SAP Murcia 518/2016, 22 de Septiembre de 2016
Ponente | FRANCISCO JOSE CARRILLO VINADER |
ECLI | ES:APMU:2016:2060 |
Número de Recurso | 695/2016 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 518/2016 |
Fecha de Resolución | 22 de Septiembre de 2016 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
MURCIA
SENTENCIA: 00518/2016
N10250
SCOP CIVIL, PASEO DE GARAY, Nº 5, MURCIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO
Tfno.: 968 229137 Fax: 968 229278
N.I.G. 30030 37 1 2016 0000433
ROLLO: RPL RECURSO DE APELACION (LECN) 0000695 /2016
Juzgado de procedencia: JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.4 de MOLINA DE SEGURA
Procedimiento de origen: MODIFICACION DE MEDIDAS SUPUESTO CONTENCIOSO 0000499 /2014
Recurrente: Imanol
Procurador: ANGEL CANTERO MESEGUER
Abogado: JOSE MARIA PEÑARANDA GARCIA
Recurrido: Beatriz
Procurador: JORGE JOSE EGEA GABALDON
Abogado: INMACULADA MINERVA BUENDIA COLMENERO
ILMOS. SRES.
D. CARLOS MORENO MILLÁN
PRESIDENTE
D. FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER
D. JUAN ANTONIO JOVER COY
MAGISTRADOS
En la ciudad de Murcia, a veintidós de septiembre del año dos mil dieciséis.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial los autos de Juicio de Modificación de Medidas en procedimiento de Familia que con el número 499/14 inicialmente se ha seguido ante el Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Molina de Segura (Murcia) entre las partes, como actor y ahora apelante D. Imanol, representado por el Procurador Sr. Cantero Meseguer y defendido por el Letrado Sr. Peñaranda García, y como demandada y ahora apelada Dª. Beatriz, representada por el Procurador Sr. Egea Gabaldón y defendida por la Letrada Sra. Buendía Colmenera, ambos profesionales del turno de oficio. Siendo ponente don FRANCISCO JOSÉ CARRILLO VINADER que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado con fecha 1 de febrero de 2016 dictó en los autos principales de los que dimana el presente rollo la sentencia cuya parte dispositiva dice así: "FALLO: Que estimando la demanda presentada por D. Imanol, representado por el Procurador de los Tribunales D. Ángel Cantero Meseguer y asistido del Letrado D. José María Peñaranda García, y de Beatriz, representada por el Procurador D. Jorge José Egea Cabaldón y declaro la modificación de las medidas definitivas acordadas en sentencia de divorcio de fecha 24 de octubre de 2007 dictada en autos de divorcio de mutuo acuerdo tramitados en este Juzgado con el número 383/2007 con las siguientes consecuencias: 1.- Se acuerda fijar en concepto de pensión de alimentos a favor del hijo Jose Luis, nacido el día NUM000 de 1990 la cantidad de 100 euros mensuales durante un año desde la fecha de notificación de la presente a todas las partes transcurrido dicho periodo se declara extinguida la pensión de alimentos a favor del mismo. Sin condena en costas".
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, interpuso recurso de apelación D. Imanol, solicitando su revocación.
Después se dio traslado a la otra parte, quien presentó escrito oponiéndose al mismo, pidiendo la confirmación de la sentencia.
Por el Juzgado se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial, turnándose a la Sección Cuarta donde se registraron con el número de Rollo 695/2016. Tras personarse las partes, por providencia del día 15 de septiembre de 2016 se señaló el de ayer para la votación y fallo de la causa, que ha sido sometida a deliberación de la Sala.
En la sustanciación de esta segunda instancia se han observado las prescripciones legales.
D. Imanol plantea demanda de modificación de medidas definitivas fijadas en la sentencia de divorcio de 24 de octubre de 2007, en concreto, que se deje sin efecto la pensión de alimentos de 300 € al mes prevista a favor del hijo común, por ser mayor de edad y no estudiar ni trabajar o, alternativamente, que se reduzca a 100 € al mes durante un año y que se le atribuya a él el uso de la vivienda familiar o se fije alternancia en el mismo o se alquile.
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ATS, 10 de Abril de 2019
...del recurso de casación. SEGUNDO En el recurso de casación por interés casacional se alega y transcribe la sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia, Sección 4.ª núm. 518/2016 , y la núm. 143/2011, de la Audiencia Provincial de Valencia, Sección 10.ª, sin citar infracción sustantiva al......