ATS, 15 de Septiembre de 2016

PonenteJOSE JUAN SUAY RINCON
ECLIES:TS:2016:9427A
Número de Recurso2532/2015
ProcedimientoRECURSO CASACIÓN
Fecha de Resolución15 de Septiembre de 2016
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a quince de Septiembre de dos mil dieciséis.

HECHOS

PRIMERO .- Por el procurador de los Tribunales D. Nicolás Álvarez Real, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la DIRECCION000 , se ha interpuesto recurso de casación contra el Auto de 27 de abril de 2015 , estimatorio del recurso de reposición deducido frente al de 20 de febrero anterior, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección de Ejecuciones y Extensiones de Efectos), dictado en el incidente de ejecución provisional de la sentencia de 10 de septiembre de 2013 , recaída en el procedimiento ordinario número 331/2010.

Se ha personado como parte recurrida el Abogado del Estado en la representación que le es propia.

SEGUNDO .- Por providencia de 9 de mayo de 2016, se acordó, "a la vista del fallo de la sentencia de 3 de febrero de 2016 dictada en el recurso de casación nº 3929/2013, oigase a las partes por un plazo común de cinco días, acerca de si el presente recurso de casación ha perdido su objeto. "

Trámite que ha sido evacuado por ambas partes: la recurrente en su escrito de 5 de mayo de 2016, solicitando dejar sin efecto el recurso de casación, y el Abogado del Estado, que en su escrito de 18 de mayo de 2016 pide que se dicte auto declarando terminada esta casación.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Jose Juan Suay Rincon, Magistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

PRIMERO .- El presente recurso de casación se interpuso por la Comunidad de Propietarios DIRECCION000 contra el Auto de 27 de abril de 2015 , estimatorio del recurso de reposición deducido frente al de 20 de febrero de 2015, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid Sección Sexta, dictado en el incidente de ejecución provisional de la sentencia de 10 de septiembre de 2013 , recaída en el procedimiento ordinario número 331/2010.

SEGUNDO .- Debe tenerse en cuenta que la sentencia cuya ejecución provisional es aquí objeto de controversia ha devenido firme, al haber dictado esta Sala del Tribunal Supremo, el 3 de febrero de 2016, sentencia en la que se declara la pérdida sobrevenida de objeto del recurso de casación 329/2013 , interpuesto por la Administración General del Estado contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 10 de septiembre de 2013, en el recurso contencioso-administrativo nº 331/2010 , seguido contra la Resolución de fecha 16 de octubre de 2009, del Director General del Agua, dictada por delegación del Secretario de Estado de Medio Rural y Agua, sobre aprobación de Anteproyecto y Estudio de Impacto Ambiental de la EDAR en Gijón.

De lo anterior se infiere que también se ha producido una pérdida sobrevenida de objeto del presente recurso porque siendo firme la sentencia de instancia, carece ya de objeto el debate sobre si procede o no, y en su caso, en que términos, la ejecución provisional de dicha sentencia.

Viene al caso señalar que ambas partes han expresado, como hemos anticipado en el segundo hecho, su conformidad con la pérdida sobrevenida de objeto del recurso de casación.

TERCERO .- No se hace imposición de las costas procesales.

LA SALA ACUERDA:

Que procede declarar por terminado el presente recurso de casación por la pérdida sobrevenida de objeto. Archívese. Sin imposición de costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados

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