STSJ Comunidad de Madrid 537/2016, 14 de Septiembre de 2016

PonenteMARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
ECLIES:TSJM:2016:9862
Número de Recurso41/2016
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución537/2016
Fecha de Resolución14 de Septiembre de 2016
EmisorSala de lo Social

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27, Planta 3 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34002650

251658240

NIG : 28.079.00.4-2015/0012430

Procedimiento Recurso de Suplicación 41/2016

ORIGEN:

Juzgado de lo Social nº 16 de Madrid Procedimiento Ordinario 294/2015

Materia : Reclamación de Cantidad

Sentencia número: 537/2016-CB

Ilmos. Sres

  1. JOSÉ RAMÓN FERNÁNDEZ OTERO

    Dña. M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN

  2. JOSÉ IGNACIO DE ORO PULIDO SANZ

    En Madrid, a 14 de septiembre de 2016, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección Tercera de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

    EN NOMBRE DE S.M. EL REY

    Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

    EL PUEBLO ESPAÑOL

    ha dictado la siguiente

    S E N T E N C I A

    En el Recurso de Suplicación número 41/2016 formalizado por el letrado DON MAXIMILIANO VILLAJOS IZQUIERDO en nombre y representación de DON Luis Andrés, contra la sentencia número 308/2015 de fecha 1 de julio, dictada por el Juzgado de lo Social número 16 de los de Madrid, en sus autos número 294/2015, seguidos a instancia del recurrente frente a TALLERES JAMAICA, S.A., en reclamación de cantidad, siendo Magistrada-Ponente la Ilma. Sra. Dña. M. VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

"PRIMERO.- Luis Andrés, con DNI NUM000 y número de afiliación a la Seguridad Social NUM001, prestaba servicios para TALLERES JAMAICA S.A., con una antigüedad de 2 de enero de 1987 y percibiendo una base del IRPF DE 2593 euros (noviembre, diciembre de 2014, enero de 2015, febrero de 2015), 2585,54 (paga extraordinaria de diciembre de 2014)

SEGUNDO

En la vida laboral consta de alta en TALLERES JAMAICA S.A. en el Régimen General desde 1 de octubre de 1980 a 17 de enero de enero de 1983, de 7 de marzo de 1983 a 30 de abril de 1983 y desde 2 de enero de 1987 a 31 de octubre de 1994 (folios 86 a 88 de autos).

TERCERO

Consta dado de alta en el R.E.T.A. desde el 1 de 11 de 1994.

El importe de la cuota de Seguridad Social al R.E.T.A. se abonaba con cargo a cuenta de TALLERES JAMAICA S.A (folios 19 a 21).

CUARTO

La mercantil demandada TALLERES JAMAICA S.A. se constituyó ante el Notario Don Ignacio Solís Villa el 24 de abril de 1980 (folios 159 a 176 de autos).

En dicha escritura de constitución comparecieron Miguel, Jose Ramón Y Luis Andrés en calidad de socios; cada uno de los socios suscribió 400 acciones.

Luis Andrés solicitó la certificación de la denominación social de la empresa (folio 167).

En el nombramiento de cargos sociales se nombró (folio 164) como Presidente a Luis Andrés, como Consejero Secretario a Miguel y como Consejero, Jose Ramón .

QUINTO

El 29 de julio de 1992, Luis Andrés en representación de TALLERES JAMAICA S.A., compareció ante Notario para elevar a escritura la adaptación de estatutos de la empresa, aumentándose el capital social (folios 294 a 311 de autos).

Luis Andrés es Secretario del Consejo de Administración.

SEXTO

El 11 de Julio de 1997, el actor, como Secretario del Consejo de TALLERES JAMAICA S.A., compareció ante el Notario Francisco Javier Monedero San Martín, para elevar a públicos los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración (folios 212 a 320).

SÉPTIMO

El 7 de abril de 1995, se firma la escritura de compraventa otorgada por la Fundación Benéfico-Particular Residencia de Ancianos "Fausto Sobrino", en la que interviene como comprador el actor en nombre de TALLERES JAMAICA S.A. (folios 212 a 236 de autos); en dicha compraventa también intervino Jose Ramón .

OCTAVO

El 31 de julio de 1998, los dos anteriores intervinieron en la escritura de compraventa en el Local, situado en la planta baja, del edificio número 4 de la Calle Bardala (folios 237 a 245 de autos).

NOVENO

El 24 de febrero de 2005, Luis Andrés intervino como representante legal de TALLERES JAMAICA S.A. en el contrato de arras que consta en los folios 276 a 278 de autos y que se dan por reproducidos en aras a garantizar la debida economía procesal.

DÉCIMO

El 5 de Mayo de 2005, Luis Andrés y Jose Ramón suscribieron Préstamo Hipotecario con la Caja de Ahorro y Pensiones de Barcelona (folios 246 a 275 de autos).

DÉCIMOPRIMERO

El 5 de Mayo de 2005, Luis Andrés y Jose Ramón intervinieron como Consejeros Delegados Mancomunados de TALLERES JAMAICA S.A. en la división horizontal del local en régimen de propiedad horizontal, extinción de proindiviso y adjudicaciones que consta en los folios 279 a 293, que constan en autos y que se dan por reproducidos.

DÉCIMOSEGUNDO

El 21 de febrero de 2007, Luis Andrés, como Secretario del Consejo de Administración, comparece ante Notario para elevar a público el Acuerdo de nombramiento como Presidente el Sr. Jose Ramón, como Secretario el actor y como vocal el Sr. Miguel (folios 321 a 326 de autos). DECIMOTERCERO.- Constan en autos, contratos de energía y servicios adicionales, contratos de suministro de energía eléctrica, contratos de botellas en consignación, contratos de afiliación al programa telepago 4b de instalación del TPV 4B suscritos por el actor en nombre de TALLERES JAMAICA (folios 330 a ), ha realizado transferencias bancarias, ha solicitado licencia fiscal de actividades comerciales e industriales, ha inscrito a la empresa en la Seguridad Social, ha firmado actas de Inspección de Industria de Aceite Usado, ha firmado contratos de trabajo con empleados actuando como Administrador de la Empresa, pone en conocimiento de trabajadores la decisión de no renovarle el contrato de trabajo, ha solicitado incentivos y subvenciones, ha suscrito convenio de agrupación de empresas, ha solicitados adhesión al sistema arbitral de consumo, ha firmado acuerdos con Mutua Madrileña y Reale Seguros, presentación de IRPF, entre otros contratos y actuaciones (folios 330 a 438 de autos).

Constan como folios 89 a 100 comunicaciones dirigidas entre los Socios; las mismas se dan por reproducidas en aras a garantizar la debida economía procesal.

DECIMOCUARTO

El 29 de Julio de 2013, Luis Andrés compareció ante Notario para que entregase a Jose Ramón y el Sr. Miguel las cartas que trascritas en el acta de 29 de julio de 2013.

DECIMOQUINTO

El actor presentó demanda de juicio ordinario frente a los dos socios, siendo la acción ejercitada de responsabilidad de Administrador (folios 443 a 446 de autos).

DÉCIMOSEXTO

Se celebró Junta General de Accionistas el 17 de julio de 2014 en la que asistieron los tres socios de la mercantil y se nombraron nuevos consejeros y el actor rechazó el cargo de Consejero (folios 146 a 153 de autos).

DECIMOSÉPTIMO

El 23 de Julio de 2014, se elevó a escritura pública el nombramiento de Consejero de Jose Ramón, Secretario de Miguel y Vocal Julián (folios 177 a 187).

Luis Andrés ha sido Administrador de la sociedad hasta septiembre de 2014; el actor es "Gerente".

DECIMOCTAVO

El veintiuno de mayo de 2015, el Juzgado de lo Social número 18 de Madrid (folios 155 a 157, 449 a 454 de autos) dictó Sentencia en los Autos 137/2014 con el siguiente Fallo: "en las demandas acumuladas presentadas por D. Luis Andrés frente a TALLERES JAMAICA S.A., se aprecia que no hay relación laboral entre las partes no siendo competente la jurisdicción Social".

DECIMONOVENO

El 22 de junio de 2015, se dictó Diligencia de Ordenación por la Secretaria Judicial del Juzgado con el siguiente tenor literal:

"Presentado escrito por D/Dña. Luis Andrés, anunciando recurso de suplicación en tiempo y forma contra el/la sentencia de 21/05/2015, dictada en las presentes actuaciones acuerdo:

-Tener por anunciado el recurso de suplicación.

-Poner los autos a disposición del D. MAXIMILIANO VILLAJOS IZQUIERDO designado por D/Dña. Luis Andrés para que, se haga cargo de ellos e interponga el recurso en los DIEZ DÍAS siguientes al de la puesta a disposición. Este plazo correrá cualquiera que sea el momento en que recoja los autos puestos a su disposición. De no efectuarlo así, se tendrá a la parte recurrente por desistida del recurso ( art.195.2 LRJS ).

-Requerir a dicho letrado/graduado social colegiado para que designe en su escrito de formalización señale un domicilio en la localidad en que radica la sede del TSJ ( art. 198 LRJS ) y cumpla los requisitos establecidos en el art. 196 LRJS ".

VIGÉSIMO

El 10 de Marzo de 2015 presentó demanda la actora por la que reclama la cantidad de 6145,73 euros netos; el 21 de abril presentó demanda por la que reclama la cantidad de 4016,18 euros netos.

VIGESIMOPRIMERO

El 11 de diciembre y el 7 de Enero de 2015 presentó Papeletas de Conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Comunidad de Madrid, siendo celebrado el 7 de enero de 2015 el 23 de enero de 2015 con el resultado de SIN...

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