Hispania SL, Qualigen SL y Premium Pharma SL, presentó el día 16 de marzo de 2015 escrito personándose ante esta sala en concepto de parte recurrente.

El procurador D. Aníbal Bordallo Huidobro, en nombre y representación de las sociedades Sandoz Farmacéutica SA, Bexal Farmacéutica SA, Laboratorios Cinfa SA, Laboratorios Stada SL, Laboratorios Normon SA, Mabo Farma SA, Laboratorios Davur SL, Teva Pharma SLU, Actavis Spain SA, Ratiopharm España SA, Kern Pharma SL, Laboratorios Alter SA, Apotex España SL y Vegal Farmacéutica SL, presentó el día 11 de marzo de 2015 escrito personándose en concepto de parte recurrida.

El procurador D. Javier Zabala Falcó, en nombre y representación de Germed Farmacéutica, S.L., presentó escrito el 16 de marzo de 2015 personándose en concepto de parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Pedro Jose Vela Torres

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación y extraordinario por infracción procesal interpuesto por la representación procesal de Lundbeck A/S, Lundbeck España SA y Almirall SA, al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en los art. 469 y 477 LEC , y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad con los art. 474 y 485 LEC , la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de las sociedades Lundbeck A/S, Lundbeck España SA y Almirall SA, contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección Decimoquinta), en fecha 22 de octubre de 2014 .

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR