SAP Madrid 308/2016, 20 de Septiembre de 2016

PonenteANGEL GALGO PECO
ECLIES:TS
Número de Recurso305/2014
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución308/2016
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2016
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 28ª

Audiencia Provincial Civil de Madrid

Sección Vigesimoctava

C/ Gral. Martínez Campos, 27, Planta 1 - 28010

Tfno.: 914931988

37007740

251658240

N.I.G.: 28.079.00.2-2014/0079148

Rollo de apelación nº 305/2014

Materia: Propiedad intelectual. Propiedad industrial

Órgano judicial de origen: Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid

Autos de origen: Juicio ordinario 1181/2010

Apelante: MEDIASET ESPAÑA COMUNICACIÓN, S.A. (antes GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A.)

Procurador/a: D. Manuel Sánchez Puelles

Letrado/a: D. Agustín González

Apelantes/apelados: ITV GLOBAL ENTERTAINMENT LIMITED

Procurador/a: Dª Isabel Campillo García

Letrado/a: D. Pedro Merino Baylos

SENTENCIA nº 308/2016

En Madrid, a 20 de septiembre de 2016.

En nombre de S.M. el Rey, la Sección Vigésima Octava de la Audiencia Provincial de Madrid, especializada en materia mercantil, integrada por los ilustrísimos señores magistrados D. Ángel Galgo Peco,

D. Gregorio Plaza González y D. Francisco de Borja Villena Cortés, ha visto en grado de apelación, bajo el nº de rollo 296/2014, los autos 305/2014, provenientes del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid.

Las partes han actuado representadas y con la asistencia de los profesionales identificados en el encabezamiento de la presente resolución.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

El procurador D. Manuel Sánchez Puelles, actuando en nombre y representación de GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A. presentó el 22 de diciembre de 2010 demanda contra ITV GLOBAL ENTERTAINMENT LIMITED en solicitud de sentencia "en la que:

  1. Declare la nulidad de los acuerdos denominados Head of Agreement (Pasapalabra Heads of Agreement, Library Minimum Commitment Heads of Agreement y Format Production Heads of Agreement). 2º Condene a ITV GLOBAL ENTERTAINMENT LIMITED a restituir a GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A. las cantidades entregadas en virtud de esos inválidos acuerdos, con sus intereses, en la forma que se establece en el hecho cuarto y el fundamento de derecho XI de esta demanda.

  2. Condene a ITV GLOBAL ENTERTAINMENT LIMITED a indemnizar a GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A. los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la invalidez de los Heads of Agreement, con sus intereses, en la forma que se establece en el hecho quinto y el fundamento de derecho XII de esta demanda.

4ª Condene en costas a ITV GLOBAL ENTERTAINMENT LIMITED en caso de oponerse a esta demanda".

SEGUNDO

Al dársele traslado de la demanda, ITV GLOBAL ENTERTAINMENT LIMITED presentó escrito contestación oponiéndose a lo que de contrario se solicitaba, formulando asimismo demanda reconvencional en solicitud de sentencia con los siguientes pronunciamientos:

"DECLARATIVOS

  1. Que Tele 5 ha incumplido el contrato "PASAPALABRA Heads of Agreement", causando daños y perjuicios a ITV.

  2. Que Tele 5 ha incumplido el contrato "Library Minimum Commitment Heads of Agreement", causando daños y perjuicios a ITV.

  3. Que Tele 5 ha incumplido el contrato "Format Production Heads of Agreement", causando daños y perjuicios a ITV.

  4. Que ITV ostenta derechos de exclusiva preferentes sobre Tele 5 con respecto al formato del programa "PASAPALABRA" (derechos de propiedad intelectual) y su denominación, ya sea como título del programa (derechos de propiedad intelectual) ya sea como marca notoria no registrada (derechos de propiedad industrial).

  5. Que el uso por parte de Tele 5 del formato del programa "PASAPALABRA" desde el 01.02.2010 constituye una violación de los derechos de exclusiva de ITV sobre el formato.

  6. Que el uso por parte de Tele 5 de la denominación del programa "PASAPALABRA" desde el el

    01.02.2010 constituye una violación de los derechos de exclusiva de ITV sobre dicha denominación.

  7. Que la violación de los derechos de propiedad intelectual e industrial de ITV le ha ocasionado unos daños y perjuicios in re ipsa, que deben ser indemnizados por Tele 5.

    DE CONDENA. Condene a Tele 5 a:

  8. A estar y pasar por las anteriores declaraciones.

  9. A pagar a ITV la cantidad de 5.400.000 euros con relación al contrato "PASAPALABRA Heads of Agreement", más los intereses legales correspondientes incrementados en dos puntos.

  10. A pagar a ITV la cantidad de 7.975.000 euros con relación al contrato "Library Minimum Commitment Heads of Agreement", más los intereses legales correspondientes incrementados en dos puntos.

  11. A pagar a ITV la cantidad de 1.554.000 euros con relación al contrato "Format Production Heads of Agreement", más los intereses legales correspondientes incrementados en dos puntos.

  12. A cesar inmediatamente, quedando además prohibida de reanudar en el futuro, la emisión, edición, producción, reproducción, comunicación pública, distribución, transformación y toda y cualquier otra forma de explotación, por sí o a través de terceros, del programa "PASAPALABRA", así como de cualquier otro programa de televisión que tenga un formato idéntico o similar al del programa "PASAPALABRA" o que tenga la denominación "PASAPALABRA".

  13. A cesar inmediatamente, quedando además prohibida de reanudar en el futuro, el uso, por sí o a través de terceros, de la denominación "PASAPALABRA" en España, esté acompañada (o no) de otros elementos o palabras, para distinguir programas de televisión, juegos informáticos, video juegos, juguetes, así como cualesquiera productos de merchandising relacionados con el formato del programa "PASAPALABRA", con apercibimiento de desobediencia e indemnización coercitiva de 600 euros diarios en aplicación del artículo

    44 LM .

  14. A retirar del mercado cualquier medio, instrumento, material publicitario (en papel o Internet) y productos de merchandising en los que se consigne la denominación "PASAPALABRA". ñ) A retirar del mercado y destruir todas las copias ilícitas del programa "PASAPALABRA" por ella producidas sin el consentimiento de ITV, grabadas en cualquier tipo de soporte, hayan sido emitidos o no, así como de cualquier medio material o en Internet en el que se consigne la denominación "PASAPALABRA", debiendo acreditar Tele 5 fehacientemente al Juzgado dicha retirada y destrucción.

  15. A indemnizar a ITV por los daños y perjuicios que le ha causado la violación de sus derechos de exclusiva sobre el formato en función de las consecuencias económicas negativas de la infracción, en particular, en función del beneficio que Tele 5 haya obtenido por (i) los ingresos publicitarios a consecuencia de o relacionados con la emisión del programa "PASAPALABRA" (ii) y los ingresos obtenidos por la venta de productos de merchandising relacionados con el citado programa.

  16. A indemnizar a ITV por los daños y perjuicios que les ha causado la violación de sus derechos de exclusiva sobre la denominación "PASAPALABRA", como título de la obra y/o como marca notoria no registrada, en función del 1% de la cifra de negocios realizada por Tele 5 con el signo infractor, atendiendo al criterio establecido en los párrafos 210 y siguientes (título de la obra) y 285 y siguientes (marca notoria no registrada) de ete escrito.

  17. A publicar la sentencia en el diario EL PAÍS y en el diario EXPANSIÓN.

    Todo ello, con expresa imposición de costas a la actora" .

TERCERO

Tras seguirse el juicio por su trámite, el Juzgado de lo Mercantil dictó sentencia, con fecha 3 de febrero de 2014, cuyo fallo es el siguiente:

"Que desestimando íntegramente la demanda inicial formulada a instancia de GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A., representada por el Procurador Sr. Sánchez Puelles y asistida del Letrado D. Agustín González García, contra la entidad ITV GLOBAL ENTERTAINMENT LIMITED, representada por la Procuradora Sra. Campillo García y asistida del Letrado D. Pedro Merino Baylos, debo absolver y absuelvo a la demandada de las pretensiones formuladas, con expresa condena en costas a la parte actora.

Que estimando parcialmente la demanda reconvencional formulada a instancia de la entidad ITV GLOBAL ENTERTAINMENT LIITED, representada por la Procuradora Sra. Campillo García y asistida del Letrado D. Pedro Merino Baylos, contra la mercantil GESTEVISIÓN TELECINCO, S.A., representada por el Procurador Sr. Sánchez Puelles y asistida del Letrado D. Agustín González García, debo:

  1. - declarar que la demandada ha incumplido el contrato "PASAPALABRA Heads of Agreement", causando daños y perjuicios a ITV;

  2. - declarar que la demandada ha incumplido el contrato "Library Minimum Commitment Heads of Agreement", causando daños y perjuicios a ITV;

  3. - declarar que la demanda ha incumplido el contrato "Format Production Heads of Agreement", causando daños y perjuicios a ITV;

  4. - declarar que ITV ostenta derechos de exclusiva preferentes sobre Tele 5 con respecto al formato del programa "pasapalabra" y su denominació "pasapalabra", en cuanto título del formato y parte integrante de él;

  5. - declarar que el uso por parte de la demandada TELECINCO del formato del programa "pasapalabra", desde el 1.8.2012 en adelante, constituye una violación de los derechos de exclusiva de ITV sobre el formato;

  6. - declarar que el uso por parte de la demandada TELECINCO de la denominación del programa "pasapalabra", desde el el 1.8.2012 en adelante, constituye una violación de los derechos de exclusiva de ITV sobre dicha denominación;

  7. - condenar a la demandada TELECINCO a abonar a la actora ITV la cantidad de 5.400.000 euros con relación al contrato "PASAPALABRA Heads of Agreement", más los intereses ejecutorios del art. 576 L.E.Civil desde esta resolución judicial;

  8. - condenar a la demandada TELECINCO a abonar a la actora ITV la cantidad de 7.975.000 euros con relación al contrato "Library Minimum Commitment Heads of Agreement", más los intereses ejecutorios del art. 576 L.E.Civil desde la fecha de esta resolución;

  9. - condenar a la demandada TELECINCO a abonar a ITV la cantidad de 1.554.000 euros con relación al contrato "Format Production Heads of Agreement", más los intereses ejecutorios...

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